Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 18/4/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 15 de marzo de 2000, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Informática, según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre. (Funcionarización).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con la Sentencia del Tribunal Constitucional número 99/1987, de 11 de junio; la Ley

23/1988, de 29 de diciembre, introduce determinadas modificaciones en el texto de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionando, entre otros preceptos, la Disposición Transitoria Decimoquinta, que establece las líneas generales de la funcionarización. En orden a su materialización, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha venido dictando la correspondiente normativa de adaptación, entendiéndose finalizado el proceso con la Orden de 22 de enero de 1996, por la que se adecua la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a los Servicios Centrales de la Consejería de Medio Ambiente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de marzo de 1996, por el que se aprueba el Acuerdo sobre condiciones de trabajo en la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 1999, por el que se aprueba el Acuerdo entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales UGT, CC.OO. y CSI-CSIF sobre empleo público, esta Consejería de Gobernación y Justicia, en uso de las facultades que le atribuyen la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre; la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; el Decreto 255/1987, de 28 de octubre; y el Decreto 315/1996, de 2 de julio, modificado por el Decreto 84/1997, de 13 de marzo, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Informática (B.2012), con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, opción Informática (B.2012), correspondientes a puestos de trabajo cuya adscripción haya sido modificada de laboral a funcionario.

El personal laboral que supere las pruebas selectivas de acceso quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto haya sido reconvertido.

Quienes no participen o no superen las pruebas selectivas permanecerán como personal laboral en su puesto de trabajo, sin menoscabo de sus expectativas de promoción profesional, y sin perjuicio de que, en caso de cesar en su desempeño, sea ocupado por personal funcionario. Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser acumuladas a otros turnos de acceso.

1.2. A las pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre; la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre; la normativa de general aplicación y las bases de la presente convocatoria.

1.3. El sistema selectivo de los aspirantes será el concurso-oposición.

1.4. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base 3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y

medios para su realización.

1.5. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para

garantizar que los ejercicios sean corregidos y

valorados sin que se conozca la identidad de los

aspirantes, quedando automáticamente anulados todos

aquellos impresos de examen en los cuales consten marcas o signos de los aspirantes.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª, Capítulo I, de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los

aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de

inscripción de 3.610 pesetas, cuyo hecho imponible lo

constituye la presentación de la solicitud para

participar en la convocatoria.

La tasa indicada deberá liquidarse utilizando el modelo oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del

órgano gestor Instituto Andaluz de Administración

Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1997, que podrá

obtenerse en las Delegaciones del Gobierno de las

distintas provincias, y abonarse en cualquier sucursal

de las entidades financieras reconocidas como

colaboradoras de la Junta de Andalucía, que se

relacionan en el mismo impreso.

Para su adecuada utilización, deberá comprobarse que el impreso contiene los siguientes datos: En el espacio

destinado a la Consejería competente: «Consejería de

Gobernación y Justicia¯; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: «Instituto

Andaluz de Administración Pública¯; en los recuadros

reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: El número IA 00 00; en la casilla

correspondiente al concepto (04 del impreso): El código

0005, y en la descripción de la liquidación (número 36

del modelo): «Por inscripción en las convocatorias para selección de personal al servicio de la Junta de

Andalucía¯. De no recogerse alguno de los datos

aludidos, deberá ser cumplimentada por el solicitante.

La acreditación del pago de la tasa se realizará

adjuntando a la solicitud el ejemplar para la

Administración del referido impreso Modelo 046, en el

que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo. La falta de acreditación

del pago de la tasa determinará la exclusión del

solicitante.

Además, en el espacio reservado a tal fin, en el modelo de solicitud contenido en el Anexo 3 deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de

autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte

inferior del código de barras de cada ejemplar (espacio

01 del impreso).

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de

participación, de acuerdo con lo dispuesto en la

convocatoria.

Procederá la devolución de la tasa que se hubiera

exigido cuando no se realice su hecho imponible por

causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión por no cumplir los requisitos de la convocatoria o por no

aportar los documentos exigidos en la convocatoria no da lugar a la devolución de los derechos de examen.

