Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 06/04/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS (CADIZ)

ANUNCIO de bases.

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Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en su nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, ha decretado la aprobación de las bases que han de regir en las convocatorias de diferentes plazas vacantes en las respectivas plantillas de funcionarios y laborales fijos, que a continuación se expresan:

BASES DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS QUE HAN DE REGIR EN LOS PROCESOS SELECTIVOS EN APLICACION DE LA LEY

23/1988, DE 28 DE JULIO

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir las plazas que figuran en los Anexos correspondientes.

1.2. Por lo que se refiere al procedimiento para articular el proceso, a las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/1984; la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local; R.D.L 781/1986, de 18 de abril; R.D. 896/1991, de 17 de junio; el artículo 39 de la Ley

50/1998, de 30 de diciembre, y las bases de la presente convocatoria.

1.3. Condiciones y requisitos que deben reunir los aspirantes:

a) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos.

a.1. Ser español.

a.2. Tener cumplidos los 18 años de edad. a.3. Estar en posesión del título exigido en cada una de las convocatorias o equivalente, según el art. 25 de la Ley

30/1984.

a.4. Estar vinculado por una relación laboral de carácter indefinido con el Ayuntamiento de Los Barrios, con la categoría señalada en el Anexo respectivo.

a.5. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

a.6. No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica en la legislación vigente. a.7. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. a.8. Estar en situación administrativa de servicio activo.

b) Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3, apartado

a), deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

2. Procedimiento de selección.

2.1. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

2.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

2.3. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinarán las fechas y horas de celebración de las pruebas selectivas, y designación de los Tribunales.

Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores.

2.4. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo a las presentes bases.

2.5. El procedimiento de selección constará de dos fases:

A) Fase de concurso: Esta fase no puede alcanzar más del 45% de la puntuación máxima a obtener en la fase de oposición.

No tiene carácter eliminatorio y se puntuará con arreglo al siguiente baremo:

a) Por méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en el

Ayuntamiento de Los Barrios, en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, en la condición de personal laboral, acreditado documentalmente: 0,15 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos.

b) Por méritos académicos:

- Por cada título académico superior al exigido para el acceso a la plaza en cuestión: 0,50 puntos.

c) Por cursos, seminarios, congresos y jornadas. Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a la que se opta e impartidos por instituciones de carácter público.

- De 15 a 40 horas de duración: 0,1 punto.

- De 41 a 70 horas de duración: 0,2 puntos.

- De 71 a 100 horas de duración: 0,25 puntos.

- De 101 a 200 horas de duración: 0,5 puntos.

- De 200 horas en adelante: 1,00 punto.

Hasta un máximo de 1,5 puntos.

No serán valorados los cursos de menos de 15 horas de duración o que no se justifique su duración.

Aplicaciones del concurso: Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición, a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

B) Fase de oposición:

1. Consistirá en resolver un cuestionario en forma de test de

20 preguntas en un tiempo de 30 minutos, se requerirá contestar un mínimo de aciertos de 12 para aprobar, lo que equivale a una puntuación de 5, incrementándose la misma en 0,62 puntos por cada acierto que exceda del mínimo exigido.

2. Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos planteados por el Tribunal y en el tiempo máximo estimado por éste en relación con las materias incluidas en los Anexos a que se corresponda la plaza.

3. Solicitudes.

B) Práctico o manual. Relativo a las funciones propias del puesto. Este ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos. Siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos, para superarlo.

Los ejercicios de la fase oposición serán eliminatorios.

ANEXO IX

Plaza: Limpiadora.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: Limpiadora.

Grupo: E.

Nivel complemento destino: 10.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dos

ejercicios.

A) Realización de operaciones matemáticas simples de suma, resta o multiplicación. O contestación de preguntas

relacionadas con las funciones o cometidos del puesto. El aspirante podrá optar por una u otra modalidad de ejercicio. Este ejercicio

se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos para superarlo.

B) Práctico o manual. Relativo a las funciones propias del puesto. Este ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos. Siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos, para superarlo.

Los ejercicios de la fase oposición serán eliminatorios.

ANEXO X

Plaza: Administrativo.

Número: 2.

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativo.

Grupo: C.

Nivel complemento destino: 16.

Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

PRIMERA PARTE: DERECHO CONSTITUCIONAL

1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas del Estado.

2. La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. El Poder Legislativo.

4. El Gobierno y la Administración del Estado.

5. El Poder Judicial.

6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

7. La Comunidad Autónoma Andaluza. Su Estatuto. Las

Instituciones Autonómicas: El Presidente y el Consejo de Gobierno. El Parlamento y su Presidente. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

8. La Organización Administrativa de la Comunidad Andaluza.

9. La Comunidad Económica Europea. Concepto. Competencias. Las relaciones con la Administración Local española.

SEGUNDA PARTE: DERECHO ADMINISTRATIVO

Y FINANCIERO

10. La Administración Pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

11. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

12. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases. El Reglamento: Sus clases.

13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

14. El Acto Administrativo. Concepto. Elementos. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio

administrativo.

15. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Días y horas hábiles: Cómputo de plazos, recepción y registro de documentos.

16. Los recursos administrativos. El recurso ordinario y el de revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

17. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

18. Principios generales de los Contratos Administrativos. Sus clases. La selección del contratista. Derechos y deberes del contratista y de la Administración.

19. La responsabilidad de la Administración Pública.

20. El Servicio Público. Nociones generales. Los sistemas de gestión de los servicios públicos.

21. El Derecho Financiero. Los sujetos de la actividad

financiera. Consideraciones económicas sobre la actividad financiera.

22. El gasto público y sus clases. Su control. Idea general del gasto público en España.

23. Los impresos públicos. Concepto y sus clases. El Impuesto, concepto y clases. Las Tasas fiscales, concepto y clases.

24. Otros tipos de impresos municipales. Clases.

25. Principios inspiradores de la Ley General Tributaria y de la Ley de Haciendas Locales.

26. El Presupuesto. Doctrina clásica y concepciones actuales de los mismos. Idea general de los Presupuestos del Estado, de la Comunidad Autónoma y de las Entidades Locales.

TERCERA PARTE: DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL

27. Régimen Local español. Principios constitucionales.

28. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.

29. El Municipio. El término municipal. La Población. El Empadronamiento.

30. Organización y competencias de las Entidades Locales.

31. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La Comarca. Consorcios.

32. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

33. Relaciones entre distintos Entes territoriales. Autonomía Municipal y tutela.

34. La Función Pública Local. Su organización.

35. Derechos y deberes de los funcionarios locales.

Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Derechos económicos de los funcionarios. El personal laboral. Derechos pasivos. La Seguridad Social.

36. Los bienes de las Entidades Locales. Sus clases. Régimen de utilización de los de dominio público.

37. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Procedimiento de otorgamiento de licencias.

38. El Servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión. Las Fundaciones y Patronatos Municipales. Las Empresas Públicas municipales o mixtas.

39. Procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de los mismos. Comunicaciones y notificaciones.

40. Ley 1/97, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Suelo y Ordenación Urbana en la Comunidad Andaluza (BOJA núm.,

26.6.97).

41. Instrumentos de Planeamiento. Procedimientos de elaboración y aprobación.

42. El Patrimonio Histórico Artístico. Legislación aplicable, su influencia en las competencias urbanísticas locales.

43. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

44. Régimen Jurídico del gasto público local. Contabilidad y rendición de Cuentas.

45. Los Presupuestos Locales. Procedimiento administrativo.

ANEXO XI

Plazas: Auxiliar.

Número: 1.

Escala: Administración General.

Subescala: Auxiliar.

Grupo: D.

Nivel complemento destino: 14.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1. Grado o

equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La Corona. El Poder Legislativo.

3. El Poder Judicial.

4. El Gobierno y la Administración del Estado. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su

significado.

5. La Administración Pública en el ordenamiento español. Administración del Estado. Administraciones Autonómicas. Administración Local. Administraciones Institucional y

Corporativa.

6. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

7. El Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

8. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación y notificación.

9. Formas de acción administrativa en la esfera local. Fomento. Servicio Público. Policía. Especial referencia a la concesión de licencias.

10. La responsabilidad de la Administración.

11. El dominio público. Bienes que lo integran. Régimen jurídico. Uso y utilización. El Patrimonio privado de la Administración.

MATERIAS ESPECIFICAS

12. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

13. La Provincia en el Régimen Local español. Organización Provincial. Competencias.

14. El Municipio. El término municipal. La Población. El Empadronamiento.

15. Organización Municipal: Organos del Ayuntamiento. Las competencias municipales.

16. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los Bandos.

17. El personal al servicio de la Administración Local. La Función Pública Local y su organización. Situaciones

administrativas de los funcionarios.

18. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Régimen disciplinario. Sistema retributivo. Incompatibilidades. La Seguridad Social de los funcionarios de la Administración Local.

19. Procedimiento administrativo local. El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

20. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Actas y Certificaciones de Acuerdos.

21. Haciendas Locales. Clasificación de los impresos.

Ordenanzas fiscales.

22. El Presupuesto local. Concepto. Principios y estructura. Elaboración, aprobación y ejecución del Presupuesto. Su liquidación.

23. Régimen jurídico del Gasto Público Local. Concepto. Ejecución de los gastos. Contabilidad y Cuentas.

24. Los Contratos administrativos en la esfera local.

Clasificación de los contratos. Sus elementos. La selección del contratista. Las garantías y responsabilidad en la

contratación.25. La Villa de Los Barrios. Su historia. La población, el territorio y la economía. El Patrimonio Cultural.

BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR PARA CUBRIR, EN PROPIEDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSOOPOSICION DE PROMOCION INTERNA, LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO QUE SE ESPECIFICAN EN LOS ANEXOS CORRESPONDIENTES

1. BASES GENERALES

Primera. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, de promoción interna de las plazas vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento que se especifican en los Anexos correspondientes.

Segunda. El presente concurso-oposición se regirá por lo previsto en las presentes bases y Anexos correspondientes, y en su defecto, se estará a lo establecido en el R.D. Legislativo

781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto

Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto; R.D. 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado; R.D.

896/91, de 7 de junio, y por cualquier otra disposición aplicable.

Tercera. Las plazas ofertadas se cubrirán entre funcionarios de la Escala del Grupo anterior al de las plazas convocadas.

2. CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR O CUMPLIR LOS ASPIRANTES

Cuarta. Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título que en cada Anexo se

especifique, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o

incompatibilidad específica de las previstas en la legislación aplicable.

g) Haber ocupado en propiedad la plaza anterior al Grupo de la que se convoca, en este Ayuntamiento, por un tiempo no inferior a dos años.

3. INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR

Quinta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias, dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde y presentadas en el Registro General, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de estas convocatorias en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Las instancias podrán presentarse en la forma que determina el art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Los méritos que se aleguen para su valoración en la fase de concurso deberán ser acreditados por los participantes en el momento de presentar la solicitud de admisión a la

convocatoria.

4. ADMISION DE CANDIDATOS

Sexta. Terminado el plazo de presentación de instancias se publicará, en el «Boletín Oficial de la Provincia¯, la

Resolución de la Alcaldía aprobando las listas de los

aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán los nombres y apellidos de los candidatos y, en su caso, la causa de la no admisión.

Séptima. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior establecerá un plazo de 10 días para subsanación de errores.

5. TRIBUNAL

Octava. El Tribunal calificador de las pruebas quedará formado de acuerdo con lo dispuesto por el R.D. 896/91, de 7 de junio.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base, exclusivamente, a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando, por tanto, con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte en el mismo cuando concurran alguna de las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Procedimiento

Administrativo Común.

El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común, y adoptará sus decisiones por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, entre los aspirantes, en el caso de que no se hubiese resuelto ya a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de concurso, el voto del que actúe como Presidente. Si por cualquier circunstancia no concurren a alguna de las sesiones el Presidente y el Secretario, se suplirán por los Vocales de mayor y menor edad,

respectivamente.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las Bases y es responsable del estricto cumplimiento de las mismas.

6. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

Novena. El calendario de las pruebas, hora y lugar de su realización se publicarán en el «Boletín Oficial de la

Provincia¯, conjuntamente con la relación de admitidos y excluidos definitivamente, así como la composición del

Tribunal.

En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los

opositores para que acrediten su personalidad.

Los aspirantes serán nombrados en llamamiento único para cada ejercicio, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

7. SISTEMA DE CALIFICACION

Décima. Fases de las pruebas:

Fase de oposición. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán por escrito, eliminatorios y

calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos cada uno de ellos. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos.

Fase del concurso. Se valorarán los méritos incluidos en los baremos correspondientes, que no podrán, en ningún caso, otorgar una puntuación superior a la que pudiera concederse, como máximo, en la fase de oposición, encuadrados en el correspondiente Anexo.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición y la fase de concurso.

8. PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION

Decimoprimera. Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de edictos de la Corporación la relación de

aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de seleccionados no podrá rebasar el número de plazas

convocadas. Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia a los aspirantes seleccionados a la Presidencia de la Corporación, quien, a su vez, formulará la correspondiente propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno de la misma.

9. PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO.

Decimosegunda. El aspirante propuesto deberá aportar, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos exigidos en las bases 4.ª y 5.ª de la convocatoria, y los que se exijan en su caso, en el Anexo.

Cumplidos los trámites, el Presidente de la Corporación elevará propuesta de nombramiento a la Comisión de Gobierno Municipal, en favor de aquel aspirante que hubiera obtenido plaza, quien deberá tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, a contar del siguiente a aquél en que le sea notificado.

10. NORMA FINAL

Las bases de esta convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que será, en todo caso, el que se tendrá en cuenta para el cómputo de plazo de los citados en esta convocatoria.

Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados directamente ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de la provincia de Cádiz, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha del día siguiente de la última publicación de las mismas.

Asimismo, podrá presentarse el recurso potestativo de

reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, en el plazo de un mes.

ANEXO I

Plaza de Administrativo de Administración General.

Número de plazas: 2.

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Grupo: C.

Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción interna. Titulación exigida: Bachiller Superior, FP 2.º Grado, o cualquier titulación equivalente a la exigida o una antigüedad de 10 años en la Subescala Auxiliar de Administración General, Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos (Disposición adicional novena del R.D. 364/95, de 10 de marzo).

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

E J E R C I C I O S

FASE DE CONCURSO

Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter

eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:

a) Desempeño en plaza de Auxiliar, Escala Administración General, Grupo D, al servicio de esta Corporación: 0,02 puntos por cada mes de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Por titulaciones académicas superiores a la exigida para la plaza convocada: Hasta 2 puntos.

c) Por cursos de formación, seminarios, congresos y jornadas que tengan una duración mínima de 15 horas, impartidos por instituciones públicas: Hasta un máximo de 0,5 puntos por cada uno.

FASE DE OPOSICION

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, de las cuales 20 de ellas han de ser correctas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine. Los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y libros de consulta de los que acudan provistos.

P R O G R A M A

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Estructuras.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Provincia en el Régimen Local. Organización

Provincial. Competencias.

Tema 4. El Municipio. Organización Municipal. Competencias.

Tema 5. Elementos del Municipio: El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 6. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales.

Tema 7. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 8. Derechos de los funcionarios públicos locales. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 9. Deberes de los funcionarios públicos, responsabilidad y régimen disciplinario.

Tema 10. Los bienes de las Entidades Locales. Régimen de utilización de los de dominio público.

Tema 11. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Procedimiento de otorgamiento de licencias, en especial las licencias urbanísticas.

Tema 12. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

Tema 13. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Recurso ordinario, reposición y revisión.

Tema 14. Requisitos de la presentación de documentos. El Registro de entrada y salida.

Tema 15. Funcionamiento de los órganos locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votación. Actas y certificados de acuerdos.

ANEXO II

Plaza de Oficial Conductor.

Número de plazas: 1.

Grupo: D.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1. Grado o

equivalente.

Carnet de conducir: Clase C-1.

Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción interna.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

E J E R C I C I O S

FASE DE CONCURSO

Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter

eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:

a) Desempeño en plaza de la Escala Administración Especial, Grupo E, al servicio de esta Corporación: 0,02 puntos por cada mes de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Por titulaciones académicas superiores a la exigida para la plaza convocada: Hasta 2 puntos.

c) Por cursos de formación, seminarios, congresos y jornadas que tengan una duración mínima de 15 horas, impartidos por instituciones públicas: Hasta un máximo de 0,5 puntos por cada uno.

FASE DE OPOSICION

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, de las cuales 20 de ellas han de ser correctas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine.

P R O G R A M A

MATERIAS COMUNES

GRUPO I

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

Tema 2. El Ayuntamiento: El Alcalde, la Comisión de Gobierno, El Pleno.

MATERIAS ESPECIFICAS

GRUPO II

Tema 1. El motor de cuatro tiempos. Elementos principales que lo componen. Diferencia entre motores de gasoil y gasolina.

Tema 2. El motor de dos tiempos. Elementos principales que lo componen.

Tema 3. La culata. Elementos que la componen. Relación de la culata con otros elementos del motor.

Tema 4. Bloque. Elementos que lo componen.

Tema 5. El cárter. Elementos que lo componen.

Tema 6. La bomba de agua. Sus elementos. La puesta en marcha. Sus elementos. El distribuidor. Sus elementos.

Tema 7. La bomba de gasoil. Elementos. La bomba de gasolina. Elementos que la componen. Diferencia entre ambas.

Tema 8. El embrague. Elementos que componen el conjunto. Tipos de embrague.

Tema 9. Cajas de cambio y sus elementos. Diferencial. Elementos que lo componen.

Tema 10. Distintos sistemas de frenos. Elementos que lo componen.

Tema 11. Señales informativas vigentes en el Código de la Circulación.

Tema 12. Señales prohibitivas vigentes en el Código de la Circulación.

Tema 13. Señales recomendatorias vigentes en el Código de la Circulación.

Tema 14. Seguridad vial: Especial referencia a la Seguridad en el transporte de personas. Vehículos especiales.

Tema 15. La red viaria de la Villa de Los Barrios.

ANEXO III

Plaza de Oficial Jardinero.

Número de plazas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Grupo: D.

Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción Interna.

Titulación exigida: Graduado Escolar o FP 1. Grado o

equivalente.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

E J E R C I C I O S

FASE DE CONCURSO

Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter

eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:

a) Desempeño en plaza de la Escala Administración Especial, Grupo E, al servicio de esta Corporación: 0,02 puntos por cada mes de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Por titulaciones académicas superiores a la exigida para la plaza convocada: Hasta 2 puntos.

c) Por cursos de formación, seminarios, congresos y jornadas que tengan una duración mínima de 15 horas, impartidos por instituciones públicas: Hasta un máximo de 0,5 puntos por cada uno.

FASE DE OPOSICION

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, de las cuales 20 de ellas han de ser correctas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine.

P R O G R A M A

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. El Municipio. Organización y competencias municipales.

Tema 3. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública local y su organización. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Tema 4. Los órganos de Gobierno municipales. El Pleno

Municipal. La Comisión de Gobierno. El Alcalde. Los Delegados de Servicio.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Definición de césped. El césped y el suelo. Clases de césped. Influencia de las propiedades de los suelos sobre el césped. Implantación del césped. Creación de céspedes.

Conservación y mantenimiento.

Tema 2. Condiciones para el éxito de la siembra.

Tema 3. Estudio del suelo. Clases de suelos.

Tema 4. El riego. Calidad del agua de riego. Clases de riego. Aplicación de los riegos en jardinería.

Tema 5. La poda. Definición y características.

Tema 6. Poda, saneamiento y cirugía de árboles ornamentales.

Tema 7. El injerto. Definición y características.

Tema 8. Condiciones para el éxito del injerto. Tipos de injerto.

Tema 9. La vegetación urbana. Su patología. Gestión y

mantenimiento.

Tema 10. El diseño del jardín.

Tema 11. Plantas decorativas para el jardín. Conocimientos generales.

Tema 12. Parásitos de los árboles y plantas del jardín. Conocimientos generales.

Tema 13. Enfermedades de los árboles y las plantas de jardín. Conocimientos generales.

Tema 14. Abonos y enmiendas. Clases de abonos.

Tema 15. Tratamientos y herbicidas. Conocimientos generales.

Tema 16. Mantenimiento y conservación de parques y jardines.

ANEXO IV

Plaza de Oficial Carpintero Metálico.

Número de plazas: 2.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Grupo: D.

Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción interna.

Titulación exigida: Graduado Escolar o F.P. 1. Grado o

equivalente.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

E J E R C I C I O S

FASE DE CONCURSO

Será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter

eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición: Se desarrollará mediante la valoración de los méritos que a continuación se indican:

a) Desempeño en plaza de la Escala Administración Especial, Grupo E, al servicio de esta Corporación: 0,02 puntos por cada mes de servicio, hasta un máximo de 5 puntos.

b) Por titulaciones académicas superiores a la exigida para la plaza convocada: Hasta 2 puntos.

c) Por cursos de formación, seminarios, congresos y jornadas que tengan una duración mínima de 15 horas, impartidos por instituciones públicas: Hasta un máximo de 0,5 puntos por cada uno.

FASE DE OPOSICION

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, de las cuales 20 de ellas han de ser correctas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine.

P R O G R A M A

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. El Municipio. Organización y competencias municipales.

Tema 3. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública local y su organización. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Tema 4. Los órganos de Gobierno municipales. El Pleno

Municipal. La Comisión de Gobierno. El Alcalde. Los Delegados de Servicio.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. Interpretación de planos, escalas y replanteos.

Tema 2. Materiales y herramientas.

Tema 3. Conocimiento, manipulación y conservación de las herramientas y máquinas.

Tema 4. Conocimiento de materiales y afilado de herramientas.

Tema 5. Manejo de limadoras y taladros.

Tema 6. Ajuste.

Tema 7. Soldadura eléctrica de aceros al carbono e inoxidables.

Tema 8. Soldadura oxiacetilénica de aceros comunes y oxicorte.

Tema 9. Herrajes y su colocación.

Tema 10. Disposición de un taller para carpintería metálica.

Tema 11. Lima, tipos y características, denominación.

Tema 12. Roscas. Sistemas de roscas.

Tema 13. Velocidades de corte. Cálculos.

Tema 14. Terrajas. Tipos. Normalización.

Tema 15. Utiles para golpear y extraer. Machos de roscar.

ANEXO V

Plaza: Encargado Sector.

Número de plazas: 2.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Grupo: D.

Sistema de selección: Concurso-oposición. Promoción interna.

Titulación exigida: Graduado Escolar, F.P. 1. Grado o

equivalente.

Derechos de examen: 1.500 ptas.

FASE DE OPOSICION

Constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en un test de 30 preguntas, de las cuales 20 de ellas han de ser correctas, durante un período máximo de una hora, de los temas que figuran en el programa adjunto.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, en relación con el cometido de la plaza que formule el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo máximo que, asimismo, determine.

T E M A R I O

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

2. El municipio. Organización y competencias municipales.

3. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local y su organización. El personal de los Entes Locales.

4. Los órganos de gobierno municipales. El Pleno Municipal. La Comisión de Gobierno. El Alcalde. Los Delegados de Servicio.

MATERIAS ESPECIFICAS

5. Conocimiento de los materiales: Origen, particularidades y aplicaciones. Materiales principales y auxiliares. Aglomerantes y áridos. Dosificaciones.

6. Nociones sobre replanteos, trazados y mediciones: Objeto de los mismos. Conocimientos elementales y manejo en ejercicio sencillo de aparatos de medición y nivelación.

7. Obras de fábrica y estructuras: Clasificación.

8. Conservación y reparación de obras: Su importancia.

9. Nociones sobre estereotomía de la piedra. Modelo, moldes y plantillas.

10. Mosaicos y terrazos. Balaustradas, escaleras, cornisas, etc.

11. Encofrados de muros, pilares, jácenas y forjados. Armaduras para muros, pilares, jácenas y forjados.

12. Obras de hormigón, estructuras y forjados.

13. Características y funcionamiento de las máquinas más utilizadas: Machacadoras, cribas y troqueles.

14. Normas concretas sobre Seguridad e Higiene. Medios de protección personal.

15. Medios auxiliares de la construcción. Clasificación.

16. Principios de movimientos de tierras.

17. Organización de obras y jerarquías profesionales que intervienen en ella.

18. Instalaciones complementarias en las obras. Tipo.

19. Obras más frecuentes realizadas por el Ayuntamiento de Los Barrios. Descripción y forma de ejecución.

20. Características de la construcción en Los Barrios.

BASES QUE HABRAN DE REGIR PARA PROVEER EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE CABO DE LA POLICIA LOCAL VACANTE EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION Y EL SISTEMA DE PROMOCION INTERNA

Primera. Objeto de la convocatoria.

Lo es la provisión, mediante concurso-oposición por el sistema de acceso de promoción interna, de una plaza de Cabo de Policía Local vacante en la plantilla de funcionarios de este

Ayuntamiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo D de la Ley 30/84, incluida en la oferta de Empleo Público del año

1995.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, antes que termine el último día de presentación de solicitudes:

a) Pertenecer a la plantilla de la Policía Local de este Ayuntamiento como funcionario de carrera en propiedad y haber permanecido, al menos, dos años de servicios efectivos.

b) Poseer el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

c) Carecer en el expediente personal de inscripciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Tercera. Instancias.

Las solicitudes para tomar parte en el concurso-oposición se dirigirán al Presidente de la Corporación. Se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

A la solicitud se acompañará:

a) Justificante de ingreso en la Caja Municipal de los derechos de examen, que se fijan en 1.000 pesetas.

b) Documentos que acrediten los méritos que se aleguen para la fase del concurso.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Corporación resolverá sobre la admisión y exclusión provisional de aspirantes, cuyas listas se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de reclamaciones, por plazo de quince día; si las hubiera, serán rechazadas o aceptadas en la Resolución de la Alcaldía por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo, en la forma citada.

Quinta. Tribunal calificador.

Se constituirá conforme al contenido del artículo 16 del Decreto 196/92, de 24 de noviembre, de la Consejería de Gobernación. Su composición se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento. A los efectos de indemnización por asistencia (R.D. 236/88, de 4 de marzo), el Tribunal se integrará dentro de la categoría cuarta.

Sexta. Desarrollo del concurso-oposición.

La lista definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal, y el lugar, día y hora de celebración de los ejercicios se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Corporación.

La calificación de los méritos del concurso y la realización de las pruebas de la fase de oposición comenzarán después de transcurridos tres meses, contados a partir de la fecha de la publicación del anuncio de la convocatoria.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada, que será libremente apreciada por el Tribunal.

Séptima. Pruebas de la fase de oposición.

Las pruebas de la fase de oposición serán eliminatorias y estarán divididas en las siguientes subfases:

a) Prueba de aptitud física, tendente a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad, velocidad y resistencia del opositor. Se calificarán de apto o no apto, siendo eliminatorio el no superar alguna de las pruebas, que comprenderán las enumeradas en el Anexo II de las presentes bases.

Podrán hacerse dos intentos en cada prueba.

b) Pruebas psicotécnicas, dirigidas a determinar las aptitudes y actitudes del aspirante.

En ellas podrá incluirse una entrevista de carácter

psicotécnico y personal, así como un test, dirigidos a

determinar las aptitudes del aspirante para el desempeño del puesto policial.

Se calificará de apto o no apto.

El examen psicotécnico constará, en todo caso, de pruebas que evalúen los factores que a continuación se indican:

1. Intelectuales: Nivel intelectual con un cociente de

inteligencia general superior a la media de la población española.

2. Aptitudes especiales: Comprensión y fluidez verbal,

razonamiento verbal, espacial y memoria. Atributos que

requieren una puntuación media alta.

3. Características de personalidad: Ausencia de patología, madurez, estabilidad emocional, motivación personal y social, sociabilidad y flexibilidad. La puntuación requerida será la media, excepto en madurez y estabilidad emocional, que deberá ser media alta.

Cualquier interpretación de los resultados ha de ir acompañada de una entrevista que apoye las calificaciones obtenidas.

Se entiende por media alta las de la población general de nuestro país.

c) Contestar por escrito a dos temas extraídos al azar, del temario del Anexo I unido a las presentes bases, y la

resolución de un caso práctico cuyo contenido esté relacionado con el temario.

Octava. Méritos del concurso.

Los méritos que podrán alegar los aspirantes serán los

siguientes:

a) Tiempo de servicios prestados como Policía Local.

b) Tiempo de servicios prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

c) Tiempo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

d) Titulaciones.

e) Cursos de formación realizados, con los títulos y diplomas obtenidos.

f) Opcionales.

Novena. Clasificación de las fases de las pruebas de las distintas subfases de la oposición.

Las pruebas enumeradas en la base séptima serán eliminatorias y se calificarán apto o no apto.

Las pruebas de conocimientos, a que se hace mención con la letra c) de las bases antes citada, se calificarán cada

una de ella de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la

resolución práctica.

La calificación final será el resultado de la suma dividida por dos. Para su realización se dispondrá de tres horas.

Décima. Valoración de los méritos del concurso.

Previamente a la fase de oposición, serán valorados los méritos alegados por los aspirantes para la fase del concurso, en la siguiente forma:

Baremo para concurso de méritos.

A) Titulaciones académicas.

- Título de doctor o estudios universitarios de postgrado: 3 puntos.

- Licenciatura o Escuela Técnica Superior: 2 puntos.

- Título de grado medio o diplomado universitario o primer ciclo de licenciatura: 1 punto.

- Selectividad o curso de acceso a la Universidad: 0,5 puntos.

- BUP, Bachiller Superior o Formación Profesional 2.º grado:

0,25 puntos.

No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración, las

titulaciones exigibles para el puesto al que se aspira ni las necesarias para obtener la requerida; tampoco se tomarán en consideración más de una, ni las superiores en más de un grado a la exigible.

B) Antigüedad.

- Para cada año de servicio prestado en la categoría anterior a la que se aspira, de los Cuerpos de la Policía Local: 0,15 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año de servicios prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, en la categoría anterior equivalente:

0,10 puntos. Máximo 15 años.

- Por cada año de servicio prestado en otros Cuerpos de las distintas Administraciones Públicas: 0,05 puntos. Máximo 15 años.

C) Formación.

- Por cursos superados en Centros docentes policiales, se valorán cada 35 horas con 0,15 puntos.

- Las fracciones con 0,10 puntos.

- Por cursos de interés policial superados en instituciones y escuelas en función del número de horas de asistencia,

estableciéndose por cada 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

- Las fracciones se valorarán con 0,05 puntos.

