Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 43 de 11/4/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud

ORDEN de 15 de marzo de 2000, por la que se modifica la composición de la Comisión Asesora de Salud Pública constituida por la Orden que se cita.

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Por Orden de 29 de junio de 1999 (BOJA núm., de 13 de julio de 1999) se creó en la Consejería de Salud la Comisión Asesora de Salud Pública, con funciones de asesoramiento a la Consejería en todas aquellas materias de su competencia y, en especial, en materia de prevención y promoción de la salud sobre vigilancia epidemiológica, salubridad del medio e higiene alimentaria, programas de salud y prevención y educación para la salud.

El artículo 3 de la Orden regula la composición de la citada Comisión diseñando una composición paritaria entre, por un lado, responsables de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud en las materias objeto de asesoramiento y, por otro, profesionales de reconocido prestigio en dichas materias.

Habida cuenta de la conveniencia de contar con asesoramiento en materia de salud ambiental, en cuanto actividad fundamental para la salud pública, se hace necesario incluir entre los miembros de la Comisión Asesora de Salud Pública al responsable del sector de salud ambiental de la Consejería de Salud e incrementar en uno el número de profesionales de reconocido prestigio que la integran para mantener su composición paritaria.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública y Participación,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del artículo 3.1 de la Orden de 29 de junio de 1999.

Se modifica el apartado primero del artículo 3 de la Orden de

29 de junio de 1999 por la que se crea la Comisión Asesora de Salud Pública de Andalucía, que pasa a tener la siguiente redacción:

«1. La Comisión Asesora de Salud Pública estará compuesta por los siguientes miembros:

a) El titular de la Dirección General de Salud Pública y Participación, que será su Presidente.

b) El Jefe de Servicio de Vigilancia Epidemiológica y Evaluación de la Dirección General de Salud Pública y Participación, que será su Vicepresidente.

c) El Jefe de Servicio de Programas de Salud Pública de la Dirección General de Salud Pública y Participación, que actuará como Secretario.

d) El Jefe de Servicio de Higiene Alimentaria y Gestión de Laboratorios de la Dirección General de Salud Pública y Participación.

e) El Jefe de Servicio de Educación Sanitaria de la Dirección General de Salud Pública y Participación.

f) El Jefe del Sector de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Pública y Participación.

g) Un representante del Servicio Andaluz de Salud, con categoría de Jefe de Servicio, designado por la Dirección Gerencia de dicho organismo.

h) Siete profesionales de reconocido prestigio en salud pública, epidemiología, medicina preventiva o programas de salud, designados por la Dirección General de Salud Pública y Participación.¯

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de marzo de 2000

JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO

Consejero de Salud

en funciones

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