1.7. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos

solicitantes que acrediten su condición de minusválidos en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada del certificado de minusvalía emitido

por el órgano competente del Instituto Andaluz de

Servicios Sociales u órganos similares de otras

Administraciones Públicas y que se encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación de

instancias.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas

pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado

Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico,

Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente, o

en condiciones de obtenerlo.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace

mención el apartado 1.6 de la base anterior.

g) Ser personal laboral fijo de la Administración

General de la Junta de Andalucía que estuviera

desempeñando puesto de trabajo cuya adscripción haya

sido modificada de laboral -Grupo II a funcionario,

Grupo B, Cuerpo Preferente B.2012 hasta el 6 de marzo de

1996, fecha de entrada en vigor de la Orden de 22 de

enero de 1996, y que continúe en su desempeño a la

publicación de la presente convocatoria, o que se

encuentre en la situación de suspensión con reserva de

puesto, de acuerdo con lo establecido con la normativa

vigente.

2.2. Todos los requisitos a que se refiere el apartado

anterior de esta base deberán poseerse en el momento de finalizar

el plazo de presentación de instancias y mantenerse

hasta el nombramiento como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes tendrán que formularse

necesariamente en el modelo oficial publicado como Anexo

3 de la presente Orden, el cual deberá ser fotocopiado

por los aspirantes.

3.2. Las solicitudes dirigidas al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en el Registro General del citado Instituto, calle Muñoz

Torrero, núm. 1, Sevilla, 41003, y en las Delegaciones

del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada una de las provincias andaluzas en el plazo de 20 días naturales,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA, o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13

de enero.

Las solicitudes que se presenten en las Oficinas de

Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser

certificadas.

3.3. Los aspirantes harán constar en la solicitud el

proceso de funcionarización y, asimismo, tendrán que

identificar en la solicitud esta convocatoria de forma

inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código B.2012, para el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio,

opción Informática.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición

del interesado.

3.5. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea

su grado de discapacidad, deberán indicarlo en la

solicitud en el espacio destinado para ello. Asimismo,

podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y

medios para la realización de los ejercicios cuando sean necesarias.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. En el plazo de 20 días naturales a partir del

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en

el BOJA, y dirigido al Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la Dirección General de la

Función Pública se emitirá certificado que expresará

nominativamente a todos los solicitantes que reúnan los requisitos de funcionarización en el Cuerpo referido.

4.2. Expirado el plazo de presentación de solicitudes,

el Director del Instituto Andaluz de Administración

Pública, por delegación de la Consejera de Gobernación y Justicia , dictará Resolución declarando aprobadas las

listas de admitidos y excluidos y las causas de

exclusión.

Dicha Resolución se publicará en el BOJA y en ella se

señalarán los lugares en los que se encontrarán

expuestas al público las listas certificadas.

4.3. Con objeto de posibilitar la subsanación de

errores, los aspirantes dispondrán de un plazo de 10

días contados a partir del siguiente al de publicación

de la Resolución antes aludida para subsanar los

defectos que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos y excluidos.

4.4. Transcurrido el plazo establecido en la base

anterior, el Director del Instituto Andaluz de

Administración Pública, por delegación de la Consejera

de Gobernación y Justicia, dictará Resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes

admitidos, que se expondrán en los mismos lugares a que hace referencia la base 4.2.

Esta Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se

señalará el lugar de celebración, fecha y hora de

comienzo del ejercicio de la fase de oposición.

4.5. Contra la citada Resolución, que agota la vía

administrativa, cabe interponer recurso de reposición

ante la Consejera de Gobernación y Justicia, con

carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar

desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso

contencioso administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos

meses desde el día siguiente al de su publicación, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

4.6. Una vez finalizados los ejercicios, el Tribunal

publicará la relación de aspirantes conteniendo la

valoración provisional de los méritos alegados en la

fase de concurso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días para alegar las rectificaciones pertinentes

respecto a la valoración de los méritos alegados.

Transcurrido dicho plazo, el Tribunal publicará la

relación de aspirantes con la valoración definitiva de

sus méritos, que se expondrá en los mismos lugares a que hace referencia la base 4.2.

