Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 29/02/2000

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 2 DE VERA (ALMERIA)

EDICTO. (PD. 396/2000).

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Doña Esperanza Collantes Cobos, Juez de Primera Instancia Núm. Dos de Vera.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el núm./1999, se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del art. 131 de la Ley Hipotecaria, a instancia de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra Natsun, S.A., y Lextar, S.A., en reclamación de crédito hipotecario, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta por primera vez y término de veinte días los bienes que luego se dirán, señalándose para que el acto del remate tenga lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado, el día 3 de abril a las once horas, con las prevenciones siguientes:

Primero. Que no se admitirán posturas que no cubran el tipo de la subasta.

Segundo. Que los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar previamente en la cuenta de este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya, S.A., núm. 0263000018008099, una cantidad igual, por lo menos, al veinte por ciento del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el núm. y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptándose entrega de dinero en metálico o cheques en el Juzgado.

Tercero. Podrán participar con la calidad de ceder el remate a terceros.

Cuarto. En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, haciendo el depósito a que se ha hecho referencia anteriormente.

Quinto. Los autos y la certificación del Registro a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes -si los hubiere- al crédito del actor continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día 3 de mayo a las once quince, sirviendo de tipo el 75% del señalado para la primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera.

Igualmente, y para el caso de que tampoco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 29 de mayo a las once horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte con la misma el 20% del tipo que sirvió de base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y horas señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil a la misma hora, exceptuando los sábados.

El presente Edicto servirá de notificación al/los deudor/es para el caso de no poder llevarse a efecto en la finca o fincas subastadas.

BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA

Registral núm. 12.568 del Registro de la Propiedad de Vera, inscrita al tomo, libro 159, folio 37. Urbana, parcela E-4. Situada en los pagos y sitios conocidos indistintamente por Hoya de Palomares, Hoya del Nevado y Hoya del Rincón de Palomares, de Vera. Ocupa una superficie de 2.140 metros cuadrados. Linda al Norte: Con la parcela AN-2, que se segregó de la finca 11.142 de Vera Playa, S.A.; al Sur: Con vial peatonal que la separa de la parcela E-6; al Este: Con parcela AN-2, que se segregó de la finca 11.142 de Vera Playa, S.A., y con parcela E-5, y al Oeste: Con vial peatonal que la separa de las parcelas E-6 y E-3.

Registral 12.569 del Registro de la Propiedad de Vera, inscrita al tomo 893, libro 159, folio 38. Urbana, parcela E-5. Situada en los pagos y sitios conocidos indistintamente por Hoya de Palomares, Hoya del Nevado, Hoya del Rincón de Palomares, de Vera. Ocupa una superficie de 2.875 metros cuadrados. Linda al Norte: Con la parcela AN-2, que se segregó de la finca 11.142 de Vera Playa, S.A.; al Sur: Con vial peatonal que la separa de la parcela E-7 y playa o zona marítimo terrestre, y al Oeste: Con vial peatonal que la separa de las parcelas E-6 y E-4.

Registral núm. 12.559 del Registro de la Propiedad de Vera, inscrita al tomo 893, libro 159, folio 28. Urbana, parcela E-6. Situada en los pagos y sitios conocidos indistintamente por Hoya de Palomares, Hoya del Nevado y Rincón de Palomares, de Vera. Ocupa una superficie de 1.300 metros cuadrados. Linda al Norte: Con vial peatonal que la separa de las parcelas de la que se ha segregado de la misma finca matriz y que se

describirá como E-4; al Sur: Con vial peatonal que la separa de la parcela segregada de la finca matriz, descrita anteriormente como E-7; al Este: Con vial peatonal que la separa de las parcelas segregadas de la misma finca matriz, denominada E-3.

Registral núm. 12.558 del Registro de la Propiedad de Vera, inscrita al tomo, libro, folio 27. Urbana, parcela E-7. Situada en los pagos y sitios conocidos indistintamente por Hoya de Palomares, Hoya del Nevado, Rincón de Palomares, de Vera. Ocupa una superficie de 3.902 metros cuadrados. Linda al Norte: Con vial peatonal que la separa de las parcelas E-6 y E-5; al Sur: Con vial peatonal que la separa de la parcela E-1 y con la playa o zona marítimo terrestre, y al Oeste con vial peatonal que la separa de las parcelas E-2 y E-1.

Tipo de subasta: 160.000.000 de pesetas.

Dado en Vera, a veintisiete de enero de dos mil.- El/La Secretario, El/La Juez.

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