Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 18/05/2000

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 12 de abril de 2000, de la Dirección General de Administración Local, por la que se prorroga la adscripción en comisión de servicios a doña Juana Zurita Raya, Secretaria del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), en el puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba), mediante Resolución de su Presidencia de fecha 4 de abril de 2000, por la que se solicita la prórroga de la adscripción temporal en comisión de servicios de doña Juana Zurita Raya, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría- Intervención, NRP 30.485.819/02/A3015, al puesto de trabajo de Intervención de este Ayuntamiento, así como la conformidad del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), manifestada mediante Resolución de su Presidencia de fecha 10 de abril de

2000, teniendo en cuenta que persisten las circunstancias que motivaron la autorización de la mencionada comisión de servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto

467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de

29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Prorrogar la adscripción en comisión de servicios, durante un año, de doña Juana Zurita Raya, Secretaria del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba (Córdoba), al puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba), con efectos desde el día siguiente al de la terminación del período anterior y en las mismas circunstancias en que fue autorizada anteriormente.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

177, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de abril de 2000.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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