5. El Tribunal.

5.1. El Tribunal de estas pruebas será el que figura en el Anexo 2 de esta Orden.

De conformidad con la Disposición Transitoria Quinta.2

de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, tendrán

representación en el Tribunal las Organizaciones

Sindicales que forman parte de la Mesa General de

Negociación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A

estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones Sindicales antes aludidas, la designación de un representante y un suplente para que se incorpore a las reuniones del Tribunal. Las Organizaciones

Sindicales deberán designar su representante en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la

recepción de la mencionada notificación. Transcurrido

dicho plazo sin efectuarse dicha designación, se

entenderá que se renuncia al ejercicio de la misma.

5.2. Para la válida constitución del Tribunal a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de

acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y

Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y

la mitad, al menos, de sus miembros.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Director del Instituto

Andaluz de Administración Pública cuando concurran en

ellos algunas de las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiera

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

5.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los

miembros del mismo declaración expresa de no hallarse

incursos en las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros

del Tribunal cuando concurran las circunstancias

previstas en el párrafo anterior.

El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la

categoría segunda de las recogidas en el Anexo 5 del

Decreto 54/1989, de 21 de marzo (BOJA núm. 31, de 21 de abril).

5.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al

de plazas convocadas. Las propuestas que contravengan

este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente

responsables del estricto cumplimiento de las bases de

la convocatoria y de la sujeción a los plazos

establecidos para la realización y valoración de las

pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus

trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán

la única base de su colaboración con el órgano de

decisión.

5.8. El Tribunal resolverá cuantas dudas pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases.

5.9. Corresponde al Tribunal adoptar las medidas

precisas para que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización del ejercicio de que consta la fase de oposición que el resto de los

aspirantes, pudiendo requerir informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos competentes.

5.10. Por Resolución del Director del Instituto Andaluz de Administración Pública, se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las

competencias de ejecución material y ordenación

administrativa que les atribuya el Tribunal. Este

personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias,

el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Andaluz de

Administración Pública, calle Muñoz Torrero, núm. 1,

Sevilla, 41003.

5.12. El Tribunal se disolverá una vez que la Consejera de Gobernación y Justicia haya nombrado funcionarios de carrera a los aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas y cumplan todos los requisitos establecidos

en esta convocatoria.

6. Desarrollo de la fase de concurso.

6.1. La fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, consistirá en la valoración de los méritos que se relacionan en el baremo que se establece en el

Anexo 1. La puntuación máxima a obtener en esta fase

será de 10 puntos. Los méritos alegados y acreditados

deberán referirse a la fecha de finalización del plazo

de presentación de instancias.

6.2. Los aspirantes cumplimentarán el Anexo 4 que

adjuntarán a su solicitud y en el que procederán a la

autobaremación de sus méritos, según el baremo

establecido en el citado Anexo.

6.3. Los méritos se valorarán si son alegados y constan en la autobaremación practicada, y se acreditarán

documentalmente, siempre que no consten inscritos o

anotados en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.

6.4. La justificación documental de la fase de concurso consistirá en la aportación de fotocopia bajo el texto

«es copia del original¯ firmado por el solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. La documentación

anexa a la solicitud deberá ir grapada, ordenada y

numerada.

7. Desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición.

7.1. La fase de oposición, valorable con una puntuación máxima de 20 puntos, constará de dos ejercicios de

carácter eliminatorio, siendo preciso para superar esta fase obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos:

Primer ejercicio: Calificado de 0 a 10 puntos,

consistirá en la exposición por escrito, durante un

tiempo máximo de dos horas, de un tema general

relacionado con el programa de materias aprobado

mediante Orden de la Consejera de Gobernación y Justicia de 10 de noviembre de 1997 (BOJA núm. 135, de 20 de

noviembre), por la que se aprueban los programas de

materias que habrán de regir las pruebas selectivas de

ingreso en los Cuerpos y Especialidades de Funcionarios en la Administración General de la Junta de Andalucía, y a elegir de entre tres propuestos por el Tribunal. El

ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo aquél dirigirse al candidato al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición, valorándose los conocimientos, la claridad y orden de

ideas y la calidad de la expresión escrita.

Segundo ejercicio: Calificado de 0 a 10 puntos,

consistirá en la realización de un ejercicio práctico

adecuado a las funciones propias del Cuerpo o

especialidad a que se aspira, y relacionado con el

programa de materias aprobado.

Para esta convocatoria del temario correspondiente al

programa para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Grado

Medio, opción Informática (B.2012), los candidatos

quedan eximidos de los temas del 3 al 12 y del 15 al 25 pertenecientes al grupo de materias primero.

