Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 11/01/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 13 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 2278/1996, interpuesto por Centros Comerciales Pryca, S.A.

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En el recurso contencioso-administrativo número 2278/96, interpuesto por Centros Comerciales Pryca, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía desestimatoria por silencio administrativo del recurso ordinario interpuesto contra la decisión de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de fecha 11 de junio de 1996, mediante la cual se impuso a la sociedad recurrente una multa por importe de 30.000 pesetas (treinta mil pesetas)como autor responsable de una infracción calificada como leve, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con fecha 22 de diciembre de 1998, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso número

2.278 de 1996, interpuesto por Centros Comerciales Pryca, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Andalucía, desestimatoria por silencio administrativo del recurso ordinario interpuesto contra la decisión de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de 11 de junio de 1996, que sancionó a la recurrente como autora de una infracción leve, que debemos anular y anulamos por no ser conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas¯.

Mediante Providencia de fecha 20 de noviembre de 1999 se declara firme la sentencia anterior, acordándose que se lleve a puro y debido efecto lo resuelto.

En virtud de lo establecido en el artículo 2.º 5 de la Orden de

8 de julio de 1996, de delegación de competencias, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 13 de diciembre de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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