Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 20/5/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

ORDEN de 18 de abril de 2000, por la que se aprueba la formulación del Plan de Calidad Ambiental del Campo de Gibraltar.

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La planificación ambiental constituye un instrumento preventivo de protección dirigido a minimizar los efectos negativos de las actuaciones sobre el medio ambiente y a determinar los objetivos necesarios para mantener y mejorar la calidad ambiental.

El Plan de Calidad Ambiental del Campo de Gibraltar es un plan de acción territorial cuyo objeto es prevenir y reducir la contaminación del Campo de Gibraltar, tomando las medidas necesarias coordinadamente entre las Administraciones competentes y los agentes económicos implicados con el fin de proteger el medio ambiente contra los efectos adversos de las actividades humanas y mantener niveles adecuados de calidad ambiental para salvaguardar las condiciones de salubridad y conservar el ecosistema del litoral y, cuando sea posible, recuperar aquellas zonas que se hayan visto afectadas negativamente.

Se realiza en desarrollo del Plan Andaluz de Medio Ambiente (1997-2002), en concreto del Plan de Medio Ambiente Urbano, del Plan de Mejora Ambiental del Litoral y del Plan de Fomento de Actividades Económicas compatibles con el medio ambiente, y da cumplimiento a los diversos planes de reducción de la contaminación y consecución de los objetivos de la legislación ambiental vigente, así como al Acuerdo de 23 de marzo de 1999, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas especiales del impulso y desarrollo del Campo de Gibraltar, en cuyo punto 5 del Anexo 2 se acuerda el impulso, tramitación y la puesta en marcha de un Plan de Calidad Ambiental en el Campo de Gibraltar.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias que tengo conferidas,

DISPONGO

Primero. Formulación.

Formular el Plan de Calidad Ambiental del Campo de Gibraltar cuya elaboración corresponderá a la Dirección General de Protección Ambiental de esta Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Ambito.

El Plan de Calidad Ambiental del Campo de Gibraltar incluye los términos municipales de Algeciras, San Roque, La Línea de la Concepción y Los Barrios, todos ellos de la provincia de Cádiz.

Tercero. Objetivos y contenido.

El Plan de Calidad Ambiental tiene por objeto prevenir y reducir la contaminación con la finalidad de conseguir una mejora cuantificable de la calidad de las aguas litorales, de los estuarios, del aire y de los suelos del Campo de Gibraltar, logrando que las actividades económicas sean compatibles con el medio ambiente, posibilitando, de esta manera, el desarrollo sostenible de la zona.

El contenido del Plan incluirá:

- Un diagnóstico de la situación ambiental.

- La definición de objetivos y de indicadores de seguimiento.

- La propuesta de actuaciones de mejora de la calidad ambiental.

- La financiación, cuantificación económica y fuentes de financiación.

Cuarto. Procedimiento.

El procedimiento de elaboración del Plan incluirá,

necesariamente, el trámite de consulta a los intereses

sociales, económicos e institucionales afectados.

A tales efectos, se constituirán los correspondientes Comités de expertos que, integrando los intereses antes señalados, participarán en la elaboración del Plan.

La composición de los distintos Comités será determinada por el Consejero de Medio Ambiente.

Quinto. Aprobación.

Corresponde al Consejero de Medio Ambiente la aprobación del Plan.

Sexto. Eficacia.

La presente Orden será eficaz el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de abril de 2000

JOSE LUIS BLANCO ROMERO

Consejero de Medio Ambiente

en funciones

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