Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 23/12/2000

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

ANUNCIO del Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios del Poniente Almeriense, sobre bases.

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CONVOCATORIA Y BASES PARA PROVEER EN PROPIEDAD CUATRO PLAZAS DE BOMBEROS-CONDUCTORES DE ESTE CONSORCIO

Hallándose cuatro plazas vacantes de Bomberos-Conductores de este Consorcio, se convoca concurso-oposición, para su provisión en propiedad, con arreglo a las siguientes

B A S E S

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición, de cuatro plazas de Bomberos- Conductores vacantes en la plantilla de funcionarios del Consorcio para la Gestión del Servicio para la Prevención y Extinción de Incendios del Poniente Almeriense. Las plazas están incluidas en la plantilla de funcionarios en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Servicios de Extinción de Incendios, categoría Bomberos- Conductores.

A las presentes pruebas les será de aplicación la Ley/84, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley/85, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril, y las bases de esta convocatoria.

Segunda. Requisitos de los aspirantes:

1. Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la legislación vigente.

2. Tener cumplidos 18 años y no exceder de cuarenta años en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

3. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1. Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.

4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

5. No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, conforme al cuadro de exclusiones Anexo III.

6. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica, según la legislación vigente.

7. Tener, descalzo, una altura mínima de 1,65 metros.

8. Conocer alguno de los siguientes oficios: Albañil, cerrajero, electricista en la rama industrial, fontanero, soldador, mecánico automoción, electricista automóviles, chapista y pintor.

9. Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos Tipo C (antiguo C-2) en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

Tercera. Presentación de instancias.

Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposición deberán presentar sus solicitudes, según modelo oficial, dirigidas al Excmo. Sr. Presidente del Consorcio, en el Registro General de la sede de dicho Consorcio, Polígono Industrial La Redonda, Calle II, núm. 36, 04700, El Ejido (Almería), o en el Area de Presidencia de la Excma. Diputación Provincial, C/ Navarro Rodrigo, 17, de 9 a 13 horas de lunes a viernes, en el plazo de

20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, después de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo.

También podrán presentarse en la forma que determina el art.

38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo. En el supuesto de presentación de instancias en organismos distintos a los mencionados en el párrafo anterior, el

particular deberá comunicar mediante fax o telegrama la presentación de instancia o documento, que deberá ser recibido en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la terminación del plazo de presentación.

Los aspirantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias, haciendo constar expresamente el oficio que conocen, sobre el que versará la prueba de aptitud profesional.

Los aspirantes acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base octava, además de enumerarlos en la

solicitud, así como certificado médico oficial en el que se haga constar que el aspirante no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida la realización de las pruebas de aptitud física y el desempeño de las correspondientes

funciones, de conformidad con el cuadro de exclusiones médicas establecido en el Anexo III de las presentes bases. Los documentos habrán de ser originales emitidos por órgano competente o fotocopia debidamente compulsada.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Excmo. Sr. Presidente del Consorcio dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y

excluidos, la cual se hará pública en el tablón de edictos del Consorcio y en el Boletín Oficial de la Provincia.

En dicha Resolución se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, y se determinará el lugar y fecha del comienzo de las pruebas.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Las reclamaciones, si las hubiere, serán resueltas por la misma autoridad y el acuerdo adoptado comprensivo de la lista definitiva será publicado únicamente en la forma indicada en esta base.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

Quinta. Tribunal.

El Tribunal Calificador, que tendrá la categoría 4.ª de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/88, de 4 de marzo, revisado por Resolución de 22 de marzo de 1993, estará

compuesto de la siguiente forma:

Presidente: El del Consorcio o miembro del mismo en quien delegue.

Vocales:

- El Director o Jefe del respectivo Servicio.

- Dos Vocales de la Junta General, designados por el

Presidente.

- Un representante designado por la Comunidad Autónoma.

- Un representante de la Diputación Provincial.

- Un funcionario de carrera designado por el Presidente del Consorcio.

- El Jefe del Parque de Bomberos del Ayuntamiento de Almería.

- Un representante de la plantilla de funcionarios del

Consorcio.

- Un técnico del Departamento de Deportes designado por la Diputación Provincial.

Secretario: El del Consorcio o trabajador de las

Corporaciones que integran el Consorcio designado por el Presidente.

