Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 19/02/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

ORDEN de 12 de enero de 2000, por la que se modifica el artículo 7 de la Orden de 8 de julio de 1997, por la que se regula el procedimiento para la concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea y se convocan las correspondientes al año 2000.

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Por Orden de 8 de julio de 1997 (BOJA núm. 94, de 14.8.97), se reguló el procedimiento para la concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea, pero la experiencia acumulada durante las convocatorias anteriores exigen una modificación del artículo 7 de la referida Orden a fin de adaptarlo tanto a la Ley 16/1999, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2000, como a la necesidad de modificar el plazo previsto en dicha Orden en relación al plazo de justificación del importe de la ayuda, al depender dicho plazo del de ejecución total del proyecto.

Asimismo, y para fomentar la labor en este campo, se procede a convocar las referidas ayudas para el 2000 con el fin de potenciar el desarrollo de actividades de impulso y divulgación en la totalidad de las áreas vinculadas con el Arte Contemporáneo y en sus múltiples manifestaciones.

Por todo ello, vistos los informes preceptivos, y en uso de las facultades que me están conferidas,

D I S P O N G O

Articulo único.

Se da nueva redacción al artículo 7 de la Orden de 8 de julio de 1997, por la que se regula el procedimiento para la concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea (BOJA núm. 94, de 14.8.97).

Artículo 7. Pago y justificación.

1. El pago se realizará en una sola fase.

2. La documentación justificativa de que el importe de la ayuda ha sido aplicado a su destino se presentará en el plazo que se señale en la Resolución de concesión atendiendo a las fases de ejecución del proyecto presentado.

3. La justificación se realizará mediante la presentación de los siguientes documentos:

a) Memoria de la actividad desarrollada en relación con la finalidad para la que la ayuda fue concedida.

b) Original de facturas ajustadas a la Memoria y Proyecto presentado para cuya realización se concedió la ayuda, así como cualquier otro documento necesario para acreditar los gastos realizados con cargo a la cantidad concedida para la ejecución de la actividad subvencionada.

Disposición Adicional Unica. Convocatoria para el año 2000.

Se convoca la concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea para el 2000, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Las ayudas están dirigidas al fomento de la creación artística en las siguientes áreas.

a) Pintura.

b) Esculturas e instalaciones.

c) Videoarte y cine artístico.

d) Fotografía Artística.

e) Composición Musical.

2. En lo referente al procedimiento y documentación para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 8 de julio de 1997 (BOJA núm. 94 de 14.8.97), por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea.

3. Para el año 2000, se convocan ayudas por importe de

7.500.000 ptas., que se imputan a la aplicación presupuestaria

3.1.19.00.01.00.482.01.35C.5.2000.

4. El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de cuarenta y cinco días naturales a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

5. No podrá resolverse la concesión de ayudas a beneficiarios sobre los que haya recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro, hasta que sea acreditado su ingreso. Asimismo, no podrá proponerse el pago de ayudas a beneficiarios que no hayan justificado, en tiempo y forma, las subvenciones concedidas con anterioridad con cargo al mismo programa presupuestario por la Administración Autonómica y sus

Organismos Autónomos.

6. Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a hacer constar, en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto subvencionado, que la misma está

subvencionada por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

7. En relación a lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Orden de

8 de julio de 1997 (BOJA núm. 94, de 14 de agosto), los Centros donde deben entregarse las obras ejecutadas serán los

dependientes de la Consejería de Cultura.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de enero de 2000

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

ANEXO I

Don/Doña

nacido en provincia de ,

con domicilio en teléfono

de años de edad, DNI núm.

NIF. núm. o Documento Oficial de Identificación

Banco o Caja de Ahorros Localidad

Provincia

Domicilio

Agencia Núm. c/c o Libreta de Ahorros

E X P O N E

Que en base a lo dispuesto en la Orden de ..... de ........ de

2000 (BOJA núm. ....... de ....... de 2000), por la que se convocan ayudas a la Creación Artística Contemporánea;

S O L I C I T A

Le sea concedida la cantidad de ptas.

Objeto del trabajo:

Lugar donde se desarrollaría en su caso:

Duración aproximada de la realización de la obra:

De acuerdo con los apartados que regulan la presente

convocatoria, se acompaña a esta instancia la siguiente documentación:

(Señale toda la documentación que aporte. Los documentos a confeccionar por los solicitantes deben ser presentados en original y firmados)

- Memoria explicativa-Proyecto de investigación.

- Calendario de trabajo y plazo de entrega.

- Presupuesto.

- Historial de los trabajos y materiales realizados dentro del tema.

- Declaración de otras ayudas.

- Curriculum vitae.

- Datos de identificación.

.................., ..... de ........... de 2000.

Fdo.: El/La solicitante.

Ilmo. Sr. Director General de Instituciones del Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

ANEXO II

Don/Doña

DNI con domicilio en

calle Núm. C.P.

Por la presente, el que suscribe, con carácter expreso:

A U T O R I Z A

A la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para que, por parte de esta última, pueda procederse, en el plazo de tres años desde la presente fecha, y para un ámbito territorial mundial, a la edición, publicación, reproducción o comunicación del trabajo que el firmante se compromete a realizar bajo la denominación ..................... y en los términos y

condiciones impuestas por la Orden de 8 de julio de 1997, por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a la Creación Artística Contemporánea (BOJA núm. 94, de 14.8.97), para lo cual el que suscribe CEDE a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía los correspondientes derechos.

El abajo firmante renuncia expresamente a cualquier tipo de derecho económico, reclamación, indemnización o compensación que pudiera corresponderle a ese respecto como autor de la obra, en los términos previstos por el Real Decreto Legislativo núm. 1/1996, de 12 de abril, que aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

En ........., a ......... de ........... de 2000.

Fdo.:

Ilmo. Sr. Director General de Instituciones del Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

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