Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 18/03/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 2 de febrero de 2000, por la que se concede la autorización para impartir Bachillerato al Centro privado de Educación Secundaria San José, de San Fernando (Cádiz).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Manuel León Iñigo, como representante de la entidad «Centro de Educación Integral, S.L.¯, titular del centro docente privado «San José¯, sito en San Fernando (Cádiz), Plaza de San José, s/n, solicitando autorización para impartir las enseñanzas de Bachillerato, según lo dispuesto en el Título IV, art. 19.f), del Decreto/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el centro privado «San José¯, de San Fernando (Cádiz), por Orden de 28 de mayo de 1997 (BOJA del 1 de julio), tiene autorización definitiva para un centro de Educación Secundaria con capacidad para 8 unidades y 24 puestos escolares en Educación Secundaria Obligatoria. Funcionan en régimen de concierto educativo 9 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, de las cuales una es provisional.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los centros docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/91, de

14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Cádiz, como se contempla en el artículo 9, punto, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre Autorizaciones de Centros Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de Bachillerato al centro de Educación Secundaria «San José¯, de San Fernando (Cádiz), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «San José¯.

Titular: Centro de Educación Integral, S.L. Domicilio: Plaza San José, s/n.

Localidad: San Fernando.

Municipio San Fernando.

Provincia: Cádiz.

Código: 11700093.

Enseñanzas que se autorizan:

- Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.

- Bachillerato:

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, y de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz, previo informe del Servicio de Inspección de

Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la

legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica la Orden de 28 de mayo de

1997 (BOJA de 1 de julio).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestivamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 2 de febrero de 2000

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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