- En los cursos que solamente se ha obtenido «asistencia¯, se valorarán, respectivamente, en la tercera parte.

- Ser profesor en los cursos anteriores, respectivamente, en quíntuplo de las valoraciones correspondientes.

- Ponencias y publicaciones, se valorarán por el Tribunal en función del valor específico e interés policial de las mismas hasta un máximo de 1 punto.

D) Otros méritos.

Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local de Andalucía.

- Categoría de oro: 3 puntos.

- Categoría de plata: 2 puntos.

- Felicitación pública individual acordada por Ayuntamiento en Pleno, cada una 0,25 puntos.

Máximo cuatro felicitaciones.

E) Opcionales.

- Conocimiento de otros idiomas distintos al español, a nivel de traducción o conversación, según apreciación del Tribunal, por examen directo de asesores: Hasta un máximo de 1 punto. La valoración total de los méritos no podrá sobrepasar los 4,5 puntos.

Decimoprimera. La puntuación final vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en la fase del concurso más los de la fase de la oposición, siempre que hubiese sido aprobada esta fase.

Decimosegunda. Quienes aprueben la fase de concurso oposición tendrán que superar con aprovechamiento el curso de

capacitación de Cabo de la Policía Local en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Realizado el curso, se

efectuará el nombramiento de funcionario con la categoría de Cabo de la Policía Local.

El aspirante, durante la realización del curso de capacitación, tendrá la consideración de funcionario en prácticas con los derechos y deberes inherentes (R.D. 456/86, de 10 de febrero).

La Escuela de Seguridad Pública de Andalucía enviará un informe al Ayuntamiento sobre la actitud del alumno; dicho informe será evaluado por el Tribunal, en la resolución definitiva de las pruebas de promoción.

Decimotercera. El Tribunal propondrá a la Alcaldía-Presidencia la relación de aprobados para que sea nombrado funcionario en prácticas y realización del Curso de capacitación.

Esta propuesta del Tribunal no podrá superar el número de plazas convocadas.

El funcionario en prácticas no podrá ser nombrado funcionario de carrera hasta mientras tanto no supere el curso de

capacitación, debiendo tomar posesión, en su caso, en el plazo reglamentario.

Decimocuarta. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas incidencias y dudas se produzcan en el desarrollo del concurso- oposición.

Decimoquinta. Además del contenido de las presentes Bases, se observará cuanto dispone en la Ley 1/89, de 8 de mayo; Decreto

196/92, de 24 de noviembre; Orden de 29 de enero del 93; R.D.

896/91, de 7 de junio; Ley 7/85, de 2 de abril; Ley 30/84, de 2 agosto, y R.D. 364/95, de 10 de marzo, y demás normas

aplicables sobre función publica.

ANEXO I

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

2. La Corona, Funciones constitucionales del Rey, Sucesión y Regencia. El refrendo de las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso y del Senado.

3. Tipología de los entes públicos. Las Administraciones Central, Autónoma, Local e Institucional.

4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Estructura y

disposiciones generales.

5. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6. El Parlamento de Andalucía. Presidente de la Junta de Andalucía y el Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

7. Relaciones de la Junta de Andalucía con la Administración Central y con otras Comunidades Autónomas. La relaciones del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

8. El Derecho Administrativo y su fuente. La Ley y el

Reglamento.

9. Los actos administrativos. Conceptos y clase. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos.

10. Los recursos administrativos, conceptos y clases, recursos de alzada, reposición, revisión y súplica.

11. Organización territorial del Estado. La Provincia y el Municipio.

12. La Administración Local: Autonomía de los Agentes Locales. Principio constitucionales de la Administración Local.

13. Organización y funcionamiento de la Administración Local. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Comisión de Gobierno. Organos complementarios.

14. Potestades de la Administración Local: Potestades

normativas, reglamentos, ordenanzas, bandos. Competencias de los Entes Locales; materias en las que pueden asumir

competencias. Servicios mínimos obligatorios. Competencias delegadas.

15. La Función Publica Local: Conceptos. Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Especial referencia a los Policías Locales. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios públicos locales.

16. La actividad de los Policías Locales. Funciones según la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ley 1/89, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

17. Ley de Seguridad Vial. El Reglamento de Circulación. Normas generales de circulación. Transportes de mercancías que requieren precauciones especiales.

18. La actividad de la Policía Local como policía

administrativa. La actividad de policía en materia de

protección civil municipal.

19. Delitos y faltas. Conceptos. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

20. De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos de la persona reconocidos por las Leyes. Delitos cometidos por particulares y por funcionarios públicos.

21. Delitos de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos. Delitos contra la autoridad y sus agentes.

22. Delitos contra las personas. Delitos contra la propiedad.

23. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.

24. Vida en sociedad. Personalidad y socialización. Estatus. Rol.

25. La ciudad. El suburbio. El fenómeno de urbanización. Población y grupo social.

26. La sociedad de masas. Características.

27. La Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

28. Ley 1/89, de Coordinación de Policías Locales. Desarrollo.

29. Etica Policial.

ANEXO II

Carrera de velocidad (60 metros). El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos ni clavos en las zapatillas.

Dos intentos.

Carrera de resistencia sobre 1.000 metros. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. No se admitirán clavos en las zapatillas.

Dos intentos.

Salto de longitud con los pies juntos. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de salto y a una distancia de 0,50 metros del borde anterior del mismo.

Cuando esté dispuesto, el aspirante flexionará y extenderá rígidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo proyectar el cuerpo hacia delante y caer en el foso.

Pueden realizar dos intentos, contabilizándose el mejor. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies,

estimándose nulo aquél en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión

definitiva.

Será nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.

Lanzamiento de balón medicinal. El aspirante se colocará con los pies separados y simétricos sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.

Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.

Dos intentos.

Invalidaciones:

- Levantar los pies del suelo en su totalidad.

- Que el balón no se caiga dentro de la zona de lanzamiento.

Natación (25 metros estilo libre). El aspirante podrá colocarse sobre la plataforma de salida, en el borde la piscina o en el interior de la pileta, tomando, en este caso, contacto con la pared de la piscina en el borde de la salida.

Dada la salida, los participantes en la posición adoptada, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión.

Dos intentos.

Pruebas y marcas. De las siguientes pruebas, todas se

establecen obligatorias, salvo la de natación, que será opcional.

El aspirante deberá superar cuatro pruebas para ser considerado apto.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES GENERALES POR LAS QUE HABRAN DE REGIRSE LAS CONVOCATORIAS DE LAS PLAZAS DE LABORALES FIJOS QUE FIGURAN EN LOS SIGUIENTES ANEXOS

Primera. Bases que han de regir para cubrir con carácter fijo los puestos de la plantilla personal laboral de este

Ayuntamiento que figuran en los Anexos de estas bases

generales.

Estos puestos de trabajo pertenecen a la categoría que se indica y están dotados de los haberes correspondientes al grupo que, igualmente, se especifica.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente.

Segunda. El número, características y modos de realización de los ejercicios se regirán por lo previsto en las presentes bases y sus Anexos correspondientes y en su defecto por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen Reglas Básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los FAL, Ley 30/84, de 2 de agosto, Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento general de Ingreso del Personal al Servicio de las Administración del Estado, y demás disposiciones que le sean de aplicación.

3.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Registro General de Entradas de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará una fotocopia del DNI y del título exigido en la base 1.3.a).3.

3.2. Las solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento de Los Barrios, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta

convocatoria en el BOE, después de la publicación integra en el BOP y en el BOJA.

Las solicitudes podrán presentarse, asimismo, en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.3. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso acompañarán a sus instancias los documentos

acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, conforme a la base 2.a), además de enumerarlos en la solicitud, los documentos habrán de ser originales o, caso de presentarse fotocopias, deberán ser compulsadas por el Secretario General de la Corporación, previa exhibición del original.

Los méritos o servicios a tener en cuenta estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de

instancias.3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado.

4. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde del Ilmo. Ayuntamiento de Los Barrios dictará

Resolución declarando aprobada la lista de admitidos, así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos, que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es de 10 días. En dicha Resolución se indicará el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio, así como la designación de los Tribunales y su composición.

5. Tribunales.

5.1. Los Tribunales calificadores, que tendrán la categoría que a cada plaza le corresponda de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/1988, de 4 de marzo, estarán integrados por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.

Vocales:

- El Dtor. o Jefe de Servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico o experto del Ilmo. Ayuntamiento de Los Barrios.

- Un funcionario nombrado a propuesta de la Junta de Personal.

- Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza.

- Un funcionario de carrera del Ilmo. Ayuntamiento nombrado por la Alcaldía.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se celebre el titular o bien el suplente.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Alcalde, cuando

concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de RJAPPAC, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, de RJAPPAC.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

5.7. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.8. Por Resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con la competencia de ejecución material y ordenación administrativa del ejercicio que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6. Desarrollo del ejercicio.

6.1. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

La fase de oposición se regirá, asimismo, por lo previsto en los anexos correspondientes.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Tercera. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

f) Estar en posesión del título exigido o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de terminación de instancias.

g) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los Anexos correspondientes.

SOLICITUDES

Cuarta. Las solicitudes para participar en los procedimientos de ingreso se formularán en instancia dirigida al Sr. Alcalde- Presidente y deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, desde las 9,00 hasta las 14,00 horas. De esta convocatoria se dará publicidad íntegra mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado, para la presentación de

instancias.

A las instancias habrá de acompañarse relación detallada de los méritos que los aspirantes aportan a la fase de concurso, así como los documentos originales o fotocopias compulsadas, acreditativos de los mismos.

Asimismo, a la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo de haber ingresado en la Caja Municipal los derechos de examen, cuya cuantía queda determinada en 1.000 pesetas. El importe de estos derechos de examen no podrá ser devuelto más que en el caso de no ser admitida la solicitud por carecer de alguno de los requisitos exigidos. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ADMISION DE CANDIDATOS

Quinta. Terminado el plazo de admisión de instancias, y en el término de un mes, la Alcaldía-Presidencia dictará Resolución aprobatoria de la lista provisional de admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los aspirantes, DNI y, en su caso, causa de no admisión.

