Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 30/03/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta Presidencia, con fecha de hoy, ha resuelto, de conformidad con lo establecido en el art. 5 del R.D. 896/91, de

7 de junio, convocar las pruebas selectivas para la provisión de 1 plaza de Técnico de Cooperación Internacional, al servicio de esta Corporación, perteneciente a la plantilla de laboral, mediante el sistema de concurso-oposición libre, con sujeción a las siguientes bases, aprobadas por el Pleno Corporativo el 12 de febrero de 1999.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, 27 de diciembre de 1999.- El Presidente.

1.º Normas generales.

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Técnico/a de Cooperación Internacional, incluida en la Oferta de Empleo Público de 1998, perteneciente a la plantilla de personal laboral y dotada con las retribuciones previstas en el Convenio Colectivo vigente.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; R.D. Leg. 781/86, de 17 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; el Convenio Colectivo entre la Diputación Provincial de Córdoba y sus empleados; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

2.º Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecidas en el art. del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local:

a) Ser español o española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella edad que de acuerdo con sus antecedentes de cotización a la Seguridad Social le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los 65 años.

c) Estar en posesión del título exigido para la convocatoria (Licenciado, Ingeniero o Arquitecto), o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

3.º Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de la misma, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Los interesados deberán unir a la solicitud fotocopia del DNI y justificante o comprobante de haber ingresado los derechos de examen a que se refiere el apartado 3.4. Deberán acompañar, igualmente, a la solicitud la documentación que justifique los méritos alegados, debidamente compulsada o cotejada conforme al artículo 158 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

3.2. Para ser admitidos a esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2.ª, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de la Ley/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

3.4. Los derechos de examen quedan establecidos en mil

doscientas cincuenta pesetas, que se ingresarán en la cuenta corriente de Cajasur número/6028/

19/311094051.4, con la indicación «pruebas selectivas plaza (su denominación) Excma. Diputación Provincial de Córdoba¯.

Unicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará de oficio.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.º Admisión de los aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos, así como la de excluidos. Dicha Resolución se publicará en el BOP, juntamente con la relación de excluidos y causas que han motivado la exclusión. Copia de dicha Resolución y copias certificadas de las relaciones de admitidos y excluidos se expondrán al público en el tablón de edictos el mismo día en que se remita a publicación en el BOP.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán

definitivamente excluidos de la convocatoria.

En la misma Resolución se hará público el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

5.º Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue y suplente.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue y suplente, con voz y sin voto.

Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma y suplente.

Un representante de los empleados de la Corporación, designado por el Comité de Empresa y suplente.

Un técnico o experto, o un funcionario representante del servicio al que esté adscrita la plaza y suplente.

Un empleado del Area de Personal, y suplente.

Los Vocales del Tribunal deberán reunir las condiciones exigidas en el artículo 4 del R.D. 896/91, de 17 de junio.

5.2. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Diputación Provincial, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley/92. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones bastará la asistencia de su Presidente y

Secretario y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

5.4. La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como la de sus suplentes, se hará pública en el BOP conjuntamente con la Resolución a que hace referencia la base

4.ª

5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes

ejercicios.

5.6. De conformidad con lo establecido en el R.D./88, de 4 de marzo, a efectos de indemnizaciones por asistencia, el Tribunal Calificador tendrá la categoría de.ª

6.º Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición.

Concurso. Los méritos alegados por los aspirantes se

calificarán según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público previamente al inicio de la fase de oposición.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se hubiese alegado la imposibilidad de aportar dicha

justificación en la solicitud de participación en la

convocatoria o dentro del referido plazo.

No obstante, quienes hayan prestado servicios en la Diputación Provincial de Córdoba harán constar tal circunstancia en la solicitud de presentación, interesando a la vez que por parte de los servicios de la Corporación se adjunte a su

documentación el correspondiente certificado de servicios prestados.

Fase de oposición. (El programa y contenido de los ejercicios se efectuará de conformidad con lo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.)

