Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 16/12/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

ORDEN de 21 de noviembre de 2000, por la que se concede al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, la subvención correspondiente al primer semestre de 2000, por la prestación, por los Colegios, del servicio de asistencia jurídica gratuita.

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El Decreto 139/2000, de 16 de mayo, asigna a la Consejería de Justicia y Administración Pública las funciones y servicios traspasados por la Administración del Estado en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia, entre las que se encuentran las relativas a la gestión de las indemnizaciones correspondientes a la defensa por Abogado y representación por Procurador de los Tribunales en turno de oficio ante los órganos judiciales con sede en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En virtud de lo establecido en el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía, aprobado por Decreto/1999, de

26 de octubre, el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados ha remitido a esta Consejería certificación sobre el número de actuaciones realizadas por cada Colegio durante el primer semestre de 2000, junto con la justificación del coste económico total asociado a las mismas, en virtud de lo establecido en el artículo 46 del citado Reglamento.

Por otra parte, según se dispone en el párrafo tercero del artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 20 de noviembre de 2000, se ha autorizado la concesión de la referida subvención.

En su virtud y conforme a lo determinado por los artículos.6 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 50 y 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 9 de febrero de 2000, por la que se desglosa el crédito consignado en el Presupuesto de 2000, para asistencia jurídica gratuita, a los efectos de determinar el importe máximo que los Colegios de Abogados y de Procuradores de los Tribunales podrán destinar a atender los gastos de funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita,

DISPONGO

Primero. Se concede una subvención al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados por el importe y conceptos que se consignan en anexo a la presente Orden, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.10.00.01.00.48300.21F, por la prestación, por los Colegios, del servicio de asistencia jurídica gratuita durante el primer semestre de 2000.

Segundo. El importe de la citada subvención deberá ser aplicado por los Colegios de Abogados al abono de la indemnización por la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita, correspondiente al primer semestre de 2000, y que comprende los gastos relativos a asistencia letrada al detenido, turno de oficio, así como los correspondientes al funcionamiento e infraestructura asociados a dichos servicios.

Tercero. La subvención se hará efectiva mediante libramiento de su importe, minorado en las cantidades reintegradas en el trámite de justificación anual, todo ello conforme a la certificación expedida por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados sobre el número, clase e importe de las actuaciones realizadas durante el primer semestre de 2000, y por el coste de funcionamiento e infraestructura asociado a las mismas, determinado en un 8% del crédito consignado en el Presupuesto para el presente ejercicio, desglosado, a estos efectos, por la Orden de la Consejera de Gobernación y Justicia de 9 de febrero de 2000, y que se hará efectivo por la cuantía correspondiente al primer semestre de 2000.

Cuarto. La justificación se realizará por el Consejo Andaluz de Colegios de Abogados ante la Consejería de Justicia y

Administración Pública, Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, antes del 30 de abril de 2001, en la forma prevista en los artículos 48 y 49 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de Andalucía.

Quinto. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, en los supuestos contemplados en el artículo 112 de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la

Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Séptimo. Esta Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.Sevilla, 21 de noviembre de 2000

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y Administración Pública

A N E X O

SUBVENCION AL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS

DE ABOGADOS POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA, CORRESPONDIENTE AL PRIMER SEMESTRE DE 2000

Concepto: Actuaciones por asistencia letrada al detenido. Importe pesetas: 280.963.000 ptas.

Importe euros: 1.688.621,64 euros.

Concepto: Actuaciones por turno de oficio.

Importe pesetas: 647.471.950 ptas.

Importe euros: 3.891.384,79 euros.

Concepto: Gastos de funcionamiento e infraestructura.

Importe pesetas: 70.686.985 ptas.

Importe euros: 424.837,34 euros.

Importe total pesetas: 999.121.935 ptas..

Importe total euros: 6.004.843,77 euros.

Concepto: Devoluciones al Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, por los Colegios de Abogados de Almería, Cádiz, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Importe pesetas: 4.748.376 ptas.

Importe euros: 28.538,31 euros.

Total del libramiento en pesetas: 994.373.559 ptas.

Total del libramiento en euros: 5.976.305,45 euros.

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