7.2. El Tribunal quedará facultado para la determinación del nivel mínimo de respuestas exigido para la obtención de las calificaciones a que se refiere la base anterior, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde para los ejercicios de que consta la fase de oposición.

7.3. Las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad

de Sevilla.

7.4. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

7.5. Los aspirantes serán convocados en llamamiento

único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

7.6. Si en el transcurso del procedimiento selectivo

llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los

aspirantes carece de los requisitos necesarios, podrá

declarar por sí la oportuna rectificación o, en su caso, proponerla al Director del Instituto Andaluz de

Administración Pública para que, previa audiencia del

interesado, resuelva por delegación de la Consejera de

Gobernación y Justicia y de forma motivada lo que

proceda.

8. Calificación final.

La calificación final, que no podrá superar los 30

puntos, vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y

oposición.

9. Lista de aprobados, presentación de documentación y

nombramiento de funcionarios.

9.1. Finalizado el ejercicio de la oposición, el

Tribunal elaborará la relación definitiva de aspirantes seleccionados, que no podrá superar el número de plazas convocadas, por orden de puntuación, en la que constará la calificación del ejercicio en la fase de oposición,

así como la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha relación se hará pública en los mismos lugares a

que se hace referencia en la base 4.1, y contra ella, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haga pública, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Gobernación y Justicia,

de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13

de enero.

Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente del Tribunal enviará copia certificada de dicha relación con

propuesta de nombramiento de funcionario de carrera a la Consejera de Gobernación y Justicia.

9.2. Los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar ante la Dirección

General de la Función Pública de la Junta de Andalucía, sita en Plaza Nueva, núm., Sevilla, 41001, los

siguientes documentos, salvo que hubieran sido objeto de inscripción o anotación en el Registro General de

Personal de la Junta de Andalucía:

a) Fotocopia del título académico oficial exigido para

el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio,

opción Informática, o de la documentación acreditativa

de haberlo solicitado y abonado los correspondientes

derechos para su obtención, compulsada conforme a lo

establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los

servicios administrativos de atención directa a los

ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación

de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de

diciembre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido

separado, mediante expediente disciplinario, del

servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer

enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el

servicio.

9.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán sin efecto las

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

9.4. Transcurrido el plazo de presentación de

documentos, la Consejera de Gobernación y Justicia

nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes que,

habiendo superado las pruebas selectivas, cumplan con

los requisitos exigidos en esta convocatoria, y

determinará el plazo para la toma de posesión en los

correspondientes destinos. Estos serán los puestos de

trabajo de personal funcionario en que sus respectivos

puestos se hayan reconvertido, debiendo permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos años, siéndole de

aplicación lo dispuesto en el artículo 27.5 de la Ley

6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

10. Impugnaciones.

La presente Orden y cuantos actos administrativos se

deriven de la presente convocatoria, de sus bases y de

las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por

los interesados en los casos y en la forma establecida

en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de marzo de 2000

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

en funciones

ANEXO 1

BAREMO

1. Antigüedad. Por cada año de servicio o fracción

superior a 6 meses: 0,7 puntos, hasta un máximo de 7

puntos.

2. Pruebas selectivas: 3 puntos por la superación de

pruebas selectivas para acceder a la condición de

laboral fijo en la categoría homóloga al Cuerpo que se

aspira, hasta un máximo de 3 puntos.

ANEXO 2

TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO EN EL

CUERPO DE TECNICOS DE GRADO MEDIO, OPCION INFORMATICA

(B.2012)

Presidente: Don José Fernández García.

Presidenta suplente: Doña Petra Piñero Castillo.

Vocales titulares:

Don Antonio Cabello Bastida.

Don Sebastián Viudez Ortega.

Don Luis Gallego Gutiérrez.

Doña Amparo Solís Sarmiento.

Vocales suplentes:

Don Andrés García Lorite.

Doña Rosalía Velázquez Cabrera.

Don Juan Vicente Rodríguez Pascual.

Doña Pilar Vázquez Valiente.

Ver Anexos 3 y 4, en páginas 2.901 a 2.903 del BOJA núm.

27, de 4.3.2000

Descargar PDF