En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, deberá constar,

igualmente, la composición del Tribunal Calificador,

concediéndose un plazo de quince días, a contar desde la citada publicación, para la presentación de reclamaciones, a efectos de subsanación de errores de los aspirantes excluidos, y de recusación.

Sexta. De acuerdo con lo establecido en la Ley 10/82, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de

condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía, que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar

documentalmente, a través del Organismo competente, su

condición de minusválido y poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento. La

compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá de acreditarse por el Servicio Médico. Se reservará para aquellas personas que acrediten su condición de minusválidos en un 2% del total de las plazas convocadas.

En ningún caso será necesaria la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.

TRIBUNALES

Séptima. El Tribunal estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, que disfrutará de voto de calidad.

Vocales:

1. Un miembro de la Corporación, designado por la Alcaldía.

2. Un trabajador de la plantilla del personal laboral de la Corporación, designado a propuesta del Comité de Empresa.

3. Dos funcionarios de la Corporación designado por la

Alcaldía.

Secretario: El Secretario General de la Corporación o

funcionario de la misma en quien delegue, con voz y sin voto.

La composición de los Tribunales será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la/s plaza/s convocada/s.

El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiere asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

ORDEN DE ACTUACION

Octava. Para establecer el orden en que habrán de actuar los opositores, se estará a lo que resulte del sorteo realizado al efecto por el Tribunal antes de dar comienzo las pruebas.

DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS

Novena. Antes de dar comienzo a la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos relacionados y acreditados por los aspirantes, adjuntados en su día a la instancia solicitando tomar parte en la Convocatoria.

Resuelta esta fase, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el resultado de la misma, detallándose la

puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes, de acuerdo con el Baremo establecido en los Anexos correspondientes.

En ningún caso, la puntuación obtenida en esta fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos dos meses, desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la Convocatoria en el BOE.

La fecha, lugar y hora del comienzo del primer ejercicio de la oposición se publicará, al menos, con quince días de antelación en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los restantes ejercicios serán anunciados exclusivamente en el tablón de anuncios de la Corporación, así como el lugar de celebración de las pruebas.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificado y apreciado libremente por el Tribunal.

SISTEMA DE CALIFICACION DE LA FASE DE OPOSICION

Décima. La calificación máxima de la fase de oposición será de

10 puntos en cada ejercicio.

Los aspirantes que en cada ejercicio no alcancen 5 puntos de su valor quedarán eliminados.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será la media

resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal presente entre el número de los mismos.

PUNTUACION Y PROPUESTA DE SELECCION

Undécima. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Corporación y en el lugar de celebración del último ejercicio, la puntuación de los aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios, sumada a la puntuación de la fase de concurso, así como la propuesta de nombramiento a favor de los aspirante/s que hubiera/n obtenido la/s máxima/s puntuación/es, sin que puedan rebasar éstos el número de plazas convocadas.

PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO

Duodécima. El aspirante o aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, en la forma indicada en la base undécima, los documentos

acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los anexos. El cumplimiento del requisito c) de la base tercera habrá de acreditarse a través del Servicio Médico competente.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguno, de los aspirantes propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos para ocupar la plaza, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición.

En este caso, la Presidencia de la Corporación resolverá el nombramiento, a favor del aspirante que, habiendo aprobado los ejercicios del concurso-oposición, figurara en el puesto inmediato inferior en el orden de calificación.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de quien dependa, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Una vez ratificada por la Presidencia de la Corporación, a propuesta del Tribunal Calificador, el correspondiente contrato en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al en que sea notificado la propuesta de contratación como laboral fijo.

Efectuada la contratación, el aspirante se someterá al período de prueba que para cada Categoría se estipula en el vigente Convenio Colectivo aplicable.

NORMA FINAL

Decimotercera. Las bases de esta convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y un extracto de la

convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que será, en todo caso, el que se tendrá en cuenta para el cómputo de plazo de los citados en esta convocatoria.

Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados directamente ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de la Provincia de Cádiz en el plazo de dos meses contados desde la fecha del día siguiente de la última publicación de las mismas.

Asimismo, podrá presentarse el recurso potestativo de

reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes.

ANEXO I

Denominación del puesto: Operario Servicios Múltiples.

Número de plazas: 2.

Grupo: 10.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

Fase de concurso: Con carácter previo a la fase de oposición, por el Tribunal se procederá a examinar la documentación presentada por los aspirantes, valorándose exclusivamente los méritos que éstos hayan aportado y acreditado, dentro del plazo de admisión de instancias a que se hace referencia en la base V, de acuerdo con el siguiente Baremo de Méritos que a

continuación se transcribe:

1. Méritos profesionales:

- Por cada año completo de servicios prestados en la

Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido a la que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,50 puntos.

- Por cada año completo de servicios prestados en otra

Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,25 puntos.

- Por cada año completo de servicios prestados en empresas privadas en puesto de igual o similar contenido al que se opta, que deberá ser suficientemente acreditado a través del contrato de trabajo visado por el Inem y certificación de cotizaciones de la Seguridad Social o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria: 0,25 puntos.

Máximo de puntos a otorgar en conceptos de méritos

profesionales: 7 puntos.

2. Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y Privadas, estas últimas homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a

desarrollar en la plaza convocada. Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 1 punto, aplicados de la siguiente forma:

1. Hasta 14 horas o dos días: 0,5 puntos.

2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

3. De 41 a 70 horas o de 8 a 10 días: 0,20 puntos.

4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

6. Más de 200 horas o 40 días: 0,60 puntos.

3. Titulación académica: Por poseer titulación académica distinta a la exigida y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria:

- Graduado Escolar: 1 punto.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas y

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Fase de oposición: La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos comunes para todos los aspirantes y de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba práctica correspondiente a las funciones propias de la plaza.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestación escrita a un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal sobre materias contenidas en el Programa Anexo.

PROGRAMA ANEXO

MATERIAS COMUNES

GRUPO I

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

2. El Ayuntamiento: El Alcalde, la Comisión de Gobierno, El Pleno.

MATERIAS ESPECIFICAS

GRUPO II

1. Herramientas y materiales comunes a diversos oficios.

2. Herramientas básicas de electricistas, carpinteros,

fontaneros, albañiles, jardineros, pintores y mecánicos.

3. Trabajo de limpieza y puesta a punto de herramientas y utensilios de uso normal.

4. Normas elementales de apilamiento y almacenaje de los materiales.

5. Medidas elementales de seguridad e higiene a observar en la carga, traslado y descarga de materiales y bultos.

6. Idea general de trabajo en zonas de difícil acceso y peligrosas. Medidas a adoptar y material adecuado para

efectuarlas.

7. La misión del operario en relación con los diversos oficios.

ANEXO II

Denominación del puesto: Oficial Albañil.

Número de plazas: 1.

Grupo: 08.

Titulación exigida: Graduado Escolar o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

Fase de concurso: Con carácter previo a la fase de oposición, por el Tribunal se procederá a examinar la documentación presentada por los aspirantes, valorándose exclusivamente los méritos que éstos hayan aportado y acreditado, dentro del plazo de admisión de instancias a que se hace referencia en la base V, de acuerdo con el siguiente Baremo de Méritos que a

continuación se transcribe:

1. Méritos Profesionales:

- Por cada año completo de servicios prestados en la

Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido a la que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,50 puntos.

- Por cada año completo de servicios prestados en otra

Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,25 puntos.

- Por cada año completo de servicios prestados en empresas privadas en puesto de igual o similar contenido al que se opta, que deberá ser suficientemente acreditado a través del contrato de trabajo visado por el Inem y certificación de cotizaciones de la Seguridad Social o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria: 0,25 puntos.

Máximo de puntos a otorgar en conceptos de méritos

profesionales: 7 puntos.

2. Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y Privadas, estas últimas homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada. Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 1 punto, aplicados de la siguiente forma:

1. Hasta 14 horas o dos días: 0,5 puntos.

2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

3. De 41 a 70 horas o de 8 a 10 días: 0,20 puntos.

4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

6. Más de 200 horas o 40 días: 0,60 puntos.

3. Titulación académica: Por poseer titulación académica distinta a la exigida y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria:

- Bachiller Superior o equivalente: 0,50 puntos.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas y

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Fase de oposición: La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos comunes para todos los aspirantes y de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba práctica correspondiente a las funciones propias de la plaza.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestación escrita a un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal sobre materias contenidas en el Programa Anexo.

PROGRAMA ANEXO

MATERIAS COMUNES

GRUPO I

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

2. El Ayuntamiento: El Alcalde, la Comisión de Gobierno, El Pleno.

MATERIAS ESPECIFICAS

GRUPO II

1. Cementos: Características y clases.

2. Morteros, yesos y cales. Clasificación y aplicaciones.

3. El hormigón en masa: Características y aplicaciones. El hormigón armado. Características y aplicaciones. El hormigón pretensado y postensado. Características y aplicaciones.

4. Ladrillos. Tipo y características. Fábrica de ladrillos, muros y arcos.

5. Cimentaciones: Tipos.

6. Escaleras: Trazados.

7. Forjados y Cubiertas. Concepto. Sistemas utilizados.

8. Encofrados. Generalidades. Clasificación. Materiales utilizados.

9. Croquización de trabajos.

10. Andamios. Generalidades y tipos. Prescripción de Seguridad en trabajos de altura.

11. El mantenimiento. Objetivos. El mantenimiento. Medios necesarios. El mantenimiento correctivo. El mantenimiento en edificios.

12. Gamas de trabajo de mantenimiento. Trabajo de mantenimiento en edificios.

13. Redes de saneamiento y alcantarillado. Elementos

principales.

14. Descripción de las herramientas y maquinaria de uso normal en los trabajos de albañilería. Trabajos de limpieza y puesta a punto de las herramientas. La seguridad e higiene en la construcción.

ANEXO III

Denominación del puesto: Oficial Electricista.

Número de plazas: 1.

Grupo: 08.

Titulación exigida: Graduado Escolar, FP1 o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Derechos de examen: 1.000 pesetas.

Fase de concurso: Con carácter previo a la fase de oposición, por el Tribunal se procederá a examinar la documentación presentada por los aspirantes, valorándose exclusivamente los méritos que éstos hayan aportado y acreditado, dentro del plazo de admisión de instancias a que se hace referencia en la base V, de acuerdo con el siguiente Baremo de Méritos que a

continuación se transcribe:

1. Méritos profesionales:

- Por cada año completo de servicios prestados en la

Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido a la que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 1,00 punto.

