Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 10/06/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 16 de marzo de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Cútar, provincia de Málaga.

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Málaga, relativo al asunto de referencia, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución, de fecha 13 de abril 1999, del Viceconsejero de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se acordó el inicio del Procedimiento Administrativo de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Cútar, sito en la provincia de Málaga.

Segundo. La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, en la instrucción del expediente de Clasificación, cursó sendos Oficios a la Delegación del Gobierno Andaluz, al Ministerio de Fomento (Demarcación de carreteras), Confederación Hidrográfica del Sur, Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes en Málaga, Delegación Provincial de Agricultura y Pesca en Málaga, Cámara Agraria Local, Cámara Agraria Provincial, Excmo. Ayuntamiento de Cútar, comunicándoles el comienzo de las operaciones materiales de la Clasificación. Dichas operaciones fueron anunciadas mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cútar, inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, de 1 de junio de 1999, así como notificaciones a los siguientes colectivos: Federación Andaluza de Asociaciones de Defensa de la Naturaleza, Grupo Ecologista Sierra Mijas, Asociación para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente, Kaktus, Gabinete de Estudios de la Naturaleza de la Axarquía, ASAJA, Grupo Naturalista de la Axarquía, Asociación Malagueña de Protección de la Vida Silvestre.

Tercero. En las Actas de Clasificación, levantadas los días 12,

13, 14 y 16 de julio de 1999, se recogen las descripciones de cada una de las Vías Pecuarias clasificadas en el término municipal de Cútar (Málaga). Asimismo, en el expediente de Clasificación objeto de la presente constan las coordenadas absolutas UTM de aquellos puntos singulares por donde discurren las Vías Pecuarias del mismo término (Anexo III), y una descripción minuciosa de sus recorridos y características.

Cuarto. Redactada, con fecha 26 de julio de 1999, la Proposición de Clasificación por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se sometió a exposición pública mediante anuncios en los organismos correspondientes, y notificaciones a colectivos interesados, antes citados, y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, de fecha 2 de agosto de 1999.

Dicha Proposición está integrada por la siguiente documentación:

1. Antecedentes.

2. Memoria.

2.1. Introducción de las vías pecuarias existentes en el t.m. de Cútar.

2.2. Cuadro Resumen.

2.3. Descripción detallada de cada una de las vías.

2.4. Descripción resumida de las vías pecuarias.

2.5. Acta de Clasificación.

2.6. Descripción de los trabajos realizados en gabinete y en campo.

2.6.1. Trabajos de gabinete.

2.6.2. Trabajos de campo.

2.7. Listados de coordenadas del eje de la vía pecuaria.

2.8. Reportaje fotográfico de las vías pecuarias.

2.9. Trabajos cartográficos realizados.

3. Planos.

3.1. Plano de situación (1/50.000).

3.2. Plano de las vías pecuarias (1/10.000).

4. Planos históricos.

4.1. Documentación utilizada para los trabajos de

clasificación.

4.2. Proyecto de Clasificación (no aprobado).

4.3. Plano histórico facilitado por el IGN (1/25.000).

Quinto. A la referida Proposición de Clasificación se

presentaron alegaciones por parte de don Javier Ciezar Muñoz, en nombre y representación de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores de Málaga (ASAJA).

Los extremos alegados por el interesado antedicho pueden resumirse como sigue:

1. Inexistencia de estudio previo e informe sobre la existencia de todas las vías pecuarias.

2. Falta de notificación a los interesados de la fecha de comienzo de las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de las vías pecuarias.

3. Irregularidades en las operaciones materiales (no

realización de toma de datos GPS al inicio de las operaciones materiales ni con posterioridad a estas, falta de señalización de puntos en el trazado de la vía pecuaria), falta de validez de los receptores GPS en los trabajos de clasificación, así como falta de calibración de los receptores utilizados.

4. En cuarto lugar se alegan cuestiones puntuales referentes a cada vía pecuaria. Así:

4.1. Respecto de todas ellas se manifiesta:

- Falta de documentación que acredite la anchura de las vías pecuarias.

- Inexistencia en el plano histórico de ninguna toponimia.

4.2. Respecto de la vía pecuaria núm. 1: «Vereda de Riogordo a Vélez-Málaga¯:

- Un tramo de la vía discurre por dominio público hidráulico, siendo preceptivo informe de la Confederación Hidrográfica del Sur.

- El ramal 1a no se ha descrito en el proyecto de

clasificación.

- No existe listado de coordenadas del ramal 1a.

- En las actas de reconocimiento del lindero entre Cútar y Comares, Cútar y Almárchar, no aparece ninguna vía pecuaria.