El primer ejercicio de la oposición no podrá comenzar hasta transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar y fecha de realización de dicho ejercicio se harán públicos conjuntamente con la

resolución que se indica en la base 4.1.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la

celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado los anteriores y en el tablón de edictos de la Corporación.

7.º Desarrollo de los ejercicios.

7.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamados comporta que decaiga automáticamente en su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.

No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o de haber finalizado cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.

7.2. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan actuar conjuntamente comenzará por orden alfabético de apellidos, a partir del primero de la letra ....., de conformidad con el resultado del sorteo público único para todas las convocatorias que se celebren durante el año, que tendrá lugar con anterioridad al inicio de los ejercicios, para

lo cual será anunciado previamente en el BOP, así como

posteriormente su resultado.

7.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.

8.º Calificación de los ejercicios.

8.1. Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

8.2. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista un diferencia igual o superior a 4 puntos.

8.3. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en la forma prevista en la base 6.ª la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificaciones de las puntuaciones obtenidas.

8.4. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los

ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y de persistir en el primer ejercicio y en los sucesivos por su orden, y de no ser posible deshacer el empate se dilucidará por sorteo.

9.º Relación de aprobados, presentación de documentos y contratación.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado los ejercicios

eliminatorios, por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de 3 días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación.

La relación definitiva de aprobado/s, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el tablón de anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formalice el correspondiente contrato laboral. En dicha relación

figurarán el/los aprobado/s por orden de puntuación, en número igual al de plazas convocadas. Contra dicho acuerdo del Tribunal, que no agota la vía administrativa, podrá

interponerse por los interesados recurso ordinario, en el plazo de un mes, ante el Pleno de la Corporación.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los

documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.ª y que son:

9.1. Fotocopia del DNI, acompañado del original para su compulsa.

9.2. Informe de Vida Laboral expedido por la Seguridad Social.

9.3. Copia autentificada o fotocopia, que deberá ser presentada con el original para su compulsa, del título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o justificante de haber abonado los derechos de su expedición.

9.4. Informe del Servicio Médico de Empresa de esta Corporación sobre la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a que se aspira.

9.5. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

9.6. Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de incapacidad específica, conforme al artículo 36 del Reglamento de Funcionarios.

9.7. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la formalización del contrato de trabajo, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades.

Quienes tuvieren la condición de personal al servicio de la Diputación Provincial estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso se propondrá para su contratación a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presente la documentación pertinente, a efectos de poder ser formalizada su contratación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del Convenio Colectivo de empresa, el trabajador adquirirá la condición de personal laboral fijo en plantilla una vez superado satisfactoriamente el período de prueba, que queda establecido en tres meses.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas, que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulan la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias, que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que

obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

A) Méritos profesionales.

Por cada mes completo de servicios prestados en esta Excma. Diputación Provincial en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación: 0,15 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en Empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditativos a través del contrato de trabajo, visado por el Inem y certificados de cotizaciones a la

Seguridad Social, o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,05 puntos.

A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos

profesionales: 4,00 puntos.

B) Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3 puntos, aplicados de la siguiente forma:

b.1. Por la participación como asistente o alumno a cursos, seminarios, congresos y jornadas:

b.1.1. Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

b.1.2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

b.1.3. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

b.1.4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos. b.1.5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos. b.1.6. De 200 a 300 horas o de 41 a 60 días: 1 punto.

b.1.7. De 300 a 400 horas o de 61 a 80 días: 1,50 puntos. b.1.8. De más de 400 horas o de 80 días: 2,00 puntos.

Cuando se acredite que los cursos respectivos han sido

superados con aprovechamiento, la puntuación anterior se incrementará en 0,10 puntos.

b.2. Por la participación como ponente en cursos, seminarios o jornadas: 0,10 puntos por cada uno, máximo 0,50 puntos.

C) Titulaciones académicas.

Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y Grupo de empleado, según lo

establecido en el artículo 25 de la Ley 30/84, y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la

convocatoria. Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según el siguiente baremo:

- Grado de Doctor: 2,00 puntos.

- Otra licenciatura: 1,00 punto.