Deberán designarse suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las

circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de Procedimiento Administrativo.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos para todas o algunas de las pruebas de asesores especialistas, que se limitaran al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de cuatro de sus miembros, titulares o suplentes, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, contando siempre con la asistencia del Secretario y Presidente, estando

facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso de las pruebas selectivas y para adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las bases para el debido orden en las pruebas.

Sexta. Actuación de los aspirantes.

Será efectuado sorteo público, para determinar el orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse en forma conjunta.

La fecha de celebración del sorteo se anunciará en el tablón de edictos del Consorcio.

El resultado del sorteo será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia junto con lo establecido en la base cuarta.

Séptima. Comienzo de los ejercicios.

La fecha, hora y lugar de celebración se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Consorcio, con una antelación de, al menos, 10 días naturales, de conformidad con lo establecido en la base cuarta.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 20 días.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal con absoluta libertad de criterio; la no presentación de un opositor a cualquier ejercicio determinará el decaimiento de su derecho a

participar, quedando excluido del procedimiento selectivo.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Octava. Procedimiento de selección.

Constará de dos fases:

A) Fase de concurso: El Tribunal valorará los méritos

alegados y justificados documentalmente por los aspirantes con arreglo al siguiente

BAREMO DE MERITOS

1. Méritos profesionales.

1.a) Por cada mes completo de servicios prestados como Bombero- Conductor en el Consorcio para la Gestión del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios del Poniente Almeriense, previa superación de pruebas selectivas: 0,1 punto.

1.b) Por cada mes completo de servicios prestados en otra Administración Pública en Servicios Contra Incendios y/o Salvamento, en plaza o puesto de igual o similar contenido:

0,04 puntos.

2. Superación pruebas selectivas.

2.a) Por superación de oposición o concurso-oposición para ocupar plaza en propiedad en la plantilla del Consorcio: 2 puntos.

3. Cursos, seminarios y jornadas:

3.a) Por cada diploma acreditativo de cursos organizados por Administraciones Públicas o en colaboración con una

Administración Pública, correspondientes a la formación o perfeccionamiento relacionados con las funciones a realizar en la plaza convocada se puntuarán con 0,20 puntos cada curso de hasta 40 horas de duración y con 0,40 puntos los que excedan de aquéllas hasta un máximo de dos puntos.

No serán valorados aquellos cursos en que la duración sea inferior a quince horas o cuando no se justifique su duración.

La puntuación máxima que se puede otorgar en la fase de concurso es de 9 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

1. La experiencia profesional se justificará aportando

certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencia en materia de personal donde constará el nombre del puesto de trabajo desempeñado, tiempo que lo ha venido desarrollando y contenido del puesto en caso de que no coincida la denominación.

2. La superación de las pruebas selectivas para ocupar plaza en propiedad en la plantilla del Consorcio, se justificará aportando certificación de la Secretaría del Consorcio.

3. Los cursos, seminarios y jornadas serán acreditados

aportando certificación o diploma expedido por el Centro Oficial organizador, número de horas de duración y concepto en el que participó el aspirante.

B) Fase de oposición.

Constará de cuatro pruebas.

Primera prueba: Aptitud profesional.

La prueba de aptitud profesional constará de tres ejercicios:

- El primer ejercicio consistirá en la demostración práctica, en la forma que determine el Tribunal, del conocimiento de un oficio considerado útil para el servicio contra incendios, que cada uno de los aspirantes haya manifestado conocer en su instancia, de entre los que se citan en la base segunda de la convocatoria. Aunque se haya alegado el conocimiento de varios oficios, el examen versará sólo sobre uno de ellos, a elección del aspirante.

Este ejercicio será calificado de 0 a 5 puntos, considerándose eliminado aquel aspirante que no alcance los 2 puntos.

- El segundo ejercicio se realizará en la torre de pruebas; el ejecutante deberá ascender por la misma mediante unas escaleras de garfio, utilizando las medidas de protección

correspondientes, hasta la quinta planta y posteriormente bajar por el tiro de escaleras, todo ello en un tiempo máximo de 1 minuto 40 segundos.

Este ejercicio se puntuarán de 0 a 5 puntos. Se calificará con un 0, y serán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mínima marca exigida, y con una escala proporcional de

calificaciones de 1 a 5 entre la mínima marca exigida y la mejor marca realizada.

