Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 19/02/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 20 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 1174/1995, interpuesto por don Juan Carlos Herrera Gomar.

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En el recurso contencioso-administrativo número 1174/95, interpuesto por don Juan Carlos Herrera Gomar contra la Resolución de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía de fecha 18 de abril de 1995, que desestimó el recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra Resolución de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Cádiz de fecha 13 de septiembre de

1994, por la que se le denegó la petición de baja en el censo de la citada Corporación, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con fecha 29 de septiembre de

1997, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos estimar, parcialmente, el recurso interpuesto por don Juan Carlos Herrera Gomar contra la Resolución de 18 de abril de 1995 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, objeto de este recurso, por ser contraria al Ordenamiento Jurídico. Declaramos el derecho del recurrente a causar baja en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación. No se estiman el resto de pedimentos de la demanda. No hacemos pronunciamiento sobre costas¯.

Mediante Auto de fecha 17 de mayo de 1999, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Primera) acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación interpuesto por la Letrada de la Junta de Andalucía contra la sentencia de 29 de septiembre de 1997, dictada por la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla en el recurso núm.

1174/1995, Resolución que se declara firme.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.º de la Orden de 8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 20 de enero de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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