Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 12/02/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de diciembre de 1999, por la que se autoriza la Enseñanza de Bachillerato y la ampliación de la Educación Primaria y Secundaria Obligatoria al centro privado Agave, de Huércal de Almería (Almería).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Agustín Serrabona López, como representante de Entidad Serrabona y Díaz, S.L., titular del centro docente privado «Agave¯, sito en Huércal de Almería (Almería), Camino de la Glorieta, s/n, solicita:

a) Autorizar la ampliación de 4 unidades en Educación Primaria y 4 unidades en Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Título IV, art. 19.c), del Decreto 109/1992, de

9 de junio, sobre Autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

b) Autorización definitiva para impartir Bachillerato, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Resultando que el Centro privado «Agave¯ de Huércal de Almería (Almería) por Orden de 7 de octubre de 1996 (BOJA de 2 de noviembre) tiene autorización definitiva para tres Centros del mismo titular, un centro de Educación Infantil con una capacidad de 5 unidades y 121 puestos escolares, otro centro de Educación Primaria con una capacidad de 8 unidades y 200 puestos escolares, y otro de Educación Secundaria con una capacidad para 4 unidades y 120 puestos escolares para la Educación Secundaria Obligatoria.

Vistas la Constitución española; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, Evaluación y el Gobierno de los Centros; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre Autorización de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Almería, como se contempla en el art. 9, punto 2.º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la modificación de la autorización de la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria y la impartición de las enseñanzas del Bachillerato al centro docente privado «Agave¯, de Huércal de Almería (Almería), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación Específica: «Agave¯.

Titular: Serrabona y Díaz, S.L.

Domicilio: Camino de la Gloria, s/n.

Localidad: Huércal de Almería.

Municipio: Huércal de Almería.

Provincia: Almería.

Código del centro: 04602331.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Infantil 2.º ciclo. Capacidad: 5 unidades y 125 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Agave¯.

Titular: Serrabona y Díaz, S.L.

Domicilio: Camino de la Gloria, s/n.

Localidad: Huércal de Almería.

Municipio: Huércal de Almería.

Provincia: Almería.

Código del centro: 04602331.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Capacidad: 12 unidades y 300 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Agave¯.

Titular: Serrabona y Díaz, S.L.

Domicilio: Camino de la Gloria, s/n.

Localidad: Huércal de Almería.

Municipio: Huércal de Almería.

Provincia: Almería.

Código del centro: 04602331.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.

b) Bachillerato:

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 20 de junio, y el centro irá implantando progresivamente las

enseñanzas autorizadas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Almería, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica la Orden de 7 de octubre de

1996 (BOJA de 2 de noviembre).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de diciembre de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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