4.3. Respecto de la vía pecuaria núm. 3: «Colada de la Peña de Hierro¯:

- El ramal 3a no se describe en la proposición de

Clasificación, no quedando claro su trazado.

- En el acta de reconocimiento del lindero entre los términos de Cútar y Comares no aparece descrita dicha vía pecuaria.

- El plano original 1/10.000 es ilegible.

La Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga informó dichas alegaciones con fecha 21 de diciembre de 2000.

Sexto. El Delegado Provincial de Medio Ambiente en Málaga elevó a esta Secretaría General Técnica, con fecha 22 de diciembre de

2000, la Propuesta de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Cútar (Málaga) para su aprobación.

Séptimo. Con fecha 22 de febrero de 2000, y examinado el expediente administrativo, se emitió informe técnico favorable por esta Secretaría General Técnica.

A los referidos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la

resolución del presente acto administrativo en virtud de las atribuciones que le vienen conferidas en el Decreto 202/1997, de 3 de septiembre, por el que se establece la Estructura General Básica de la Consejería de Medio Ambiente, y el Decreto

155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Andalucía, que desarrolla la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Segundo. Según preceptúa el artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, «la Clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria¯. Conforme al mismo, el artículo 12 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, define el acto de

Clasificación como «el acto administrativo de carácter

declarativo en virtud del cual se determinan la existencia, denominación, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada Vía Pecuaria¯.

Tercero. Conforme al artículo 13 del Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza, para la redacción de la Propuesta de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Cútar (Málaga), se han tenido en cuenta los datos existentes en el Fondo Documental previsto en el artículo 6 del mismo Reglamento, así como la documentación técnica aportada al expediente, según lo siguiente:

- Proyecto de Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Cútar (Málaga), del ICONA del año 1979. Incluye plano E: 1/25.000 señalando el itinerario de las vías

pecuarias. Esta Clasificación no llegó a ser aprobada.

- Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Cútar (Málaga), elaborado por la empresa Servicio Omicrón, S.A., en noviembre de 1995. Se basa en el proyecto de Clasificación del ICONA del año 1979. Presenta la descripción de las vías pecuarias y representación en planos E: 1/50.000 del Instituto Geográfico Nacional, planos

E: 1/10.000 del Centro de Estudios Territoriales y Urbanos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, planos E: 1/1.000, 1/2.000 y 1/5.000 del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria y fotografía aérea de la Junta de Andalucía de octubre de 1992, E: 1/20.000.

- Hojas 1039 y 1053, del año 1959 en el que se han señalado los itinerarios descritos en la Clasificación, siendo su

denominación en estos planos la de caminos.

Cuarto. En cuanto a las alegaciones presentadas, cabe señalar lo siguiente:

1. En primer lugar, existe un estudio previo al acuerdo de inicio de todas y cada una de las vías pecuarias que discurren por el término municipal de Cútar, de conformidad con lo previsto en el art. 13.1 del Reglamento de Vías Pecuarias. El mismo comprende:

- Proyecto de Clasificación realizado por la empresa Omicrón, en noviembre de 1995.

- Proyecto de Clasificación elaborado por el ICONA en 1979, que no llegó a aprobarse.

- Cartografía del IGN (Edición de 1957).

- Planos Catastrales a escala 1/5.000.

- Fotografía aérea del vuelo americano de 1957.

- Toda la documentación solicitada al Instituto Geográfico Nacional.

2. Con referencia a la alegación articulada relativa a la falta de notificación personal a los interesados del día de

realización de las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de cada vía pecuaria; manifestar que el art. 14.2 del Reglamento de Vías Pecuarias se ha de poner en relación con el art. 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y el art. 12 del citado Reglamento, que

establecen que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, denominación, anchura, trazado y demás

características físicas generales de cada vía pecuaria; por tanto, dada la naturaleza del acto de clasificación la

Administración no puede conocer con carácter previo quiénes son los interesados.

En este sentido, el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, preceptúa que cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o el medio a que se refiere el punto 1.º de este artículo, o bien intentada la notificación no se hubiera podido practicar, la notificación se hará por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, en el Boletín Oficial del Estado, de la Comunidad Autónoma de Andalucía o de la Provincia, según cual sea la Administración de la que proceda el acto a notificar y el ámbito territorial del órgano que lo dictó.

Asimismo, dispone el apartado 5 del citado artículo: «La publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos en los casos siguientes: a) Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas...¯.

Se ha anunciado el comienzo de las operaciones materiales a través de publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cútar, en los tablones de anuncios de otros organismos públicos (Diputación Provincial de Málaga, Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca, Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, Delegación del Gobierno Andaluz, Ministerio de Fomento y Confederación Hidrográfica del Sur) y en la Cámara Agraria Provincial, todo ello con objeto de procurar la mayor difusión posible, de conformidad con lo previsto en el art. 14.2 del Reglamento de Vías Pecuarias.