- El tercer ejercicio consistirá en un reconocimiento

psicotécnico dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto de Bombero- Conductor y los problemas de personalidad que afecten de manera significativa:

- Al control y la estabilidad psíquica.

- A la posibilidad de adaptación a un equipo.

- A la aceptación de normas y de la autoridad.

- A la capacidad de decisión.

El ejercicio incluirá la realización de test y de una

entrevista personal.

Este ejercicio se calificará de apto y no apto. Serán

eliminados aquellos aspirantes calificados de no aptos.

Segunda prueba: Aptitud física.

Cada ejercicio, salvo en aquéllos que no se especifique lo contrario, deberá superarse al primer intento.

1. Levantamiento por dos veces de un peso de 40 kg por encima de la cabeza con los brazos extendidos y manteniéndolo 3 seg. arriba.

2. Salto vertical.

Descripción: Situado el ejecutante de costado, al lado de una regla graduada en centímetros, en posición de firmes levantando el brazo más próximo a la misma, manteniendo los hombros en el mismo plano horizontal, marcará la altura a que llega con el extremo de los dedos.

Realizará, mediante flexión de piernas, un salto vertical, señalando la nueva altura alcanzada. La marca alcanzada en esta prueba será la diferencia en centímetros entre la altura conseguida por el salto y la tomada en primer lugar. La marca mínima será de 55 centímetros.

Se permitirá levantar los talones y el ballesteo de piernas, siempre y cuando no haya desplazamiento o se pierda totalmente el contacto con el suelo de los pies.

Se permitirá en esta prueba dos intentos consecutivos.

3. Press de banca.

Descripción: Flexo-extensiones de codo sobre el banco en decúbito supino, con agarre dígito palmar de la barra, con los brazos un poco más abiertos de la anchura de los hombros. Posición inicial: Flexión hombro (90º) extensión de cono. Posición final: Abdución músculos flexores del codo.

Se contará el número de extensiones o empujes efectuados en 30 segundos con una resistencia de: 40 kilos/18 repeticiones mínimo.

4. Natación.

El ejecutor se colocará en la posición de salida de la piscina, o dentro de ella con la mano agarrada al borde. A la voz de «ya¯ comenzará a nadar hacia el borde opuesto, antes de llegar al mismo, realizará una inmersión para recoger un objeto situado en el fondo que depositará en una zona marcada, regresando nuevamente al borde de salida.

La prueba quedará invalidada al agarrarse a la pared o la corchera.

El tiempo máximo empleado para realizar la prueba será de 65 segundos y se llevará a cabo en una piscina de 25 metros.

5. Trepa de cuerda.

Descripción: Trepar por una cuerda lisa de 6 metros, sin impulso de piernas, partiendo desde la posición de pie. A la voz de «ya¯, el ejecutante iniciará la trepa hasta tocar la campana a la altura fijada. La prueba queda invalidada en los siguientes casos:

- Cuando el ejecutante no alcance la altura indicada.

- Cuando se ayude con presa de pies.

- Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana.

6. Carrera de 100 metros lisos.

Descripción: Recorrer la distancia de 100 metros lisos en pista y sin salirse de las calles, en un tiempo máximo de 15,00 segundos.

El ejecutante, a la voz de «a sus puestos¯, se colocará en la línea de salida sin sobrepasar ésta. A la voz de «listos¯ inclinará el tronco hacia adelante y flexionará la pierna adelante. A la voz de «ya¯ o disparo o pitido, saldrá. La salida se puede realizar de pie o agachados, sin tacos de salida.

Invalidaciones: Todas aquéllas recogidas en el Reglamento Internacional de la FIAA.

7. Barra de equilibrio.

Descripción: El ejecutante caminará a lo largo de una barra de equilibrio de 5 metros de longitud y 20 centímetros de anchura, sin que caiga él o el objeto que porte.

El sujeto irá lastrado con un peso de 20 kg. Al llegar al final de la barra pisará la señal sobre la misma y regresará al punto de partida.

Posición inicial: A la altura aproximada de la barra, y frente a la misma, cargando el lastre establecido. A la voz del juez de la prueba comenzará a caminar a lo largo de la barra, hasta regresar al punto de partida.

El tiempo máximo de ejecución será de 12 segundos.