No se valorarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras superiores puntuadas.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

D) Méritos específicos.

Por publicaciones, ponencias, etc., de carácter científico o técnico y que estén relacionadas con la plaza convocada se otorgará hasta un máximo de 1 punto.

ANEXO II

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar de las materias comprendidas en el Programa adjunto

correspondientes a este ejercicio: Uno de los incluidos en el Bloque I y otro de los incluidos en el Bloque II.

El ejercicio será leído por los candidatos en sesión pública.

Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos.

Segundo ejercicio. De carácter práctico, consistirá en la elaboración de un Proyecto, Memoria o Programa, que determine el Tribunal, relacionado con la Cooperación Internacional al Desarrollo. El resultado del ejercicio deberá ser traducido por los opositores a los idiomas inglés y francés y se introducirá en un sobre suficientemente identificado, que entregará cerrado al Tribunal y que se abrirá en el momento en que el opositor haya de leerlo públicamente en ambos idiomas. El Tribunal podrá formular preguntas al opositor en inglés o francés sobre el tema que haya desarrollado.

En este ejercicio se valorará tanto el dominio de las lenguas extranjeras como la formación, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 5 horas.

Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de 4 horas, dos temas concretos extraídos al azar de las siguientes materias comprendidas en el Programa adjunto correspondientes a este ejercicio: Uno de los incluidos en el Bloque I y otro de los incluidos en el Bloque II.

Los ejercicios serán leídos por los candidatos en sesión pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos.

Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes sobre las materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de 15 minutos.

T E M A R I O

1. EJERCICIO

BLOQUE I

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantía y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. La Administración Pública española: Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma y

Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones de carácter general.

6. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y

participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

7. El acto administrativo: Concepto y clases de actos

administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

10. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

11. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

12. Organización y competencias municipales/provinciales.

13. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

14. El servicio público local: Concepto. Formas de gestión directa e indirecta.

15. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y

certificados de acuerdos.

16. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos. Clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. El personal laboral: Tipología y Selección.

17. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

18. Los contratos administrativos. Concepto, clases y

Elementos.

19. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y

fiscalización.20. Técnicas modernas de gestión pública: Gestión pública, gestión integrada de recursos humanos y marketing público.

21. La función directiva. El directivo público. La dirección y gestión por objetivos. La concepción y gestión de proyectos.

22. El control de la actuación pública: Control estratégico y control de gestión. El control externo de la gestión pública. Indicadores de gestión de los servicios públicos.

BLOQUE II

LA UNION EUROPEA

1. El proceso de unidad europea. De la cooperación a la integración en Europa. Los tratados y las organizaciones europeas. La Unión Europea: Profundización y ampliación.

2. El Tratado de la Unión Europea. Principios y normas

fundamentales. La subsidiariedad. La ciudadanía europea. El Consejo Europeo.

3. Instituciones de la Comunidad Europea I: El Consejo de Ministros: Competencias y funcionamiento. El Comité de

representantes permanentes.

4. Instituciones de la Comunidad Europea II: La Comisión Europea: Composición, competencias, funcionamiento. Comités de ejecución.

5. Instituciones de la Comunidad Europea III: El Parlamento Europeo, El Tribunal de Justicia, el Defensor del Pueblo europeo.

6. Instituciones de la Comunidad Europea IV: El Tribunal de Cuentas, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones, el Banco Europeo de Inversiones.

7. El Presupuesto de la Comunidad Europea. La financiación de las actividades comunitarias.

8. El Derecho Comunitario. Tipología de fuentes. La recepción del Derecho Comunitario en España: Competencias del Estado y competencias de las Comunidades Autónomas.

9. Las libertades básicas del sistema comunitario: Libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales.

10. La política comercial común de la Unión Europea. Las relaciones comerciales exteriores de la Comunidad Europea.

11. El Sistema Monetario Europeo y la Unión Económica y Monetaria.

12. La política de cooperación para el desarrollo de la Comunidad Europea, con especial consideración del sistema Lomé. Ayuda humanitaria, ayuda de emergencia y ayuda alimentaria: Objetivos, instrumentos y métodos de gestión.

