Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 11/01/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 14 de diciembre de 1999, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Córdoba con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el Inem y afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario.

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Determinada por Decreto 136/1998, de 23 de junio, la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los créditos que, durante el ejercicio 1998, contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario la Diputación Provincial de Córdoba ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Administración de la Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/ Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Administración de la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hace referencia el artículo 2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.1 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 136/1998, de 23 de junio, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998,

DISPONGO

Primero. Dentro de los los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, se financian en un 75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Córdoba al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio

1998.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Córdoba por un importe total de 55.356.276 pesetas, desglosado en las cantidades que figuran en Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones Locales detalladas en el mismo, en el que constan, igualmente, las aportaciones da la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Seguimiento para el Programa de Fomento de Empleo Agrario de

1998 y para las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 8 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1998, la Diputación Provincial de Córdoba podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 73.808.367 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Córdoba deberá remitir a la Consejería de Gobernación y Justicia antes del 31 de diciembre de 1999, valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que se establecen en el Decreto y en el Convenio regulador del Programa de Fomento de Empleo Agrario

1998.

En cualquier caso, el expediente correspondiente a la citada valoración debe aportar certificación acreditativa en la que se indique relación municipalizada, de todos y cada uno de los proyectos de obras realizados, con indicación expresa de las cuantías finales aportadas por cada uno de los organismos participantes.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 136/1998, de 23 de junio, las Entidades Locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1998 y en lugar visible un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 245/1997, de 15 de octubre.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Ordenen el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como su traslado a la Diputación Provincial de Córdoba y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 14 de diciembre de 1999

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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