A su vez, se ha notificado el anuncio del comienzo de las operaciones materiales a las Asociaciones Agrarias (ASAJA) y a las Asociaciones Ecologistas, ya citadas en la presente Resolución.

3. En tercer lugar, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía no establece en su art. 14 la obligatoriedad de tomar datos topográficos en los trabajos de clasificación de vías pecuarias, a diferencia de la regulación contenida en el art. 19 respecto al deslinde.

La toma de datos realizada con los receptores GPS es únicamente para la inclusión y creación de un Sistema de Información Gráfica.

Asimismo, no es obligatorio la señalización de las distintas vías pecuarias en el procedimiento de clasificación de las mismas.

4. Respecto a la inexistencia de documentación que acredite la anchura de las vías pecuarias, sostener que la anchura de cada vía pecuaria indicada en la Proposición de Clasificación se corresponde con las establecidas en los documentos integrantes del Fondo Documental, si bien las mismas han sido adecuadas a las máximas establecidas en el art. 4 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, y concordante del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. En quinto lugar, señalar que en los planos históricos aparecen los topónimos que confirman la existencia de dichas vías pecuarias pero calificándolas como caminos.

6. Respecto a la vía pecuaria Núm. 1, «Vereda de Río Gordo a Vélez-Málaga¯, hay que señalar lo siguiente: La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 83,

establece que, salvo disposición expresa en contrario, los informes serán facultativos y no vinculantes. A este respecto, ni la Ley de Aguas, ni el Reglamento de Vías Pecuarias

establecen la preceptividad de informe de la Confederación Hidrográfica en los casos en que el dominio público hidráulico esté afectado por una vía pecuaria. No obstante, de conformidad con el artículo 14.2 del Reglamento de Vías Pecuarias se ha comunicado a la Confederación Hidrográfica del Sur la fecha de comienzo de las operaciones materiales de reconocimiento, recorrido y estudio de las vías pecuarias del término municipal de Cútar, interesando que la publicación de la citada fecha se realice mediante Edictos. Además, se ha dado al citado

organismo audiencia, sin que haya presentado alegación alguna al expediente.

Por otra parte, el ramal 1a ha sido recorrido, reconocido y estudiado tal como aparece en el acta de campo, de conformidad con el artículo 14.2 del Reglamento de Vías Pecuarias,

incluyendo el listado de coordenadas del referido ramal en la proposición de Clasificación expuesta.

En las actas de campo, utilizadas en los trabajos de deslinde entre términos municipales, elaboradas por el Instituto Geográfico y Estadístico, se realizaban descripciones de la ubicación material de los mojones que definían el límite de los términos municipales. En ningún momento dichas actas son representaciones literales de los mismos.

7. En relación con la vía pecuaria Núm. 2, «Vereda de

Antequera¯, decir lo siguiente:

- La descripción detallada ha sido modificada, haciéndose mención de aquellos límites municipales por los que esta vía pecuaria discurre, es decir, por la línea del término municipal entre los términos de Cútar con La Viñuela y Periana, subsanado el error en la edición cartográfica.

- En el plano histórico aparece representada la vía pecuaria, pero en ningún momento aparece dibujada la línea del límite municipal entre los términos de Cútar y Periana, por lo que no puede afirmarse que discurra fuera del término municipal de Cútar.

8. En relación a la vía pecuaria Núm. 3, «Colada de la Peña de Hierro¯, señalar lo siguiente:

- En la Proposición de Clasificación se menciona el ramal 3a, siendo, no obstante, completada la descripción.

El tramo del ramal 3a en el que no se aprecia con claridad el trazado de la misma se corresponde con una longitud de unos 80 metros. No obstante, existen indicios del mismo. Aun así, esta posible indefinición queda subsanada a través de la edición cartográfica.

- En la cartografía 1/10.000 se aprecia el trazado de esta vía pecuaria con toda claridad.

Quinto. En la tramitación del expediente de Clasificación objeto de la presente se han observado todos los trámites preceptivos.

Visto lo expuesto, y conforme a la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, así como el Decreto 155/98, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma Andaluza; la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones de obligado cumplimiento,

R E S U E L V O

Aprobar la Clasificación de las Vías Pecuarias del término municipal de Cútar (Málaga), de conformidad con la Propuesta emitida por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Málaga, y conforme a la descripción y coordenadas absolutas UTM que se incorporan a la presente a través de los Anexos I, II y III.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 16 de marzo de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Jesús Jiménez Martín.