13. La política regional. La política social. La cohesión económica y social. Los fondos estructurales. Repercusiones del ingreso en la Unión Europea para la economía andaluza.

14. Los préstamos y ayudas de la Comunidad Europea:

Instrumentos y mecanismos.

15. Medidas comunitarias en favor del desarrollo local y el empleo. Tipos y características fundamentales.

16. Medidas comunitarias para el desarrollo rural de las Zonas Objetivo. Tipos y características fundamentales.

17. La Unión Europea y la igualdad de oportunidades de las mujeres. Apoyos comunitarios para 1996-2000.

18. La importancia de la cooperación transnacional en los programas e iniciativas comunitarios. Metodologías de trabajo.

19. La identificación de socios comunitarios para la

cooperación empresarial. Características e instrumentos.

20. La cooperación comunitaria con otros países. Especial referencia a América Latina, países de la Europa del Este y del Mediterráneo.

2.º EJERCICIO

BLOQUE I

DERECHO INTERNACIONAL Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES

1. Los órganos del Estado encargados de las relaciones

internacionales: Organos centrales, misiones diplomáticas y delegaciones en conferencias y órganos internacionales. Las representaciones permanentes ante organizaciones

internacionales.

2. Los órganos del Estado encargados de las relaciones

internacionales: Las misiones diplomáticas y las oficinas consulares. Su régimen a la luz de la Convención de Viena de

1961 y 1963.

3. El régimen español de extranjería. Asilo y refugio. El acceso al trabajo de los extranjeros en España.

4. El Derecho internacional de los derechos humanos. Principios fundamentales. Declaraciones, convenios y mecanismos de protección en el ámbito universal: Sistema de las Naciones Unidas.

5. El Derecho internacional de los derechos humanos:

Declaraciones, convenios y mecanismos de protección en los ámbitos regionales, con especial referencia al Consejo de Europa y a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.

6. Las organizaciones internacionales. Concepto, clases, competencias y régimen jurídico. Los órganos y la adopción de decisiones.

7. Las Naciones Unidas. La Carta. Miembros, estructura orgánica y funcionamiento.

8. La evolución de las Naciones Unidas en el desempeño de sus funciones, en especial respecto al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales y a la libre determinación de los pueblos.

9. Los organismos especializados y otros organismos del sistema de las Naciones Unidas. Otras organizaciones de ámbito

universal.

10. Las organizaciones internacionales de participación limitada. La Organización de Cooperación y Desarrollo

Económico. La Organización de Estados Americanos. La

Organización para la Unidad Africana.

RELACIONES INTERNACIONALES Y POLITICA EXTERIOR

11. La sociedad internacional contemporánea. Universalidad, interdependencia y heterogeneidad. La jerarquización en la sociedad internacional.

12. El papel del Estado en las relaciones internacionales. Estado, pueblo y nación. Igualdad jurídica y desigualdad material entre los Estados.

13. Otros actores de la sociedad internacional: Las fuerzas religiosas, las internacionales de partidos políticos,

sindicales y patronales, las organizaciones no gubernamentales, las empresas transnacionales.

14. Factores condicionantes de las relaciones internacionales: Geografía, historia y cultura, demografía, economía, ciencia y tecnología, ideologías.

15. Estructuras sociales y sistemas políticos en Iberoamérica. El Presidencialismo. Federalismo y centralización. El

municipalismo iberoamericano.

16. Iberoamérica en la actualidad. Los procesos de

democratización. Desarrollo económico y cambios sociales. Procesos de integración regional. Iberoamérica en la escena internacional.

17. Estructuras sociales y sistemas políticos en el mundo árabe e islámico, Asia Meridional y Africa Subsahariana. La cuestión del Sahara Occidental.

18. La evolución reciente de los países de la Europa Central y Oriental: Transformaciones económicas, políticas y sociales. Los problemas de su reinserción internacional.

