Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 09/05/2000

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 10 de abril de 2000 , de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza a don Baldomero Cadenas Giralt, Secretario del Ayuntamiento de Alhama de Almería (Almería), a desempeñar las funciones del puesto de trabajo de Secretaría en la Agrupación de los Municipios de Albolodúy, Alsodux, Alhabía y Santa Cruz de Marchena (Almería) en régimen de acumulación.

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Los Municipios de Albolodúy, Alsodux, Alhabía y Santa Cruz de Marchena (Almería) acordaron solicitar de esta Comunidad Autónoma, en sesiones celebradas los días 2 de febrero, 28 de enero, 10 de febrero y 8 de febrero de 2000, autorización para la acumulación de las funciones de Secretaría a favor de don Baldomero Cadenas Giralt, Secretario del Ayuntamiento de Alhama de Almería (Almería).

El Ayuntamiento de Alhama de Almería (Almería), mediante Resolución de su Presidencia de fecha 24 de marzo de 2000, no pone reparos a que el indicado funcionario se haga cargo en forma acumulada de la función de Secretaría de la Agrupación de los Municipios anteriormente citada.

La petición formulada por los Ayuntamientos mencionados para que se autorice dicha acumulación de funciones está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos que afecten a la buena marcha de la Corporación, funciones éstas de carácter público y necesarias en todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el art..3 de la Ley

7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en los arts. 129 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y 31 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Autorizar la acumulación de la función del puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación de los Municipios de Albolodúy, Alsodux, Alhabía y Santa Cruz de Marchena (Almería) a don Baldomero Cadenas Giralt, NRP 27.256.297/A3015, Secretario del Ayuntamiento de Alhama de Almería (Almería).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso- administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el art. 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de abril de 2000.- El Director General, Jesús M.ª Rodríguez Román.

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