Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 14/03/2000

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Córdoba, por el que se notifican actos administrativos relativos a procedimientos en materia de juegos y/o espectáculos públicos.

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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 de la Ley/1992, de 26.11.92, por el presente anuncio se notifica al interesado que se relaciona el siguiente acto administrativo:

Asunto: Extinción autorización funcionamiento Sala Bingo «Gran Lucena¯.

Interesado: Bingos Córdoba Sur, S.L.

Representante: Don Antonio Jesús Belmonte Gómez.

En relación con su escrito, con registro general de entrada en esta Delegación de Gobierno de fecha 25.11.1999 y número 39153-

3, por el que solicita la extinción de la Autorización de Funcionamiento para la sala denominada Bingo «Gran Lucena¯, sita en Lucena, C/ Cesteros, núm. 40, de la que la entidad que usted representa es titular, le comunico que, de conformidad con lo establecido en el art. 71 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC), habrá de aportar la siguiente documentación:

- Acta de la última sesión celebrada.

- Resguardo de haberse efectuado el depósito previsto en el párrafo 5 del art. 42 del Reglamento del Juego del Bingo (Decreto 513/1996, de 10 de diciembre), respecto a las cantidades acumuladas (premio y reserva) para el Bingo Acumulativo. Dicho depósito se habrá de realizar en la Caja de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda, a disposición de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Asuntos Sociales para fines y obras sociales a realizar en el municipio de Lucena.

A cuyo efecto se le concede un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la presente.

Significándole que, en cumplimiento de lo establecido en el párrafo 4 del art. 42 de la LRJ-PAC, le comunico que el plazo máximo para dictar Resolución y notificarla es de seis meses, siendo el sentido del silencio administrativo que se puede producir estimatorio. No obstante, en caso de no atender, en tiempo y forma, el presente requerimiento, y de conformidad con lo establecido en el antedicho art. 71 de la LRJ-PAC, se le tendrá por desistido de su petición.

Fdo.: José A. Soriano Cabrera, Jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos.

Córdoba, 8 de febrero de 2000.- El Delegado del Gobierno, Antonio Márquez Moreno.

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