Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 06/05/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 10 de abril de 2000, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se aprueba la lista provisional de solicitantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, correspondiente a la convocatoria de subvenciones destinadas a Entidades Locales Andaluzas en materia de infraestructura turística para el año 2000.

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Primera de la Orden de 3 de enero de 2000, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se regula el procedimiento general para la concesión de subvenciones en materia de infraestructura turística (BOJA núm. 9, de 25 de enero de 2000), esta Delegación

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las listas provisionales de solicitantes, Entidades Locales, admitidas y excluidas respecto a la citada convocatoria. En el caso de solicitantes excluidas, se expresan las causas de exclusión, conforme se indica en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Turismo y Deporte de Granada, sita en la plaza de la Trinidad, 11-2.ª planta.

Tercero. Las solicitantes, Entidades Locales, excluidas disponen de un plazo de diez días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión; transcurrido el cual, si no lo hicieran, se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa Resolución.

Granada, 10 de abril de 2000.- El Delegado, José A. Espinar Aguilera.

ANEXO I

ENTIDADES LOCALES

Código / Descripción de las causas de exclusión

01/No completa los datos requeridos según modelo de solicitud, de acuerdo con el Anexo de la Orden reguladora.

02/Fecha de presentación de instancia fuera de plazo.

03/Instancia sin firmar.

04/El sujeto no está entre los contemplados en la Orden como destinatarios de la subvención.

05/El objeto incumple parcialmente las condicionesrecogidas en la Orden para ser considerado subvencionable.

06/El objeto incumple totalmente las condiciones recogidas en la Orden para ser considerado subvencionable.

07/Certificación del correspondiente Acuerdo de Pleno u Organo competente, en su caso:

A) Solicitando acogerse a los beneficios de la presenteOrden.

B) Aceptando, en su caso, el contenido y las estipulaciones del Convenio Tipo que figura en el Anexo III.

08/Memoria descriptiva de la inversión a realizar.

09/Presupuesto desglosado.

10/Certificación de que los terrenos, edificios o instalaciones donde se pretende realizar la inversión:

A) Son de titularidad, sin estar sometidos a cargas, gravámenes o servidumbres, o

B) Documento suficiente que acredite la disponibilidad

necesaria para ejecutar la actuación proyectada y/o desarrollo.

11/Plazo previsto para la ejecución y desarrollo de la

inversión.

12/Certificación del acuerdo del Pleno u Organo competente, en su caso:

A) Asumiendo el compromiso de financiación delpresupuesto que no se subvencione, expresión de otras fuentes financieras.

B) Inicio de la inversión, no habiendo finalizado la ejecución del proyecto al solicitar las ayudas.

13/En su caso, Resolución de la Consejería de Cultura por la que se incoa procedimiento de catalogación.

14/Certificación sobre la concesión de otras subvencioneso ayudas para el mismo proyecto o actividad. Indicando importe y entidad concedente.

15/Certificación de que sobre el solicitante no ha recaído Resolución administrativa o judicial firme de reintegro o, en caso contrario, acreditación de su ingreso.

16/Acreditación del Alcalde-Presidente de la Entidad Local.

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