Se permitirán en esta prueba dos intentos consecutivos.

8. Carrera de 12 minutos.

El ejecutante deberá correr durante un tiempo de 12 minutos y recorrer un mínimo de 2.400 m en ese tiempo.

Se colocará en la pista detrás de la línea de salida, a la voz de «ya¯, o disparo o pitido saldrá a correr hasta volver a oír la señal, momento en el cual deberá detenerse y permanecer en su sitio.

Los ejercicios: Salto vertical, Press de banca, Natación, Carrera de 100 m y Carrera de 12 minutos serán calificados de la siguiente forma:

- No superar la marca indicada: 0 puntos.

- Realizar la marca mínima indicada: 1 punto.

- Mejor marca realizada por los aspirantes: 2.

Entre la mínima marca exigida y la mejor marca realizada se establecerá al finalizar la prueba una escala proporcional de calificaciones desde 1 a 2 puntos.

La suma de estos ejercicios será puntuada con un máximo de 10 puntos.

Los ejercicios: Levantamiento, Trepa de cuerda y Barra de equilibrio serán calificados como «apto¯ o «no apto¯ y, por tanto, no puntuarán para la calificación sobre 10.

Aquellos aspirantes que en 3 o más ejercicios obtengan una calificación de 0 puntos o de «no apto¯ serán eliminados.

Tercera prueba: Ejercicio escrito.

Consistirá en contestar un tema extraído por sorteo de entre los contenidos en el Anexo II del programa -Grupo II

Específico- que acompaña a la convocatoria, que será calificado de 0 a 7 puntos, y de dos epígrafes relativos a uno de los temas correspondientes al Anexo I -Grupo I Administrativo-, extraído, asimismo, al azar, que será calificado de 0 a 3 puntos. Todo ello durante un tiempo máximo de dos horas.

Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos, siendo eliminado el aspirante que no alcance 5 puntos.

Cuarta prueba: Reconocimiento médico.

Consistirá en un reconocimiento médico que será practicado por el Servicio Médico Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Almería. Se realizarán cuantas pruebas clínicas y

complementarias de otra clase se consideren necesarias, en base a las causas de exclusión contenidas en el Anexo III.El reconocimiento médico se calificará como «apto¯ o «no apto¯. El Tribunal otorgará certificación de aptitud, siendo necesaria la calificación de «apto¯ en el reconocimiento médico, quedando eliminado el aspirante en caso contrario.

Novena. Sistema de calificación:

1. Calificación de la fase de concurso: El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, calificando con arreglo al baremo que figura en la base octava.

2. Calificación de la fase de oposición.

Los ejercicios se calificarán según lo dispuesto en la base anterior para cada prueba.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal, eliminando la puntuación más alta y más baja, salvo en las pruebas en que se haya establecido previamente una escala de puntuaciones en función de la marca o el tiempo, y dividiendo el total por el número de asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose al público en el tablón de edictos del Consorcio.

3. Calificación final.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso.

Décima. Puntuación y propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Consorcio la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Las resoluciones del Tribunal tendrán carácter vinculante para el Consorcio, sin perjuicio de que éste, en su caso, proceda a su revisión conforme a lo establecido en los arts. 62 y ss. de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico y Procedimiento

Administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el proceso selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente del Consorcio, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del Tribunal en el tablón de edictos del Consorcio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

Undécima. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos aportarán dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria siguientes:

a) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio, expedido por el Servicio Médico de Empresa de la Excma. Diputación Provincial de Almería.

b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de

incapacidad de las contenidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local.

e) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en especial, a su art. 10 y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

f) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar y solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la plaza objeto de esta convocatoria.

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo.

h) Tres fotografías tamaño carnet.

Asimismo, habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentado mediante fotocopia compulsada junto a la instancia solicitando tomar parte en el concurso- oposición objeto de la presente convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser

nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de que dependan acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Cumplido lo que precede y aprobada la propuesta de nombramiento por la Presidencia, como Bomberos-Conductores en prácticas en favor de aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza, éstos deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, a contar del siguiente desde la notificación. Si no tomaran posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedarán en situación de cesantes.

Duodécima. Período de prácticas.