- Por cada año completo de servicios prestados en otra

Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,25 puntos.

- Por cada año completo de servicios prestados en empresas privadas en puesto de igual o similar contenido al que se opta, que deberá ser suficientemente acreditado a través del contrato de trabajo visado por el Inem y certificación de cotizaciones de la Seguridad Social o cualquier otro documento oficial de igual fuerza probatoria: 0,25 puntos.

Máximo de puntos a otorgar en conceptos de méritos

profesionales: 7 puntos.

2. Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y Privadas, estas últimas homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada. Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 1 punto, aplicados de la siguiente forma:

1. Hasta 14 horas o dos días: 0,5 puntos.

2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

3. De 41 a 70 horas o de 8 a 10 días: 0,20 puntos.

4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.

5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

6. Más de 200 horas o 40 días: 0,60 puntos.

3. Titulación académica.

Por poseer titulación académica distinta a la exigida y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la

convocatoria:

- Bachiller Superior o equivalente: 0,50 puntos.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas y

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Fase de oposición: La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos comunes para todos los aspirantes y de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba práctica correspondiente a las funciones propias de la plaza.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestación escrita a un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal sobre materias contenidas en el Programa Anexo.

PROGRAMA ANEXO

MATERIAS COMUNES

GRUPO I

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

2. El Ayuntamiento: El Alcalde, la Comisión de Gobierno, El Pleno.

MATERIAS ESPECIFICAS

GRUPO II

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Los Barrios, 31 de diciembre de 1999.- El Alcalde, Alonso Rojas Ocaña. 6.3. Si en el transcurso del procedimiento llegara a

conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades, deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que

procedieran.

7. Calificación del ejercicio.

7.1. Las pruebas sobre la fase de oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 5 puntos. La puntuación de dicha fase se obtendrá mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios de la misma, siempre y cuando se haya obtenido como mínimo la puntuación de 5 puntos en cada uno.

7.2. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, siempre que se hubiese aprobado la fase de

oposición.

7.3. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

8. Lista de aprobados, presentación de documentación y

nombramiento de funcionarios.

8.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios la relación de los candidatos que hubieran superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenido. Dicho anuncio será elevado al Ilmo. Sr. Alcalde con propuesta de nombramiento de funcionario.

8.2. Los opositores que no se hallen incluidos en dicha relación tendrán la consideración de no aptos, manteniéndose su situación de laboral indefinido.

8.3. Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales, desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados para presentar en la Sección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos y condiciones exigidas en la base 1.3 de la convocatoria, excepto en lo recogido en el apartado a.4, que será acreditado de oficio por la Sección de Personal.

8.4. Dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, quienes no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 1.3, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.5. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Ilmo. Sr. Alcalde nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados.

El plazo para tomar posesión será de 30 días, a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

9. Norma final.

Las bases de esta convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que será, en todo caso, el que se tendrá en cuenta para el cómputo de plazo de los citados en esta convocatoria.

Las bases de esta convocatoria podrán ser impugnadas por los interesados directamente ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de la provincia de Cádiz, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha del día siguiente de la última publicación de las mismas.

Asimismo, podrá presentarse el recurso potestativo de

reposición ante el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes.

ANEXO I

Plaza: Encargado General de Obras.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: Encargado General de Obras.

Grupo: D.

Nivel complemento destino: 18.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de

1. Grado o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

A) Materias comunes.

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características.

2. El Municipio y la provincia. Organización y competencias municipales y provinciales.

3. El personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización.

4. El personal laboral. Derechos y deberes.

5. Normas de prevención y riesgos laborales.

B) Materias específicas.

6. Protecciones personales en obras y construcciones.

7. Seguridad y mantenimiento de equipos y maquinaria.

8. Cuadros generales de alumbrado público: Elementos y

definiciones.

9. Instalaciones del alumbrado público.

10. Conocimiento general de las principales obras y edificios municipales.

11. Conocimiento de los perfiles empleados en la construcción.

12. Reconocimiento de planos.

13. Replanteo de estructuras de forjados.

14. Red de abastecimiento. Concepto.

15. Desagües.

16. Riegos.

17. Maquinaria empleada en construcción. Tipos.

18. Maquinaria empleada en construcción: Sistemas de

protección.

19. Maquinaria empleada en construcción: Mantenimiento.

20. Organización del trabajo. Cuadrillas.

ANEXO II

Plaza: Asistente Social.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Técnico Medio.

Denominación: Asistente Social.

Grupo: B.

Nivel complemento destino: 20.

Titulación exigida: Asistente Social.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

A) Materias comunes.

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

4. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos de la Administración.

5. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.

6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

7. Organización y competencias municipales/provinciales.

8. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

9. Convenio Colectivo del Personal del Ilmo. Ayuntamiento de Los Barrios. Personal laboral. Derechos y deberes. Seguridad Social.

10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.

Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

11. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

12. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto Local.

B) Materias específicas.

1. Antecedentes e historia del Trabajo Social.

2. Concepto y principios del Trabajo Social.

3. Objeto, sujeto y objetivos del Trabajo Social.

4. Modelos de la práctica del Trabajo Social.

5. Metodología del Trabajo Social.

6. El diagnóstico y tratamiento social.

7. La supervisión en Trabajo Social.

8. Técnicas aplicadas de Trabajo Social.

9. La entrevista en Trabajo Social.

10. Instrumentos básicos en Trabajo Social.

11. Trabajo Social con familia.

12. Trabajo Social con menores.

13. Trabajo Social con tercera edad.

14. Trabajo Social con deficientes físicos, psíquicos y sensoriales.

15. Trabajo Social con toxicómanos.

16. Trabajo Social con minorías étnicas.

17. Trabajo Social con transeúntes.

18. Trabajo Social con mujeres.

19. Concepto y tipología de necesidades y recursos. Relación entre ambos.

20. La marginación social. Concepto y elementos condicionantes.

21. Los Servicios Sociales. Fundamentación. Concepto.

Principios. Objetivos y modalidades. Su evolución histórica en España y Andalucía.

22. Los Servicios Sociales Comunitarios. Concepto. Objetivos. Areas de actuación. Ubicación física y Programas.

23. Servicio de Información, orientación, valoración y

asesoramiento. Funciones del Trabajador Social.

24. Servicio de Ayuda a Domicilio. Funciones del Trabajador Social.

25. Servicio de Cooperación Social. Funciones del Trabajador Social.

26. Servicio de Convivencia y Reinserción Social. Funciones del Trabajador Social.

27. Los Centros de Servicios Sociales.

28. Los Servicios Sociales Especializados. Concepto. Objetivos. Sectores a atender. La importancia del equipo interdisciplinar.

29. Equipamiento para los Servicios Sociales Especializados.

30. Coordinación entre Servicios Sociales Comunitarios y Servicios Sociales Especializados. El equipo interdisciplinar en los Servicios Sociales.

31. Competencias de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales. Autonómica, Provincial y Municipal y su coordinación.

32. La Financiación Pública del Sistema Público de

Servicios Sociales.

33. La participación de la Iniciativa Social en Servicios Sociales.

34. El Voluntariado Social y Servicios Sociales.

35. La Fundación Municipal de Servicios Sociales. Organos, competencias y funcionamiento.

36. Organización, gestión, financiación y programación de los Servicios Sociales en Los Barrios.

37. Modelos de Servicios Sociales.

38. Bienestar Social. Origenes, concepto y evolución.

39. Carta Social Europea. Política Social en la CEE. Programas de lucha contra la pobreza.

40. Los Servicios Sociales en la Constitución española, Estatuto de Autonomía de Andalucía y Ley de Bases de Régimen Local.

41. Ley Autónoma de Servicios Sociales de Andalucía.

42. El Instituto Andaluz de Servicios Sociales. Organización y competencias.

43. Plan concertado de Servicios Sociales.

44. Pensiones no contributivas.

45. El Salario Social.

46. El Trabajo Social en barriadas de actuación preferente.

47. La protección del menor según la legislación vigente.

48. Inmigrantes y emigrantes retornados. Refugiados y asilados. Areas de actuación desde los Servicios Sociales.

ANEXO III

Plaza: Conserje.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: Conserje.

Grupo: E.

Nivel complemento destino: 11.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características.

2. El Municipio y la provincia. Organización y competencias municipales y provinciales.

3. El personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización.

4. El personal laboral. Derechos y deberes.

5. Normas de prevención y riesgos laborales.

6. Desagües.

7. Riegos.

8. Protecciones colectivas.

9. Herramientas de mano.

10. Enfoscado de paredes.

11. Herrajes y su colocación.

12. Utiles para golpear y extraer. Herramientas para agujerear, raspar, alisar, pulir y apretar.

13. Unidades eléctricas generales. Tensión, intensidad y potencia. Aparatos que las miden.

14. Aparatos de medida. Galvanómetros, amperímetros y

voltímetros, etc.

15. Electrificación interior.

16. Protección de contactos. Sistemas de protección.

17. Las plantas de hoja.

18. Las plantas de flor.

19. El césped.

20. La poda de árboles ornamentales. Epoca de poda.

Precauciones.

ANEXO IV

Plaza: Oficial 1.ª

Número de plazas convocadas: 4.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: 1 Oficial Carpintería, 1 Oficial Pintor-

Rotulista, 1 Oficial Jardinero, 1 Oficial Conductor.

Grupo: D.

Nivel complemento destino: 14.

Titulación exigida: Graduado Escolar, Formación Profesional de

1. grado o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

A) Materias comunes.

1. La Constitución española de 1978. Principios generales. Características.

2. El Municipio y la Provincia. Organización y competencias municipales y provinciales.

3. El personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local y su organización.

4. El personal laboral. Derechos y deberes.

5. Normas de prevención y riesgos laborales.

B) Materias específicas:

B.1. Para la plaza de Oficial 1.ª Carpintería.

6. La madera. Estructura de la madera. Propiedades físicas, mecánicas y especiales de la madera.

7. Apeo y troceado de los árboles: Apeo, denominaciones de la madera, troceado de la madera, sistemas para dividir un tronco en tablas.

8. Desecado de la madera, natural y artificial.

9. Herramientas e instrumentos auxiliares: Herramientas e instrumentos para sostener, para aserrar, con hoja de corte guiada, de corte libre, para medir, trazar y comprobar.

