Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 21/12/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR (ALMERIA)

ANUNCIO de bases.

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Don Gabriel Amat Ayllón, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) hace saber:

Con fecha 8 de agosto de 2000 (BOP núm. 152) y 12 de agosto (BOJA núm. 93), se procedió al anuncio de las bases por la que habrá de regirse la convocatoria pública para proveer en propiedad 2 plazas de monitores de música reservadas a personal laboral y 1 plaza de Director Escuela de Música reservada a personal laboral.

Con fecha 25 de septiembre del actual, mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia, se admiten las consideraciones efectuadas por dos aspirantes, en relación con la base VI de las convocatorias públicas efectuadas por este Ayuntamiento de Roquetas de Mar para cubrir en propiedad 1 plaza de Director Escuela de Música y 2 plazas de Monitor de Música, por considerarse que los contenidos de la base VI, de las que rigen las citadas convocatorias para mejor garantía de igualdad de acceso a las plazas.

Por todo ello, y en virtud de acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de octubre del actual, se ha elaborado y aprobado un nuevo baremo de méritos y cuya literalidad se transcribe a continuación:

CONVOCATORIA 1 PLAZA DIRECTOR ESCUELA MUSICA

«Baremo de méritos.

A) Experiencia profesional:

1. Por servicios prestados como Director de Escuelas de Música Homologadas: 0,35 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 5 puntos.

La homologación de la Escuela de Música a que se haga referencia deberá ser debidamente acreditada, así como el nombramiento de Director por parte de la Comisión Municipal de Gobierno u órgano competente.

2. Por haber desempeñado un puesto igual o similar en la Administración Pública: 0,1 punto por mes trabajado, hastá un máximo de 1 punto. Si los servicios se han prestado en la Administración Local, se incrementará cada mes en 0,05 puntos, siendo todos los casos la puntuación de 1 punto.

3. Por impartir clases en talleres de música en la Administración Local o centros de formación musical en general:

0,02 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 1 punto.

B) Formación: 1. Por asistencia a cursos de formación, jornadas o congresos organizados por la Administración Pública, relacionados con la formación musical 0,25 puntos por cada uno, hasta un máximo de 1 punto. Se justificarán aportando título/diploma o certificación que indique denominación del curso realizado, fechas y entidad pública que lo desarrolle.

C) Otros méritos: El Tribunal podrá valorar a la vista de los documentos, certificaciones y demás justificantes que no hayan sido valorados en los apartados anteriores, hasta un máximo de

1 punto, que deberá realizarse de forma motivada.

La calificación final de la Fase de Concurso será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada apartado y que no podrá exceder de 9 puntos.

Fase de oposición:

Consistirá en la presentación por escrito de un trabajo específico bajo el título: «Proyecto de Gestión Pedagógica, Administrativa y Económica de una Escuela Municipal de Música Homologada¯.

Los aspirantes expondrán oralmente el citado trabajo y se someterán a cuantas preguntas o aclaraciones les formulen los integrantes del Tribunal Calificador en relación al proyecto presentado.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para superar la prueba. En la valoración final del proyecto, los miembros del Tribunal Calificador tendrán especialmente en cuenta los siguientes aspectos:

1. Adaptación del proyecto a la renovación pedagógico-musical que representan las Escuelas de Música Homologadas, de acuerdo a la Orden de 30.7.92, del MEC y el Decreto 233/97, de la Junta de Andalucía.

2. Adaptación del proyecto a la realidad sociocultural de ámbito local.

3. Claridad en la exposición oral del proyecto.

CONVOCATORIA 2 PLAZAS DE MONITOR DE MUSICA

Baremo de méritos.

A) Experiencia profesional:

1. Por servicios prestados como docente en Escuelas de Música Homologadas: 0,30 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de

5 puntos.

La homologación de la Escuela de Música a que se haga

referencia deberá ser debidamente acreditada, así como el nombramiento de Director por parte de la Comisión de Gobierno.

2. Por haber desempeñado un puesto igual o similar en la Administración Pública: 0,1 punto por mes trabajado: Hasta un máximo de 1,5 puntos. Si los servicios se han prestado en la Administración Local, se incrementará cada mes en 0,1 punto, siendo en todos los casos la puntuación máxima de 1,5 puntos.

3. Por trabajo realizado como docente en la red de

conservatorios (mínimo un año de experiencia acreditada) o estar en posesión del Curso de Adaptación Pedagógica: 1 punto.

B) Formación: Por asistencia a cursos de formación, jornadas o congresos organizados por la Administración Pública,

relacionados con la formación musical, 0,20 puntos por cada uno, hasta un máximo de 1,5 puntos. Se justificarán aportando título/diploma o certificación que indique denominación del curso realizado, fechas y entidad pública que lo desarrolle.

C) Otros méritos: El Tribunal podrá valorar a la vista de los documentos, certificaciones y demás justificantes que no hayan sido valorados en los apartados anteriores, hasta un máximo de

1 punto de forma motivada.

La calificación final de la Fase de Concurso será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada apartado que no podrá exceder de 10 puntos.

Fase de oposición:

Consistirá en la presentación por escrito de un trabajo específico bajo el título: «Programación para las Asignaturas del Lenguaje Musical o Piano Adaptada a una Escuela Municipal de Música Homologada¯. Que tenga especialmente en cuenta la transversabilidad e interrelación de las asignaturas de cara a una Enseñanza Musical Integral.

Los aspirantes expondrán oralmente el citado trabajo y se someterán a cuantas preguntas o aclaraciones les formulen los integrantes del Tribunal Calificador en relación a la

programación presentada.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para superar la prueba. En la valoración final los miembros del Tribunal Calificador tendrán especialmente en cuenta los siguientes aspectos:

1. Adaptación de la programación a la renovación pedagógico- musical que representan las Escuelas de Música Homologadas, de acuerdo a la Orden de 30.7.92 del MEC y el Decreto 233/97, de la Junta de Andalucía.

2. Adaptación de la programación a la realidad de las Escuelas Municipales de Música.

3. Claridad en la exposición oral del proyecto.

Lo que se hace público para general conocimiento, y a los efectos determinados en la reseñadas bases, y su posterior Anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de establecer un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes que hubieran presentado sus solicitudes debidamente cumplimentadas de participación se tendrán por admitidas, siempre y cuando reúnan los requisitos establecidos en las citadas bases, sin perjuicio de que los aspirantes, dentro del nuevo plazo de convocatoria, puedan presentar cuantos documentos de mejora a la solicitud presentada en su día.

Roquetas de Mar, 20 de octubre de 2000.- El Alcalde-

Presidente, Gabriel Amat Ayllón.

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