Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento, en sus propios términos, el fallo de la sentencia dictada, con fecha 30 de julio de 1999, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada en el recurso contencioso-administrativo núm. 4858/1995, promovido por Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimar el recurso contencioso-administrativo que la Procuradora doña Laura Taboada, en nombre y representación de la Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., interpuso el 5 de diciembre de 1995 contra la Resolución de 18 de septiembre de
1995, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario promovido contra la Resolución de 21 de febrero de 1995, de la Delegación Provincial de Trabajo de Almería, que como autora de una infracción del artículo 5 de la Ley/88, de 7 de abril, le impuso una sanción de quinientas mil pesetas, cuyo acto administrativo confirmamos por parecer conforme a Derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 10 de abril de 2000.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF