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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, y habida cuenta que encontrándose don Domingo López Torrecillas y doña Encarnación Torrecillas López en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.
Con fecha 8 de marzo de 2000, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en el expediente de protección de menores núm. 19/93, dictó Resolución acordando:
Prodeder a la conclusión y archivo del expediente incoado al menor JALT, ante la imposibilidad de ejecutar las medidas protectoras adoptadas por Resolución de fecha 24 de febrero de
1997, procediéndose a su baja del centro de acogida "San Martín de Porres" en Jaén, y cesando en la delegación de guarda el Director del mismo.
Asimismo se procede a la derivación del expediente a los Servicios Sociales del Sureste de la localidad de Torre Pacheco (Murcia) a los efectos oportunos.
Para el conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don Domingo López Torrecillas y doña Encarnación Torrecillas López, en paradero desconocido y con último domicilio en Torre Pacheco (Murcia), podrán comparecer en el plazo de diez días en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación, núm. 19, 3.ª planta.
Jaén, 7 de marzo de 2000.- La Delegada, Mercedes Fernández Olivares.