Los aspirantes que hayan obtenido nombramiento como Bomberos en prácticas permanecerán en dicha situación durante 3 meses, en los cuales percibirán una retribución igual en su cuantía establecida para los Bomberos-Conductores en propiedad. Durante dicho período efectuarán toda clase de trabajos profesionales que se les encomienden dentro del servicio.

Para obtener el nombramiento definitivo, los aspirantes deberán superar con aprovechamiento el período de prácticas, durante el que recibirán la instrucción correspondiente y se realizarán las revisiones médicas que se estimen oportunas. Cualquier ocultación de enfermedad o defecto físico o la notoria falta de aprovechamiento de la instrucción recibida será causa de expulsión inmediata.

Los aspirantes que superen el período de prácticas y previas las pruebas y ejercicios que se estimen pertinentes por la jefatura del servicio con el visto bueno de la delegación del mismo, serán nombrados por la Presidencia funcionarios en propiedad, siéndoles computables a efectos de antig?edad el período de prácticas.

P R O G R A M A

ANEXO I

Grupo I-Administrativo

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios

inspiradores. Estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Inviolabilidad del domicilio.

Tema 2. Organización territorial española del Estado. El Estado y las Comunidades Autónomas. Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Andalucía, estructura y disposiciones generales.

Tema 3. La Administración Local. Entidades que comprende. La provincia y el municipio: Organización y competencias. Los Consorcios. Concepto y regulación legal. Los recursos de las Haciendas Locales: Enumeración y concepto.

Tema 4. La Función Pública en general y los funcionarios de las Entidades Locales. Organización de la Función Pública Local. Los grupos de funcionarios de Administración Especial y General. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Situaciones administrativas de los funcionarios y régimen de incompatibilidades. Régimen disciplinario de los funcionarios locales.

ANEXO II

Grupo II-Específico

Tema 1. Conocimientos básicos del fuego. Teoría del fuego y clasificaciones.

Tema 2. Agentes extintores. Gaseosos, líquidos y sólidos.

Tema 3. Materiales combustibles. Características.

Tema 4. Equipos y materiales contra incendios. Descripción y funcionamiento.

Tema 5. Protecciones personales.

Tema 6. Vehículos del servicio de bomberos.

Tema 7. Incendios forestales. Causas y prevención. Métodos de extinción.

Tema 8. Instalaciones y medios de protección contra incendios en los edificios. Partes fundamentales de un edificio.

Tema 9. Actuación en humos.

Tema 10. Riesgos de los bomberos en intervenciones.

Tema 11. Ventilación para intervenciones en incendios.

Tema 12. Recomendaciones generales y de actuación. Plan de emergencia.

Tema 13. Conocimientos básicos de los movimientos sísmicos. Plan de emergencia ante riesgo sísmico.

Tema 14. Rescate, liberación y evacuación de víctimas en accidentes de tráfico.

Tema 15. Equipos de respiración autónoma. Tipos. Mantenimiento, conservación y utilización.

Tema 16. Conducción de emergencia.

ANEXO III

Cuadro de exclusiones médicas

1. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones propias del cargo.

2. Ojo y visión:

- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

- Desprendimiento de retina.

- Estrabismo.

- Hemianopsias.

- Discromatopsias.

- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.

3. Oído y audición: Enfermedades que supongan alteraciones del equilibrio o una pérdida de la agudeza auditiva de 35 dB entre las frecuencias de 500 a 2.000 Hz o de 45 dB en 4.000 Hz.

4. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de su trabajo, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal médico, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causas muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos,

musculares y articulares).

5. Aparato digestivo: Cualquier proceso digestivo que, a juicio de Tribunal médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

6. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 150 mm/Hg en presión sistólica y las 90 mm/Hg en presión

diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.

7. Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de su puesto.

8. Enfermedades neurológicas que se manifiesten con

alteraciones motoras, sensitivas o nivel de consciencia.

9. Enfermedades psiquiátricas, alcoholismo, toxicomanía y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de su función.

10. Enfermedades dermatológicas que se puedan ver agravadas por la exposición a sustancias con las que el bombero se pone en contacto en su ejercicio profesional.

11. Otros procesos patológicos; diabetes, enfermedades

transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que, a juicio del Tribunal médico, limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.

Almería, 13 de noviembre de 2000.- El Presidente del

Consorcio, Enrique Arance Soto.

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