Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 21/03/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 8 de marzo de 2000, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se dispone la ampliación del plazo de resolución de las ayudas a los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito ganadero, correspondiente a la convocatoria de 1999/2000.

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Mediante la Orden de 26 de diciembre de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca, se regulan las ayudas a los programas sanitarios en el ámbito ganadero. Su artículo 9.1, en la redacción dada por la Orden de 30 de julio de 1999, ha venido a establecer que el Delegado Provincial de Agricultura y Pesca competente, según el ámbito territorial, resolverá por delegación del Consejero de Agricultura y Pesca, sobre las solicitudes recibidas y la cuantía de las subvenciones, y procederá al pago de las mismas. Por su parte, el plazo máximo para la resolución del procedimiento y notificación de la Resolución será de seis meses, contados en función de la presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por su parte, el artículo 42.6 de la citada Ley 30/1992, establece que, excepcionalmente, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación mediante la motivación clara de las circunstancias concurrentes y sólo una vez agotados todos los medios a disposición posibles. De acordarse finalmente la ampliación del plazo máximo para la tramitación del procedimiento, éste no podrá ser superior al plazo establecido.

Por lo tanto, debido a la modificación operada mediante la citada Orden de 30 de julio de 1999, que ha venido a cambiar aspectos procedimentales en la tramitación y resolución del procedimiento de concesión, siendo éste el primer año de aplicación de la misma, a la vista del número de solicitudes recibidas y agotados los medios de los que se disponen para cumplir con el despacho adecuado y en plazo de las solicitudes, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución establecido.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Ampliar en seis meses el plazo de resolución y notificación del procedimiento de concesión de las ayudas a los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito Ganadero, previsto en el artículo 9.1 de la Orden de 26 de diciembre de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan las ayudas a los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria en el ámbito Ganadero, correspondiente a la convocatoria de 1999/2000.

Sevilla, 8 de marzo de 2000.- El Director General, Luis Gázquez Soria.

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