10. Utiles para golpear y extraer. Herramientas para agujerear, raspar, alisar, pulir y apretar.

11. Colas: Generalidades. Clasificación, colas naturales y resinas sintéticas.

12. Acoplamientos y tableros reforzados, ensambles y empalmes: Generalidades, tipos, etc.

13. Arcos y molduras: Clases de arcos, clases de molduras, ensambles de arcos y molduras.

14. Herrajes y su colocación.

15. Chapeado, contrachapeados, marquetería, conglomerados de madera y materiales plásticos, definición, clases y modo de trabajo.

16. Conservación y preservación de la madera: Desecación, desaviado, impregnaciones, carbonización, pintura antiséptica, preservación contra la pudrición blanca, enmohecimiento, carcoma y fuego.

17. Resistencia de la madera: Resistencia a la compresión, tracción, flexión, cizallamiento y torsión.

18. Acabado de la madera: Pulido, pinturas, tintes, ceras, barnices. Definición, clases y normas para su empleo.

19. Maquinarias: Generalidades, elementos que la componen, motores y transmisiones, correas, engrases y limpieza. Normas para evitar accidentes. Disposición de un taller para

carpintería mecánica.

20. Máquinas para elaboración de madera: Enumerar y explicar sus funciones.

B.2. Para la plaza de Oficial 1.ª Pintor.

6. Técnicas de pintura.

7. Preparación de superficies.

8. Plastecidos y tendidos.

9. Tipos de superficies y técnicas de acabado.

10. Utiles y herramientas.

11. Utiles para la aplicación de la pintura.

12. Utiles para la preparación de superficies.

13. Utiles auxiliares y complementarios.

14. Materiales.

15. Teoría del color.

16. Pigmentos y colorantes.

17. Colores fundamentales.

18. Tintes y matices.

19. Componentes básicos de una pintura.

20. Agentes químicos, protección y contaminación.

B.3. Para la plaza de Oficial 1.ª Jardinero.

6. Los rosales y geranios. Características y variedades.

7. Las plantas de hoja.

8. Las plantas de flor.

9. Las plantas trepadoras.

10. Las plantas de interior.

11. Los cactus.

12. Las plantas grasas.

13. El césped. Su cultivo y mantenimiento.

14. Los hongos. Características y propagación.

15. Parasitismo animal en las plantas ornamentales.

16. Parasitismo vegetal en las plantas ornamentales.

17. La poda de los árboles ornamentales. Epoca de poda.

18. La poda de formación. La poda de mantenimiento. Las podas excepcionales.

19. Protección de las plantas contra plagas y enfermedades.

20. Enfermedades de las plantas. Sus síntomas y causas.

B.4. Para la plaza de Oficial 1.ª Conductor.

6. El motor de cuatro tiempos. Elementos principales que lo componen. Diferencias entre motores de gasoil y gasolina.

7. El motor de dos tiempos. Elementos principales que lo componen.

8. La culata. Elementos que la componen. Relación de la culata con otros elementos del motor.

9. Bloque. Elementos que lo componen.

10. El cárter. Elementos que lo componen.

11. La bomba de agua. Sus elementos. La puesta en marcha. Sus elementos. El distribuidor. Sus elementos.

12. La bomba de gasoil. Elementos que la componen. La bomba de gasolina. Elementos que la componen. Diferencias entre ambas.

13. El embrague. Elementos que componen el conjunto. Tipos de embrague.

14. Caja de cambio y sus elementos. Diferencial. Elementos que lo componen.

15. Distintos sistemas de freno. Elementos que lo componen.

16. Señales informativas vigentes en el Código de la

Circulación.

17. Señales prohibitivas vigentes en el Código de la

Circulación.

18. Señales recomendatorias vigentes en el Código de la Circulación.

19. Seguridad vial. Especial referencia a la seguridad en el transporte de personas en vehículos especiales.

ANEXO V

Plaza: Psicólogo.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Técnico Superior.

Denominación: Psicólogo.

Grupo: A.

Nivel complemento destino: 24.

Titulación exigida: Licenciado en Psicología.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

1. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y

conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española.

2. Organización territorial del Estado: Esquema general. Principios constitucionales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.

3. Distribución de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía. Especial referencia a las competencias en materia de régimen Local.

4. Los Entes Locales: El Municipio. Historia. Clases de Entes Municipales en el Derecho español. El término municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento

municipal.

5. Autonomía municipal: Reconocimiento constitucional.

Competencias.

6. Potestad normativa: Ordenanzas y Reglamentos de las

Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

7. Organos Municipales: Concepto. Clases. Competencias.

8. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Clases de sesiones. Normas comunes a todas ellas. Adopción de acuerdos. Fe pública.

9. Actos administrativos locales: Concepto de acto

administrativo en general. Elementos. Procedimiento

administrativo local. Principios. Fases. Revisión de los actos administrativos. Concepto y clases. Recursos jurisdiccionales.

10. Formas de actividad municipal: Conceptos generales. La intervención administrativa en la actividad privada. Modos de prestación y gestión de los servicios públicos.

11. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases.

12. Derechos y deberes del personal al servicio de las

Entidades Locales.

Grupo II. Temas específicos.

13. Evolución de la Beneficencia Pública hacia un sistema público estructurado de Servicios Sociales.

14. Ley de Servicios Sociales en Andalucía.

15. El Plan Concertado para las prestaciones básicas de

Servicios Sociales en las Corporaciones Locales.

16. Marco general de desarrollo de los Servicios Sociales Comunitarios. Definición de conceptos fundamentales.

Prestaciones básicas del Sistema Público de Servicios Sociales.

17. Los Servicios Sociales Comunitarios. Definición y

objetivos. Relación entre los Servicios Sociales Comunitarios y los Servicios Sociales Especializados.

18. El Psicólogo en los Servicios Sociales. Definición de un rol. Intervención del psicólogo en el trabajo de la comunidad.

19. Política social y Estado del bienestar. Indicadores psicosociales de calidad de vida. Los Servicios Sociales y la calidad de vida.

20. Control de calidad en los Servicios Sociales. Aspectos teóricos del control de calidad. Metodología del control de calidad aplicada a los Servicios Sociales.

21. Modelo de competencia social y Servicios Sociales frente al modelo asistencialista.

22. Modelo Ecológico en el Trabajo Social. El Trabajo Social visto desde una perspectiva ecológica.

23. Psicología comunitaria y salud comunitaria. Origen y desarrollo. Componentes de la psicología comunitaria aplicada al ámbito de la salud.

24. Movimientos sociales. Análisis de la situación actual. Condiciones para la participación.

25. Los Consejos Municipales de bienestar social. Consejos de participación dentro del marco de los servicios sociales municipales.

26. Interdisciplinariedad y los servicios sociales. Definición. Dificultades que presenta. Aportaciones de la Psicología.27. El trabajo en equipo en los servicios sociales. Requisitos del trabajo en equipo. Trabajo en equipo en un Centro Municipal de Servicios Sociales.

28. La coordinación en Servicios Sociales. Definición y modelos de coordinación.

29. Planificación y programación en el Trabajo Social.

Diagnóstico. Formulación. Evaluación y control de un

proyecto.30. Necesidades y nuevas tendencias organizativas en los servicios sociales comunitarios.

31. Estrategias y métodos de participación social. Estrategias de captación y motivación, métodos de formación y organización.

32. Servicios de ayuda a domicilio. Funciones del Psicólogo en el servicio de ayuda a domicilio.

33. Voluntariado. Definición del voluntariado. Campos de intervención. Fomento y promoción. El voluntariado y los

Servicios Sociales comunitarios.

34. Evaluación de programa de intervención social. Modelos de evaluación. Proceso de medición. Instrumento de evaluación.

35. Transeúnte, problemática de minoría marginal y

desarraigada. Actuaciones de carácter preventivo. Actuaciones tendentes a la rehabilitación y reinserción social.

36. Tercera edad. Evaluación de aspectos biológicos-

psicológicos-social. Animación comunitaria de las personas mayores. Animación psico-social, cultural, socio-educativa y socio-terapéutica.

37. El Psicólogo en los servicios sociales de atención a la familia. Modelos de intervención. La familia como sistema.

38. Apoyo social y estrés psicosocial. Implicaciones en los servicios sociales. Perspectivas de estudio en el área del apoyo social. Grupos de apoyo.

39. El maltrato infantil. Tipos de maltrato. Los servicios sociales comunitarios ante el maltrato infantil.

40. Medidas de protección a la infancia. Niveles de

intervención para la atención a los menores. Intervención de los servicios sociales comunitarios.

41. La entrevista como técnica de evaluación psicológica. Tipos de entrevistas. Aspectos prácticos. La observación. Aspectos metodológicos. La observación en la evaluación.

42. Procesos de socialización. Mecanismos de socialización. Los agentes de socialización. Proceso de socialización y proceso de educación.

43. Peritaje psicológico en los procesos judiciales.

44. Victimología. Prevención del proceso de victimización psicológico en víctima del delito.

45. Psicología del desarrollo. Desarrollo evolutivo en la infancia y la adolescencia.

46. Programa de prevención en el consumo de drogas en los adolescentes. Perspectiva interconductual.

47. Modelo sistémico. Aplicación del modelo sistémico a la intervención terapéutica.

48. Psicología de la intervención social. Los diferentes campos de la intervención psicosocial. Aportaciones del psicólogo.

49. Inmigrantes y emigrantes retornados. Problemática. Area de intervención desde los servicios sociales.

50. Minorías étnicas. Problemática. Area de actuación desde los servicios sociales.

51. La intervención social contra el absentismo, la

desvalorización, y el abandono escolar desde los servicios sociales comunitarios.

52. Detección. Notificación. Investigación. Evaluación. Del maltrato infantil.

53. Problemática de la juventud en la sociedad actual. Valores sociales dominantes. Aportaciones de la psicología desde los servicios sociales.

54. Entrenamientos en habilidades sociales. Definición. Técnicas de evaluación. Entrenamiento en grupo. Aplicaciones.

55. Aprendizaje estructurado. Origen y evolución. Presupuestos teóricos y aplicaciones prácticas.

56. El diagnóstico psicosocial: Proceso, criterios y

dificultades.