19. La política exterior de España desde 1975: Las dimensiones europea y atlántica. La política hacia el Norte de Africa y el Mediterráneo.

20. La política exterior de España desde 1975 hacia

Iberoamérica. La Conferencia Iberoamericana.

BLOQUE II

ECONOMIA INTERNACIONAL Y DESARROLLO

1. Evolución del sistema económico mundial desde el patrón oro. Los acuerdos de Breton Woods. Evolución reciente del sistema monetario internacional.

2. El Fondo Monetario Internacional y el grupo del Banco Mundial. La Organización Mundial del Comercio. Problemas actuales del comercio internacional.

3. El proceso de globalización de la economía. Causas y consecuencias. Las empresas transnacionales. Los movimientos internacionales de capitales.

4. Economía y demografía. Problemas económicos y sociales relacionados con el crecimiento, la estructura, la distribución y los movimientos de población en el mundo.

5. La energía y los recursos naturales a escala internacional. La economía del Medio Ambiente.

6. Economía del desarrollo. Teoría sobre subdesarrollo. Problemas derivados de las desigualdades estructurales en producción, renta y tecnología.

7. Los problemas de la deuda externa y las políticas de ajuste estructural, especialmente en los países en vías de desarrollo.

8. El Comercio exterior de los países en vías de desarrollo. El sistema de preferencias generalizadas. Los Acuerdos de

productos básicos.

9. Instituciones y procesos actuales de cooperación e

integración económicas en América y Africa.

10. El diálogo Norte-Sur. Determinación de los conceptos cooperación y solidaridad.

11. La cooperación para el desarrollo: Concepto, evolución y clases. Papel de la OCDE: Ayuda Oficial para el desarrollo. Asistencia técnica, donaciones y créditos. Ayuda humanitaria.

12. El papel de las organizaciones no gubernamentales y demás asociaciones sin ánimo de lucro en la cooperación para el desarrollo. Origen, características, diferencias. Areas de actuación. El voluntariado de cooperación al desarrollo.

13. La cooperación para el desarrollo descentralizada.

Tendencia actual. Los fondos de ayuda al desarrollo: El 0,7%.

14. La cooperación multilateral para el desarrollo.

Instituciones financieras y no financieras. El sistema de Naciones Unidas: La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Comercio y el Desarrollo y el Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo. Los Bancos regionales de desarrollo.

15. La política española de cooperación para el desarrollo. La Ley 23/1998, de Cooperación Internacional para el Desarrollo: Objetivos, instrumentos, coordinación y recursos. La vertiente multilateral de la cooperación española.

16. Organismos estatales encargados de la gestión de la política de desarrollo. Bases generales del M.AA.EE. para concesión de subvenciones con destino a proyectos de

desarrollo.

17. Financiación de la cooperación para el desarrollo.

Cooperación reembolsable y no reembolsable. Créditos F.A.D.: Objetivos, funcionamiento y resultados.

18. La participación de la Junta de Andalucía en la Cooperación para el desarrollo. La Oficina de Cooperación Internacional de la Diputación Provincial de Córdoba.

19. Identificación, ejecución, seguimiento y control de proyectos de cooperación.

EL DESARROLLO LOCAL

20. Concepto de desarrollo y su evolución. Quiebra de los sistemas tradicionales.

21. Posibilidades de desarrollo local en el medio rural. Marco de referencia para una estrategia de desarrollo.

23. Los aspectos fundamentales del entorno como base del desarrollo.

24. Bases, criterios e instrumentos para el establecimiento de estrategias de planificación en espacios rurales.

25. Evaluación de programas y políticas. Concepto y diseño de metodologías de seguimiento de programas de desarrollo.

26. El mercado y los organismos de promoción económica. Oferta y demanda de servicios para el desarrollo local.

27. La dinamización en el medio rural. Factores activadores de la capacidad emprendedora de entornos locales.

28. Análisis de proyectos de inversión. Estudio de los

instrumentos de evaluación.

29. Los recursos humanos como factor de desarrollo local. El desarrollo local y la orientación al empleo.

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