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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Granada, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Transporte Urbano Colectivo que, a continuación, se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
DIEGO ROSILLO RUIZ. GUADIX (GRANADA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Billete ordinario 80 ptas.
Billete pensionista 40 ptas.
Billete estudiante 50 ptas.
Billete ida y vuelta125 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de abril de 2000
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
en funciones
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