57. Procesos psicológicos relacionados con el consumo de drogas. Abordaje psicológico del drogodependiente.

58. Problemas relacionados con el consumo de alcohol. Análisis transcultural. Aspectos sociales. La prevención.

59. Programa de atención individual en los servicios sociales comunitarios. Objetivos, funciones, intervención, evaluación y seguimiento.

60. Conducta social en grupo. El liderazgo. Definición y características. Comportamiento integral.

61. Dinámica de los grupos. Clases de grupos. Fenómenos grupales. Grupo como instrumento de cambio.

62. La animación cultural en los servicios sociales.

Conceptualización. Formas de intervención.

63. El proceso de reinserción social desde los Centros de Servicios Sociales. Intervención del psicólogo en los procesos de reinserción social.

64. El minusválido en la sociedad actual. Tipos de minusvalías. Marginación social del minusválido. Política según el modelo de integración social.

65. Problemática actual de la mujer. Areas de actuación en el sector de la mujer desde los Servicios Sociales.

66. Problemática social que genera el paro. Los valores sociales dominantes. Respuesta social e institucional al problema del paro.

67. Problemática de la juventud en la sociedad actual. Factores psicosociales de la juventud en riesgo. Intervención desde los servicios Sociales comunitarios.

68. Aspectos psicosociales en el VIH-SIDA. El apoyo

psicológico.

69. Protección a la familia. Legislación. Espacios

competenciales. Marco legal de actuación.

70. Comunidad. Definición del concepto. Componentes básicos del concepto de comunidad. Comunidad como campo ecológico.

71. Modelos actuales en la Psicología anormal. Métodos de investigación en el estudio de la conducta anormal.

72. Terapia de grupo. Grupo de terapia del comportamiento. Psicología de la comunidad. Prevención de la psicología de la comunidad.

73. Retraso mental en la infancia, la niñez, la adolescencia. Características diagnósticas. Diferentes grados de intensidad y categorías pedagógicas.

74. Programas y estrategias preventivas con niños y familias. Pequeños grupos. Organizaciones y comunidad.

75. Problemas de aprendizajes. Hiperactividad y trastorno por déficit de atención.

76. Antropología y trabajo social. La antropología aplicada en el ámbito de los servicios sociales.

77. Programa de prevención de la violencia familiar. La intervención psicológica.

78. Atención infantil temprana. Integración escolar y socio- laboral de la persona minusválido.

79. Reinserción social o resocialización de la población penitenciaria.

80. Prevención comunitaria de la inadaptación social infantil y juvenil. Prevención y detección de problemas socio-familiares.

81. Programa comunitario en sexualidad, anticoncepción juvenil.

82. Psicología comunitaria. Marco sociopolítico. Estructuras y funciones.

83. Cooperación social. Organizaciones no gubernamentales.

84. Desarrollo psicosocial y educación sexual. Identidad sexual y rol de géneros. Psicopatología de la educación sexual.

85. Habilidades de autocontrol. Intervención en los niveles de la respuesta humana. Intervención sobre las alteraciones emocionales.

86. Habilidades de comunicación. La comunicación verbal y no verbal. Factores facilitadores y factores que dificultan la comunicación.

87. Habilidades de motivación para el cambio. Instrumentos de intervención individual. Instrumentos de intervención grupal. Técnicas de refuerzo. Tipos de reforzadores.

88. Sexualidad y retraso mental. Actitudes prácticas y

políticas en las instituciones y la comunidad.

89. El papel de las asociaciones y las fundaciones como respuesta a las necesidades sociales.

90. Proyecto de educación familiar. Hacia una educación socioeducativa con las familias.

ANEXO VI

Plaza: Diplomado en Empresariales.

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Técnico Medio.

Denominación: Diplomado en Empresariales.

Grupo: B.

Nivel complemento destino: 22.

Titulación exigida: Diplomado en Empresariales.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Conforme a las bases generales.

Todo ello atendiendo al siguiente:

P R O G R A M A

1. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y

conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española.

2. Organización territorial del Estado: Esquema general. Principios constitucionales. La Administración Local. Las Comunidades Autónomas.

3. Distribución de competencias entre el Estado y las

Comunidades Autónomas en la Constitución española y en los Estatutos de Autonomía. El ámbito competencial de la Junta de Andalucía. Especial referencia a las competencias en materia de Régimen Local.

4. Los Entes Locales: El Municipio. Historia. Clases de Entes Municipales en el Derecho español. El término municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento

municipal.

5. Autonomía municipal: Reconocimiento constitucional.

Competencias.

6. Potestad normativa: Ordenanzas y Reglamentos de las

Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

7. Organos Municipales: Concepto. Clases. Competencias.

8. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Clases de sesiones. Normas comunes a todas ellas. Adopción de acuerdos. Fe pública.

9. Actos administrativos locales: Concepto de acto

administrativo en general. Elementos. Procedimiento

administrativo local. Principios. Fases. Revisión de los actos administrativos. Concepto y clases. Recursos jurisdiccionales.

10. Formas de actividad municipal: Conceptos generales. La intervención administrativa en la actividad privada. Modos de prestación y gestión de los servicios públicos.

11. El personal al servicio de la Entidad Local. Sus clases.

12. Derechos y deberes del personal al servicio de las

Entidades Locales.

Grupo II. Temas específicos.

13. Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Compra-venta mercantil. El contrato de comisión.

14. Normativa aplicable a la contratación de las Corporaciones Locales. Disposiciones básicas y autonomías.

15. Incidencias de las Directivas comunitarias en materia de contratación pública. Su reflejo en la legislación estatal.

16. Aspectos contractuales de la legislación urbanística.

17. El contrato de obras en el Régimen Local. Actuaciones administrativas preparatorias previas a la adjudicación.

18. Formas de adjudicación del contrato de obras. Actuaciones administrativas y órganos facultados.

19. Formalización del contrato de obras. Efectos.

20. Extinción del contrato de obras. Responsabilidades.

21. Los convenios de colaboración con los particulares. Los convenios urbanísticos.

22. El contrato de suministro en el Régimen Local.

23. Organización de un sistema de compras. Las Juntas de Compras.

24. Los Servicios Públicos Locales. Formas de gestión.

25. La concesión de servicios locales. Aspectos generales.

26. Objeto de la concesión. Iniciativa publica y concesión. Problemática actual de algunos servicios municipales.

27. La concesión de servicios y figuras afines.

28. La contratación de los servicios por sociedades privadas municipales.

29. La contratación de los servicios por sociedades mercantiles de capital mixto.

30. Procedimiento de la concesión de servicios públicos.

31. La contratación de servicios personales por las

Corporaciones Locales.

32. El contrato de asistencia técnica con empresas consultoras.

33. Contratación e informática.

34. Contratos civiles y administrativos en las Corporaciones Locales.

35. El patrimonio de las Corporaciones Locales. Concepto y clasificación.

36. Adquisición de bienes.

37. El inventario y el registro de bienes muebles.

38. Disfrute y aprovechamiento de los bienes municipales. Utilización de los bienes de dominio público.

39. Utilización de los bienes patrimoniales.

40. Utilización y disfrute de los bienes comunales.

41. Enajenación de bienes. Baja del inventario.

42. Las Haciendas Locales. Principios constitucionales.

43. Los recursos de las Haciendas Locales. Recursos propios. Participaciones e ingresos. Otros recursos.

44. La potestad tributaria de las Corporaciones Locales. La imposición y la ordenación de tributos. Las ordenanzas.

45. Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones especiales. Los impuestos locales.

46. La participación en impuestos del Estado. Las subvenciones.

47. Los presupuestos de las Corporaciones Locales. Principios del presupuesto local.

48. La tesorería, carácter y funciones. El manejo y custodia de fondos y valores. La disposición de fondos. La gestión

recaudatoria.

49. La contabilidad como ciencia. El concepto de patrimonio y equilibrios patrimoniales. La cuenta, concepto y clases. El Plan General de Contabilidad.

50. Contabilidad financiera. El balance de situación. El resultado del ejercicio. Periodificaciones. Amortizaciones y provisiones.

51. Contabilidad de costos. Métodos.

52. La contabilidad del sector público. Principios básicos. Contabilidad pública y contabilidad normal. El Plan General de Contabilidad Pública.

53. El Plan Nacional de Contabilidad Pública del Subsector local. La instrucción de contabilidad para la Administración Local, ámbito de aplicación, competencias y fines. Principios del Plan de Contabilidad.

54. Documentos contables. Libros de contabilidad. La

contabilidad principal y la contabilidad auxiliar.

55. Contabilidad del presupuesto de gastos. Gastos

plurianuales.

56. Contabilidad del presupuesto de ingresos. Compromisos para ejercicios futuros. Operaciones de regulación.

57. Contabilidad del inmovilizado. Contabilidad de operaciones de crédito. Contabilidad de operaciones no presupuestarias de tesorería.

58. Contabilidad de las operaciones comerciales. Normas generales.

59. La Cuenta General de las Corporaciones Locales.

60. Gestión de almacén. Modelos de gestión.

ANEXO VII

Plaza: Operario Servicios Múltiples.

Número de plazas convocadas: 4.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: Operario Servicios Múltiples.

Grupo: E.

Nivel complemento destino: 11.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dos

ejercicios.

A) Realización de operaciones matemáticas simples de suma, resta o multiplicación. O contestación de preguntas

relacionadas con las funciones o cometidos del puesto. El aspirante podrá optar por una u otra modalidad de ejercicio. Este ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos para superarlo.

B) Práctico o manual. Relativo a las funciones propias del puesto. Este ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos. Siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos, para superarlo.

Los ejercicios de la fase oposición serán eliminatorios.

ANEXO VIII

Plaza: Operario de Limpieza.

Número de plazas convocadas: 2.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Denominación: Operario de Limpieza.

Grupo: E.

Nivel complemento destino: 11.

Titulación exigida: Certificado de Escolaridad o equivalente.

Sistema de selección: Concurso-oposición.

Fase de concurso: Conforme a las bases generales.

Fase de oposición: Consistirá en la realización de dos

ejercicios.

A) Realización de operaciones matemáticas simples de suma, resta o multiplicación. O contestación de preguntas

relacionadas con las funciones o cometidos del puesto. El aspirante podrá optar por una u otra modalidad de ejercicio. Este ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 2,5 puntos para superarlo.

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