Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 8/1/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Asuntos Sociales

ORDEN de 3 de diciembre de 1999, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería, convocado por Orden que se cita.

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Por Orden de 30 de julio de 1999 (BOJA núm. 96, de 19 de agosto) se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el Decreto 151/1996, de 30 de abril, por el que se regulan los concursos para provisión de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía adscritos a personal funcionario y se aprueba el baremo que ha de regir los mismos.

Habiéndose cumplido las normas reglamentarias y los procedimientos establecidos, y en cumplimiento de lo previsto en la base duodécima de la Orden antes citada, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución del concurso con la valoración final de los candidatos propuestos y los puestos declarados desiertos.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo único, apartado 9, del Decreto 56/1994, de 1 de marzo, de atribución de competencias en materia de personal,

DISPONGO

Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

1. Se aprueba la propuesta de resolución del concurso, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden a los funcionarios que en el mismo se especifican. Los destinos son irrenunciables, salvo que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en Boletín Oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a la Consejería de Gobernación y Justicia, en el término de tres días desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.

2. Se declaran desiertos los puestos convocados que no figuran en el Anexo I de la presente Orden por no haber sido adjudicados a ningún funcionario, ya sea porque no han sido solicitados o por no reunir los candidatos solicitantes los requisitos exigidos por las bases para su adjudicación.

3. La contestación a las reclamaciones formuladas por los solicitantes con ocasión del trámite previsto en el apartado dos de la base undécima de la Orden de 30 de julio de 1999, se entiende efectuada a los mismos con la publicación de la presente Orden de resolución.

Segundo. Tomas de posesión.

Las tomas de posesión se ajustarán a lo establecido en base decimocuarta de la Orden de convocatoria del concurso.

Tercero. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que suscribe, en el plazo de un mes.

Sevilla, 3 de diciembre de 1999

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Asuntos Sociales

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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