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Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos de las Propuestas y Resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que arriba se detallan, incoadas por presuntas infracciones a la normativa sobre Juegos y Espectáculos Públicos, y en cumplimiento de lo establecido en los arts. 58 y
59.4 en relación con el art. 61 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, esta Delegación del Gobierno ha acordado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, significando que en el plazo de un mes, desde la publicación del presente anuncio, quedan de manifiesto los referidos expedientes en el Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, sita en Paseo de Almería, 68, de Almería, pudiendo los interesados, dentro del plazo reseñado, interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia.
Expediente: AL-15/99-EP.
Persona o Entidad denunciada y domicilio: Alonso Arrúe Mojácar, S.L. (B-04252094), Paseo del Mediterráneo, Urb. La Rumina, 10. Mojácar (Almería).
Infracción: Art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de la Consejería de Gobernación; art. 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y art..e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero. Sanción impuesta: Cincuenta mil ptas. (50.000 ptas.).
Expediente: AL-16/99-EP.
Persona o Entidad denunciada y domicilio: Alonso Arrúe Mojácar, S.L. (B-04252094), Paseo del Mediterráneo, Urb. La Rumina, 10. Mojácar (Almería).
Infracción: Art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de la Consejería de Gobernación; art. 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y art..e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero. Sanción impuesta: Cincuenta mil ptas. (50.000 ptas.).
Expediente: AL-21/99-EP.
Persona o Entidad denunciada y domicilio: Alonso Arrúe Mojácar, S.L. (B-04252094), Paseo del Mediterráneo, Urb. La Rumina, 10. Mojácar (Almería).
Infracción: Art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987, de la Consejería de Gobernación; art. 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y art..e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero. Sanción impuesta: Cincuenta mil ptas. (50.000 ptas.).
Almería, 18 de febrero de 1999.- El Delegado, Juan Callejón Baena.
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