ANEXO I A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 16 DE MARZO DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE CUTAR, PROVINCIA DE MALAGA

Los datos físicos de las vías pecuarias objeto de esta

clasificación son los siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

ANEXO II A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 16 DE MARZO DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE CUTAR, PROVINCIA DE MALAGA

Vía pecuaria Núm. 1. Vereda de Riogordo a Vélez-Málaga. Anchura legal: 20 m.

Dirección: Norte-Sur.

Longitud total-teórica: 12.222 m.

Penetra en el término de Cútar desde el término municipal de Riogordo, en donde está clasificada como vía núm. 4, denominada «Vereda de Riogordo a Vélez-Málaga¯, según el proyecto de clasificación de vías pecuarias del término municipal de Riogordo, aprobado por Orden Ministerial el 29.5.69 y publicado en el BOE del 12.7.69 y en el BOP del 15.6.69.

Discurre por un carril existente de 4 m de ancho encontrándose empedrado en los primeros 100 m, iniciando el descenso del puerto de la Infanta. La vegetación dominante a nuestra derecha son olivares y a la izquierda una parcela con cultivos. Llegamos a un cruce de caminos del que sale, a mano izquierda en dirección sur, la vía pecuaria, continúa descendiendo unos

200 m, a mano izquierda sale un carril que se adentra hacia una finca de olivos, a mano derecha observamos un talud de 6 m de altura en cuya parte superior observamos plantaciones de olivos. El carril por el que circulamos se pierde para coger una senda por la que transcurrimos unos 150 m de longitud, ésta discurre entre parcelas de olivos jóvenes a mano derecha y olivar a mano izquierda. Esta senda desemboca nuevamente en un carril de unos 3,5 m de ancho. En este margen derecho

observamos un pequeño murete antes de llegar a un granado y junto al mismo una fuente de piedra denominada «Fuente del Piejo¯ situada a unos 4 m del eje de la vía pecuaria. Seguimos discurriendo por el carril unos 300 m pasando por cultivos de olivares a mano derecha y de almendros a la izquierda de la vía, en el margen derecho, se inicia un camino que asciende. Unos 200 m aprox. observamos resto de muro junto a un talud de desmonte de unos 4 ó 5 m de altura, este muro se encuentra en algunas partes perdido aunque aparecen restos del mismo, continuamos para encontrarnos con un carril que sale a mano izquierda. A mano izquierda observamos una alberca bastante ruinosa de forma circular realizada en piedra, situada en una parcela de olivar. En los últimos 100 m de este carril

observamos a mano derecha un muro de piedra en una parcela de olivos, este carril intersecciona con otro más transitado que conecta las «Lomas del León¯ con la carretera comarcal MA-159. Es el margen derecho de la vía y situado en la parcela

colindante a la vía pecuaria donde estaba situada «La casa de la plancha¯, hoy en día no queda ningún resto de ella. Cogemos este carril antes mencionado que se dirige a las Lomas del León, a nuestra izquierda descendemos unos 250 m entre olivares jóvenes a ambos márgenes.

Seguidamente la vía pecuaria sale a la derecha del carril antes mencionado, para recorrer unos 100 m y cortar a una torrentera en cuyo firme se encuentra hormigonado a lo largo de unos 6 m. Observamos juncos y pastizales a mano izquierda, además del carril anteriormente abandonado, a la derecha, sale un carril. Continuamos por el carril principal. Unos 200 m más adelante vemos a mano izquierda el final de un vallado metálico que se encuentra a unos 3 m del eje de la vía pecuaria y que limita a la finca conocida como «Cortijo Los Alamos¯, este vallado continúa a lo largo de unos 100 m. Pasamos por delante de una edificación propiedad de Antonio Sánchez Arcas, situado a mano derecha de la vía a escasos 3 m del eje aprox. A escasos metros de dicha vivienda observamos a mano izquierda un carril y la terminación del vallado anterior. Cruzamos una torrentera, vuelve a iniciarse un segundo vallado situado a escasos 2,5 m del eje en el margen izquierdo de la vía. Discurrimos por el camino llevando a mano izquierda un vallado existente y a mano derecha una finca de olivar en el que se aprecian olivos centenarios en su trazado, discurridos unos 250 m llegando a la puerta de entrada de la finca que teníamos a nuestra izquierda junto a la misma se observa un gran olivo centenario en donde las gentes del lugar nos afirman que se encontraba la «Ermita del Conejo¯ hoy en día desaparecida. Continuamos unos 150 m por la vía, seguimos teniendo a unos 3 m del eje de la vía pecuaria la alambrada anterior y a la derecha terreno de olivar labrado, escasos 50 m cortamos con una Obra de Fábrica. Discurridos unos

50 m corta a la izquierda con un camino y, a la derecha, olivares, destaca el color grisáceo de la vía, el carril tiene de 4 a 5 m de anchura.

