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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado (Huelva), mediante Resolución de su Presidencia del día 20 de marzo de 2000, por la que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Intervención de la citada Corporación de don Mario Lozano Crespo, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría- Intervención, así como la conformidad del Ayuntamiento de Alájar (Huelva), manifestada en la Resolución adoptada por su Presidencia el día 21 de marzo de 2000, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Mario Lozano Crespo, NRP 28514252/46/A3015, actual Secretario titular del Ayuntamiento de Alájar (Huelva), al puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado (Huelva) durante el período de tiempo de un año, corriendo a cargo de éste último el pago de las remuneraciones debidas.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este Organo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, interponer, directamente, el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
177 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 5 de abril de 2000.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.
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