Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 8/1/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 3 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 203/99, interpuesto por doña Pilar Ortega Colmenero.

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En el recurso contencioso-administrativo número 203/99, interpuesto por doña Pilar Ortega Colmenero contra la Resolución de 15 de enero de 1999 de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, mediante la cual se declaró la inadmisión del recurso ordinario interpuesto por la recurrente contra Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria en Jaén de fecha 9 de octubre de 1997, recaída en el expediente sancionador núm. 23187/97, que la sancionó con multa de 60.000 ptas. (sesenta mil) como autora de infracción administrativa en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tipificada y valorada en la Resolución impugnada, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. Uno de Jaén con fecha 30 de septiembre de 1999, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Pilar Ortega Colmenero contra la Resolución de fecha 15.1.99, dictada por la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, notificada en fecha 15 de febrero del corriente, en el recurso ordinario núm.

1633/97, expediente 23187/97, procede declarar no ser conforme a derecho la Resolución impugnada, y, en consecuencia, invalidar la misma. Sin costas.¯

Mediante providencia de fecha 13 de octubre de 1999, se declara firme la sentencia anterior, acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.º 5 de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 3 de diciembre de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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