Continuamos por el carril, empezamos a apreciar a nuestra derecha un murete de piedras de linde, para ascender por una vaguada existente entre olivares centenarios hasta desembocar nuevamente en el carril por el que anteriormente transitábamos, dejamos a mano izquierda grandes rocas y encinas. Transcurridos unos 100 m dejamos a la derecha carril que se dirige a parcela privada con una cadena en la entrada y a la izquierda olivos en una parcela labrada. A unos 80 m adelante observamos dos frondosas encinas, para escasos 20 m cortar una Obra de Fábrica, dejando a nuestra derecha talud de desmonte y a nuestra izquierda encinas, olivos, y algún almendro.

Seguidamente nos encontramos a unos 6 m del eje de la vía el eje de un depósito de agua existente, a nuestra izquierda en este punto nos situamos en el límite entre los términos municipales de Cútar y Comares, en donde coincide con la vía pecuaria núm. 2, denominada «Vereda de la Costa o de Riogordo y Loja¯ perteneciente al proyecto de Comares, que fue aprobado por Orden Ministerial el 9.12.71, publicándose en el BOE del

20.1.72 y en el BOP del 4.1.72.

Continuamos por el carril, el cual discurre entre dos grandes cortijos, apreciando a mano derecha un algarrobo centenario. Iniciamos a ascender por una cuesta terriza para a unos 100 m de los Cortijos mencionados observamos a nuestra izquierda un ramal de camino que se dirige a una casa particular. A escasos

30 m de la reseña anterior apreciamos a nuestra izquierda una torreta metálica de luz eléctrica, situada junto a un

algarrobo, observamos monte bajo con un fuerte talud de unos 4 m de altura. Tras pasar entre dos algarrobos nos salimos del camino de unos 3,5 m de anchura para adentrarse en una senda. La senda de aprox. 1 m de anchura discurre 250 m por la misma hasta desembocar en un carril de unos 3,5 m de anchura. El carril que se coge asciende entre monte bajo observando pitas en el margen derecho de la vía, el carril termina de ascender dejando a mano derecha el inicio de una finca de aguacates y a la izquierda monte bajo unos 50 m descendiendo por ella dejamos una senda que sale a mano derecha.

Seguimos discurriendo por el camino y a unos 150 m dejamos a la derecha un carril, continuamos dejando a nuestro margen derecho finca de mangos y a nuestra izquierda taludes de tierra y monte bajo. Seguidamente sale un carril a nuestro margen derecho. Continuamos en descenso teniendo en nuestro margen derecho. La plantación de aguacates y a nuestra izquierda talud de tierra y monte bajo, además de observarse el arroyo de la Mora, este carril es de unos 5 m de ancho con un fuerte descenso,

popularmente se conoce como «La cuesta del azúcar¯, la cual desemboca en la carretera que se dirige de Benamargosa a Riogordo -MA-159-, cortamos perpendicularmente dicha carretera para descender por un carril de gran pendiente hacia el río «Benamargosa o de la Cueva¯, penetramos por el río dejando a mano izquierda la desembocadura del arroyo de la Morra, continuamos aguas abajo discurriendo por el río de la Cueva. Unos 200 m aguas abajo cortamos a un peculiar puente metálico de color rojo de escaso 1 m de ancho situado a unos 8 m sobre el cauce del río, seguidamente cortamos una presilla de unos 2 m de altura respecto al cauce, sobre el mismo discurre un carril que corta a la vía pecuaria. En este punto observamos una gran frondosidad de cañas en el margen derecho del río. Más adelante apreciamos un pequeño muro a nuestra derecha junto a una parcela de cítricos y viñas, dicho muro se encuentra rotulado con la palabra «Coto¯, realizado con pintura de color blanco, a la izquierda se observa vegetación diversa junto a un gran eucalipto. Continuamos descendiendo aguas abajo,

observamos un muro de ladrillos vistos con cultivo de viñas y cítricos, en el margen izquierdo del río, además se observa unas ruinas junto a unos engranajes de hierro oxidado

posiblemente de una antigua noria o molino. A nuestra derecha se observa arboleda diversa, encinas, olivos, etc. Cortamos con la V.P. Núm. 3.

