Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 26/12/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 4 de diciembre de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicos los listados definitivos de beneficiarios y excluidos de las ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, modalidad Subvención de Alquileres, para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1999.

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Vistas las solicitudes presentadas relativas a la modalidad de Alquileres, ejercicio 1999, a tenor de la convocatoria pública de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social para el personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, efectuada mediante Resolución de 22 de octubre de

1999 (BOJA núm. 133, de 16 de noviembre de 1999), tienen lugar los siguientes

H E C H O S

Primero. Que mediante Resolución de 15 de septiembre de 2000 (BOJA núm. 115, del día 5 de octubre), se hicieron públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de las ayudas mencionadas, otorgándose a los interesados plazo de quince días naturales para presentar las reclamaciones pertinentes al objeto de subsanar los defectos u omisiones padecidos en la solicitud o en la documentación preceptiva.

Segundo. Que habiendo transcurrido dicho plazo y una vez ultimada la tramitación de las ayudas referidas conforme a la normativa de aplicación vigente, y habida cuenta de la necesidad de cumplir los plazos previstos en materia presupuestaria, resulta procedente publicar un listado definitivo de beneficiarios y excluidos de las mismas.

A tales Hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La Disposición Adicional de la Orden de la Consejería de Gobernación de 12 de julio de 1996 (BOJA núm. 85, del día 25), mediante la que se aprueba el Reglamento de Ayudas de Acción Social y por la que se establece la competencia de esta Dirección General para conocer y resolver en este asunto.

II. Los artículos 5 y 41 de la citada Orden, reguladores del procedimiento de resolución y adjudicación de estas ayudas que, entre otras cosas, establecen que, transcurrido el plazo para formular reclamaciones a los listados provisionales, éstos se elevarán a definitivos con las modificaciones a que hubiera lugar.

Vistos los Hechos y los Fundamentos de Derecho expuestos y demás de general aplicación, esta Dirección General

R E S U E L V E

Publicar los listados definitivos del personal laboral beneficiario de ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio 1999, en la modalidad de «Subvención de Alquileres¯, así como del personal excluido de esta ayuda, con indicación de las causas de exclusión, que a tales efectos quedarán expuestos en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 4 de diciembre de 2000.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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