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Mediante Resolución de fecha 3 de abril de 2000, el Consejero de Turismo y Deporte declara:
«ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha 12 de noviembre de 1999, remite escrito la Asociación Cultural San José, de Mancha Real (Jaén), en el que solicita la Declaración de Interés Turístico Nacional de Andalucía para la celebración Hoguera de San José, aportando documentación explicativa del interés turístico de la misma.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería de Turismo y Deporte es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.17.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías; Decreto/1996, de
14 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, y artículos 2 y 8 de la Orden de esta Consejería de
20 de mayo de 1997 por la que se regulan las declaraciones de interés turístico nacional de Andalucía.
Segundo. Ha quedado suficientemente acreditado de la documentación presentada por la Asociación Cultural San José, de Mancha Real (Jaén), que en la celebración de la Hoguera de San José de dicha localidad existen caracteres de antig?edad en su celebración, originalidad y diversidad de actos que suponen manifestación de valores propios y de tradición popular de interés turístico, cumpliéndose así lo previsto en el art. 2 de la citada Orden de 20 de mayo de 1997.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
RESUELVO
Declarar Fiesta de Interés Turístico Nacional de Andalucía a la celebración Hoguera de San José, de Mancha Real (Jaén), con todos los derechos inherentes a tal declaración.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, o bien, directamente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa¯.
Sevilla, 12 de abril de 2000.- La Directora General, Ana María Uruñuela Nieves.
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