Cortamos al viaducto bajo el mismo, sobre la cual discurre la carretera que se dirige desde Benamargosa a Riogordo MA-159. A escasos 80 m del punto anterior la vía gira a la derecha por una calle del barrio de «La Zubia¯ de unos 4 m de ancho, en dicha entrada observamos una casa en ruinas a nuestra derecha a unos 4,5 m y una torreta metálica a la izquierda. En este punto gira la vía 90º introduciéndose en el barrio de La Zubia. Discurrimos por el mismo unos 200 m en la que se observa viviendas especialmente en el margen izquierdo de la misma. Seguidamente nos incorporamos a la carretera MA-159, desde un carril hormigonado de unos 4 m de ancho que se dirige hacia La Zubia. Unos 100 m discurrido en dirección Benamargosa dejamos a nuestra izquierda un carril, continuando por dicha carretera nos encontramos un cruce a nuestra derecha que se dirige hacia Comares, en este podemos apreciar señal indicatoria de «Comares

7 km¯ y otra que nos indica «Ruta de la pasa¯, a nuestra izquierda tenemos plantación de cítricos y a la derecha aguacates. Seguimos por dicha carretera MA-159. Continuamos por la carretera hasta llegar a la entrada del Salto del Negro, giramos a nuestra izquierda penetrando en dicho barrio del Salto del Negro por la Calle Real, la carretera por la que discurre tiene unos 5 m de ancho con viviendas a ambos lados, discurrimos por ella unos 300 m para salir de la misma, encontrándonos a mano izquierda de la vía un cartel anunciador de dicha pedanía. La C/ Real desemboca en la carretera MA-159, giramos a mano izquierda para circular unos 150 m por la misma hasta llegar a un puente que cruza el río «Benamargosa o de la Cueva¯. Toma la línea divisoria entre los términos de

Benamargosa y Cútar, en donde está clasificada como la vía núm.

2 denominada «Vereda del Borgue¯, según el proyecto de

clasificación de vías pecuarias del término municipal de Benamargosa, aprobado por Orden Ministerial el 24.44.79, publicándose en el BOE del 26.12.79 y en el BOP del 6.1.80. Desde este punto y durante unos 1.300 m la vía pecuaria discurre por el límite municipal entre Cútar y Benamargosa, afectándole con la mitad de la anchura legal a ambos términos municipales.

Asciende entre viñas hasta desembocar en la parte alta de dicha montaña. La vía corta la carretera comarcal MA-146 en una curva pronunciada junto a unas torretas de alta tensión, asciende para pasar junto a un depósito de agua, a partir de este punto el carril se encuentra prácticamente intransitable, el mismo discurre entre viñedos a ambos lados hasta llegar a un antiguo cortijo en ruinas, perteneciente a Juan Antonio Alarcón, alias «Tacones¯, aparece rotulado en la cartografía como el cortijo de «Los Natías¯. Continúa ascendiendo para después coger una senda entre viñedos en nuestro margen derecho cogiendo

dirección Oeste, discurrimos por dicha senda hasta desembocar en un carril existente en la divisoria de la montaña entre los términos de Cútar, Almárchar y el Borge. En este punto se desvía un ramal a nuestra izquierda de escasos 150 m que va discurriendo por el límite de términos municipales hasta llegar al término municipal de Benamargosa en donde continúa por la vía pecuaria núm. 3 denominada «Vereda de Málaga¯, según proyecto de clasificación aprobado por Orden Ministerial del

27.11.79, publicándose en el BOP del 26.12.79 y en el BOP del

6.1.80. El ramal principal continúa unos 450 m dirección Oeste desde el punto anterior, divisoria de aguas y de términos para finalizar en el mojón trifásico de los términos de Cútar, El Borgue y Almáchar, en cuyo término municipal se encuentra clasificada como la vía pecuaria núm. 3 denominada «Vereda de las Lomas de Cútar¯, cuyo proyecto de clasificación fue aprobado el 17.12.79, publicándose en el BOE del 18.1.80 y en el BOP del 16.1.80.

Nota: En los trazados de la vía pecuaria en el que discurre por los viales existentes, en este caso el vial MA-159 y MA-146, si la anchura es inferior a 20 m se clasificará únicamente la diferencia entre la anchura del vial y la anchura legal.

En el recorrido de esta vía pecuaria se observa el tránsito de la misma por la barriada o pedanía denominada Salto del Negro que a la vista de las fotografías contenidas en el expediente y de la descripcibn, así como de la información facilitada por la Delegación en oficio 3080 de fecha de entrada 14 de febrero de

2000, se trata de un núcleo urbano consolidado, aunque no se haya producido la declaración de suelo urbano. En este tramo de unos 300 m de longitud, la vía pecuaria se adaptará al ancho del vial (5 m según se extrae de la descripción de la

clasificación), de forma que se mantenga la continuidad de la misma, lo cual quedará reflejado en la resolución de la Clasificacion.

Vía pecuaria Núm. 2. Vereda de Antequera.

Anchura legal: 20 m.

Dirección: Sur-Norte.

Longitud total-teórica: 1.295 m.

Arranca desde la línea límite municipal entre Cútar y La Viñuela procedente del término de La Viñuela, en donde está clasificada como la vía núm. 2 con igual denominación, según proyecto de clasificación de dicho término que fue aprobado por Orden Ministerial el 10.4.80, publicándose en el BOE del

13.6.80 y en el BOP del 15.5.80.

Coincidiendo con un carril existente conocido como camino de la «Costa¯ o antiguo camino «Porcuna¯ discurriendo el eje de la vía pecuaria coincidente con la línea de límite municipal entre Cútar y La Viñuela para seguidamente cortar con la carretera conocida como del «Arco¯ A-352. Tras dejar el término de La Viñuela continúa por la línea de límite municipal entre Cútar y Periana que sirve del eje de la misma. La vía transcurre por un carril de unos 2,5 m de ancho, se aprecia a mano derecha vista del pantano de La Viñuela, Alcaucín y Canillas. Iniciamos la ascensión por dicho carril, dejamos a la izquierda la carretera A-352. Continuamos por dicho carril para pasar por unos linderos de roca a mano derecha e izquierda junto a una parcela de olivar joven.

Es en el punto 0+750 respecto al origen donde pasamos por el cortijo de «La Mojonera¯, a mano izquierda a escasos metros del cortijo apreciamos frondosos eucaliptos, seguimos avanzando, pasando por una chumbera a mano derecha. La vía va

prácticamente paralela a la carretera A-352.

Tras cruzar unas tablillas de coto la vía asciende hasta llegar al cortijo Morrón con gran cantidad de chumberas junto al mismo, pasado el mismo unos 250 m termina el t.m. de Cútar y penetrando en el termino de El Borge.

En todo el trazado el eje de la vía pecuaria discurre por la línea de límite municipal entre Cútar con La Viñuela y Periana, afectándole con la mitad de la anchura propuesta al término municipal de Cútar.

Vía pecuaria Núm. 3. Colada de la Peña de Hierro.

Anchura legal: 8 m.

Dirección: Sur-Norte.

Longitud total-teórica: 11.847 m.

Procede del término municipal de Borges, arranca en la

divisoria que hace de límite entre el término de Borges y Cútar, por la vía núm. 4 denominada «Vereda de Cútar¯, cuyo proyecto de clasificación fue aprobado el 14.4.75 y publicado en el BOE del 10.6.75 y en el BOP del 26.6.75. Todo el término de Cútar es coto de caza MA-10.247.

Pasa por los terrenos de Francisco Rey Muñoz a mano izquierda con plantaciones de viña, y en el lado derecho deja los terrenos propiedad de Juan Gutiérrez Pineda, igualmente con viñas. Dicho carril avanza con una anchura de unos 3,5 m aproximadamente penetra en un pequeño desmonte girando a la izquierda a escasos 20 m de inicio. Podemos observar a mano derecha de la vía una panorámica de Cútar. En el p.k. 0+100 intersecciona con una línea de teléfonos que corta la vía por aire. El carril realiza curva y contra curva aumentando y disminuyendo su anchura. En el p.k. 0+150 la vía gira a la izquierda dejando a su derecha un olivo y una encina. Pasamos por terrenos de Teresa Pineda Pineda, con plantaciones de olivar. Seguidamente, la vía coge una recta, gira a la derecha transcurre escasos metros y vuelve a girar en sentido

izquierdo, en esta curva por el lateral derecho enlaza un camino particular (p.k. 0+225).En este punto hay un cambio de propiedades dejando a la derecha viñas (de unos 4 años) propiedad de Antonio Lozano Ruiz y a la izquierda viñas de Sebastián Ruiz Ruiz. En el punto 0+350 se aprecia a mano izquierda una malla que hace de linde entre dos propietarios, unos 50 m más adelante se observa a la izquierda dos pitas en la parte alta de un talud, dicha parcela en este margen izquierdo es propiedad de Rafael Clavero Muñoz, a la derecha se observa un olivo. En el punto O+450 la vía pecuaria

intersecciona con una vaguada que a su vez hace de linde pasando por el lado izquierdo por terrenos de Miguel lozano Ruiz con plantaciones de olivo y a la izquierda terrenos de Teresa Pineda Pineda con olivos. En el punto 0+550 se aprecia un muro de contención de piedra, a mano izquierda propiedad de Antonio Alacrán Pérez se observan olivos, en el lado derecho terrenos con olivos de Antonio Pinos Coín, en esta curva se aprecian unas pitas junto a la vía. En el punto 0+600 entramos en el lado izquierdo en terrenos de Juan Gutiérrez Pineda con plantación de olivos y a mano derecha observamos olivos y almendros siendo el propietario el anteriormente citado. En el punto 0+900, el carril ha sido hormigonado hasta empalmar con la carretera comarcal MA-146, una vez que cruzamos la carretera penetra en el casco urbano de Cútar por la calle Málaga, penetrando en dicha calle a través de unas escaleras que descienden a la misma. Salimos del casco urbano de Cútar dejando a mano derecha el colegio público Pablo Ruiz Picasso, en el que se imparte 1. ciclo de ESO.

