Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 8/6/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 25 de mayo de 2000, de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera, por la que se realiza una convocatoria de subasta dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía.

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El Decreto 122/2000, de 18 de abril, autoriza, en la Disposición Adicional Primera, al Director General de Tesorería y Política Financiera a emitir Deuda de la Comunidad Autónoma de Andalucía dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, de conformidad con las condiciones y características fundamentales fijadas en el mismo.

Por otro lado, los mecanismos de aplicación para la presente emisión serán los establecidos en la Orden de 14 de mayo de

1999, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el diseño y funcionamiento del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía, modificada parcialmente mediante la Orden de 24 de marzo de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda.

El artículo 5.1 de la Orden antes mencionada faculta al Director General de Tesorería y Política Financiera a convocar las subastas que se realicen al amparo del referido Programa, habiéndose hecho público, mediante Resolución de 27 de enero de

2000, el calendario de subastas ordinarias del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de la Junta de Andalucía para el año 2000.

Como consecuencia de lo anterior, se procede a la convocatoria de subasta que se celebrará en el mes de junio de 2000, así como a determinar las características de los Bonos y Obligaciones que se pondrán en circulación.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas, esta Dirección General

RESUELVE

1. Proceder a la realización de una convocatoria de subasta de Bonos a tres (3) y cinco (5) años y Obligaciones a diez (10) años, dentro del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones, en virtud de la autorización contenida en el Decreto 122/2000, de 18 de abril, la cual habrá de celebrarse de acuerdo con la Orden de 14 de mayo de 1999, modificada parcialmente por la Orden de 24 de marzo de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda, y de conformidad con el calendario de subastas aprobado por la Resolución de 27 de enero de 2000, de esta Dirección General de Tesorería y Política Financiera.

2. Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten:

a) Emisión de Bonos a tres años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 27 de enero de 2000, de esta Dirección General, para la emisión de fecha 18 de febrero de 2000, de Bonos a tres años, cupón 5,00% anual y amortización el día 30 de julio de 2003. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el día 30 de julio de 2001. Los Bonos que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la consideración de ampliación de aquélla, con la que se gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

b) Emisión de Bonos a cinco años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 3 de abril de 2000, de esta Dirección General, para la emisión de fecha 18 de abril de 2000, de Bonos a cinco años, cupón 5,30% anual y amortización el día 30 de julio de 2005. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el día 30 de julio de 2001. Los Bonos que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la

consideración de ampliación de aquélla, con la que se

gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

c) Emisión de Obligaciones a diez años: El tipo de interés nominal y las fechas de emisión, amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Orden de 19 de abril de 1999, por la que se concretan determinadas

condiciones de la Emisión de Deuda Pública Anotada autorizada mediante el Decreto 82/1999, de 30 de marzo, cupón 4,25% anual y amortización el día 5 de mayo de 2009. El pago del primer cupón de los valores que se emitan se efectuará, por su importe completo, el día 5 de mayo de 2001. Las Obligaciones que se emitan se agregarán a la citada emisión y tendrán la

consideración de ampliación de aquélla, con la que se

gestionará como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado primero, de la Orden de 14 de mayo de 1999, modificada

parcialmente por la Orden de 24 de marzo de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda, las peticiones se formularán en términos de diferencial respecto al tipo de oferta del Swap del Euribor de los plazos de las referencias que se emiten.

4. La presentación de ofertas podrá ser efectuada por los miembros del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, entre las

8,30 y las 10,30 horas del día 15 de junio de 2000, en el Banco de España. Las ofertas se formularán a través de la red informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España. En caso de no disponer de conexión con la citada red, deberán efectuar la comunicación de sus peticiones por teléfono entre las 8,30 y 10,00 horas de dicho día.

5. La celebración y resolución de la subasta se realizará el día 15 de junio de 2000 antes de las 11,30 horas, ajustándose a lo previsto en la Orden de 14 de mayo de 1999, de la Consejería de Economía y Hacienda, modificada parcialmente por Orden de 24 de marzo de 2000.

6. Para la determinación de las condiciones de la emisión se tomarán las cotizaciones del tipo de oferta del Swap del Euribor al plazo correspondiente, publicadas en la pantalla Icapeuro o, en su defecto, CCMTE, de Reuters a las 12,00 horas del día de celebración de la subasta. En caso de no existir cotización en ninguna de estas dos pantallas, se tomará nueva referencia cada 30 minutos hasta que exista cotización en alguna de las citadas pantallas, adoptándose la publicada en Icapeuro de existir cotización en ambas, fijando como hora límite las 13,00 horas del día de la subasta. De persistir dicha situación, el emisor, de común acuerdo con las Entidades adjudicatarias que representen, al menos, el 50% del volumen adjudicado en la subasta, determinará el procedimiento a seguir para la fijación de condiciones. En cualquier caso, el tipo que se determine se ajustará en función del plazo exacto del vencimiento de la Deuda que se emite, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de esta Resolución.

7. No existirá período de suscripción pública posterior a la subasta.

8. Fecha de desembolso de la deuda: 20 de junio de 2000.

9. De acuerdo con lo establecido en la Orden de 19 de abril de

1999, así como en las Resoluciones de 27 de enero de 2000 y 3 de abril de 2000, los Bonos y Obligaciones cuya emisión se dispone tendrán la calificación de Bonos segregables y las operaciones de segregación y reconstitución se podrán realizar a partir de la fecha que se fije mediante Resolución de esta Dirección General.

10. El resto de las condiciones aplicables a la presente convocatoria de subasta serán las establecidas en la Orden de

14 de mayo de 1999, de la Consejería de Economía y Hacienda, modificada por la Orden de 24 de marzo de 2000.

Sevilla, 25 de mayo de 2000.- El Director General,

Antonio González Marín.

ANEXO

FIJACION DE LAS CONDICIONES DE EMISION

Fórmula de interpolación lineal de tipos para el ajuste en plazos.

La fórmula que se expone a continuación determina la

interpolación lineal que ha de realizarse entre los tipos de oferta del Swap del Euribor de referencia (en adelante IRS) de los plazos inmediatamente anterior y posterior de los valores que se emiten, de acuerdo con la siguiente fórmula:

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donde:

TIR = Tasa de rendimiento interno de referencia.

IRS = Tipo de oferta del swap del Euribor de plazo

inmediatamente inferior al plazo de vencimiento del valor que se emite.

IRS = Tipo de oferta del swap del Euribor de plazo

inmediatamente superior al plazo de vencimiento del valor que se emite.

D-D = Núm. de días, contados desde la fecha de desembolso del valor que se ofrece, en que su plazo de vencimiento difiera del plazo correspondiente al IRS.

La interpolación en la presente subasta de Bonos y

Obligaciones, calculada de acuerdo con la fórmula anterior, se concreta de la siguiente manera:

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