Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 18/01/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 26 de noviembre de 1999, de la Delegación Provincial de Jaén, dictada en los expedientes 224 y 225/96, sobre protección de menores, por la que se acuerda constituir el acogimiento familiar de los menores S.L.T y D.L.T.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose don Domingo López Torrecillas y doña Encarnación Torrecillas López en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 26 de noviembre de 1999, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en los expedientes de protección de menores núm. 224 y 225/96, dictó Resolución acordando:

1. Constituir el acogimiento familiar de los menores S.L.T. y D.L.T. nacidos en Alcaudete (Jaén) el día 19 de noviembre de

1987 y en Jaén el día 21 de febrero de 1992, respectivamente, mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento familiar al que prestarán su consentimiento los padres o tutor de los menores, con las personas seleccionadas a tal efecto.

2. Dado que los padres de los menores no han suscrito el documento de formalización del acogimiento familiar, se constituye dicho acogimiento familiar de forma provisional, a la vez que acuerda formular ante el Juzgado de Primera Instancia competente la oportuna propuesta de acogimiento familiar, propuesta que deberá presentarse judicialmente de manera inmediata y, en todo caso, en el plazo máximo de 15 días desde la constitución del acogimiento provisional.

3. En cualquier caso, el acogimiento familiar se constituye con el carácter de pre adoptivo.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, don Domingo López Torrecillas y doña Encarnación Torrecillas López, en paradero desconocido y con último domicilio conocido en Torrepacheco (Murcia), C/ Camino de Las Gilas, núm. 3, podrán comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, situada en Paseo de la Estación, núm.

19, 3.ª planta.

Jaén, 26 de noviembre de 1999.- La Delegada, Carmen Peñalver Pérez.

Descargar PDF