Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 22/04/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 9 de marzo de 2000, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se suspende el título de Granja de Protección Sanitaria Especial a la explotación porcina denominada Laguna del Valle, del término municipal de Santaella (Córdoba).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Córdoba, y al amparo de la normativa que regula la lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades del ganado de cerda (R.D. 791/79, de 20 de febrero; Orden del Ministerio de Agricultura de 21.10.80, BOE núm. 262, de 31.10.80, y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9.2.1982), se otorgó la correspondiente calificación sanitaria de Granja de Protección Sanitaria Especial a la explotación porcina «Laguna del Valle¯, del término municipal de Santaella (Córdoba), 60-CO-004, mediante Resolución de esta Dirección General de fecha

22.6.1995.

El artículo 7 de la citada Resolución de 9.2.82 prevé la suspensión temporal del título concedido por la presencia, de forma temporal, en la explotación de determinadas enfermedades y hasta que cesen las causas que motivan la suspensión.

Por otra parte, el R.D. 245/95, de 17 de febrero, por el que se establece el programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, dispone, en el artículo 5.3, que las Granjas de Sanidad Comprobada y de Protección Sanitaria Especial, contempladas en el R.D. 791/79, deberán calificarse sanitariamente frente a la enfermedad de Aujeszky y deberán cumplir lo dispuesto en dicho Real Decreto.

Ante el incumplimiento consistente en la pérdida de la calificación sanitaria frente a la enfermedad de Aujeszky. A propuesta de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Córdoba, y en ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Suspender temporalmente, con fecha 9 de marzo del año en curso, el título de Granja de Protección Sanitaria Especial a la explotación anteriormente citada.

Notifíquese la presente Resolución al interesado en legal forma, con indicación de que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de marzo de 2000.- El Director General, Luis Gázquez Soria.

Descargar PDF