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De Orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada, con fecha 2 de febrero de 2000, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Tres de Sevilla en el recurso contencioso-administrativo núm. 246/1999-2C, promovido por Banco Español de Crédito, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el Banco Español de Crédito contra la Resolución expresada en el encabezamiento de la presente Resolución, que se declara ajustada al ordenamiento jurídico. Todo ello sin expresa condena en costas.
Sevilla, 29 de marzo de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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