Cogemos un carril hormigonado de unos 4 m de ancho, iniciamos su descenso dejando a la derecha olivos propiedad de Teresa Pineda Pineda, a este carril se le conoce como «La cuesta de Cútar¯, seguidamente gira a la derecha, dejando a mano

izquierda propiedad de Antonio Lozano Ruiz con plantaciones de olivos, seguimos descendiendo dejando a mano izquierda unos eucaliptos, en el margen derecho observamos monte público del Ayuntamiento de Cútar.

En el punto 1+700 nos encontramos a mano derecha una cuneta que discurre paralela al eje de la vía durante unos 40 m

aproximadamente, al final de la misma la vía gira a la

izquierda y la cuneta mencionada aparece esta vez en el lado izquierdo de la vía, el terreno a ambos lados es monte bajo, con matorrales.

En el punto 1+800 el carril en su descenso deja a mano

izquierda plantaciones de olivos y almendros dispersos

propiedad de José Gutiérrez Pineda. Se observa en este lateral izquierdo de la vía rocas encaladas. Unos 100 m aproximadamente más adelante observamos todo el valle del río Cútar, así como casas aisladas con algunos paseros, al fondo se observa la Maroma. En el punto 2+000 donde la vía es cruzada por una línea de baja tension, justo antes de penetrar en el río Cútar dejamos a mano derecha un carril, frente a nosotros se observa «Las lomas del chopo¯.

Se inicia el descenso del río Cútar por su eje, dejamos una plantación de limones propiedad de Miguel Alacrán Ruiz, dicha parcela dispone de un muro de defensa para posibles avenidas, además de un pozo y una antigua noria.

En el punto 2+150 intersecciona con la vía una línea de baja tensión, seguimos descendiendo observando a mano derecha un depósito de agua de riego situado junto a una finca de

aguacates propiedad de José Pineda Pineda, en dicha parcela se aprecia un muro de contención de cemento que termina junto a un cañaveral.

En el punto 2+400 deja a mano izquierda una parcela en que se observan dos vehículos abandonados y bastante chatarra en la misma, esta parcela dispone de un muro de contención. Una vez que dejamos la parcela anteriormente citada observamos un carril de unos 2,5 m de ancho que sale a mano izquierda, corresponde al ramal de la V.P. núm. 3a, que se dirige hacia Comares, en donde se clasifica como la vía pecuaria núm. 5, denominada «Colada de Benamejí y Benamargosa¯, según el proyecto de clasificación aprobado por Orden Ministerial el

9.12.71, publicándose en el BOE el 20.1.72 y en el BOP el

4.1.72. Este ramal cruza una pequeña explotacion agrícola para discurrir seguidamente por un carril existente en estado de semi-abandono para abandonarlo a unos 200 m del municipio de Comares y discurrir ascendentemente hasta llegar y penetrar en el t.m. de Comares.

Seguimos avanzando río abajo dejando a mano derecha parcela de Miguel Recio Muñoz con plantaciones de limones, igual que en el margen izquierdo de la vía propiedad de Herederos de Manuel Arcas Ruiz, una vez que dejamos esta última propiedad en el punto 2+500 llegamos a la desembocadura del arroyo de La Dehesa penetrando en dicho arroyo a mano izquierda del río Cútar, éste posee una anchura de 3 m aprox. Vamos recorriendo el citado arroyo dejando a mano derecha «La huerta del Cura¯ con un muro de contención. A mano izquierda se observa talud de tierra y resto de muro en ruinas.

En el punto 2+700 la anchura pasa de 3 m ampliándose a 8 m variable, donde intersecciona con el arroyo «La Merina¯ que desemboca a mano izquierda de la vía. Escasos metros adelante sale un carril a mano derecha, en el se observa una cadena de acceso al mismo, en el margen izquierdo observamos plantación de aguacates de M.ª Antonia Alejo González conocida como «La Huerta de Dios¯.

Continuamos arroyo arriba en dirección N-E.

En el punto 2+900 deja a la derecha un muro y pasamos por debajo de una tubería de agua, seguidamente salimos del arroyo girando a través de un camino 180º a mano derecha, dicho camino se inicia con una fuerte ascensión.

En el punto 3+000, la vía gira bruscamente hacia la izquierda, en este margen izquierdo observamos monte bajo propiedad de José Mérida Bermúdez y a la derecha sigue perteneciendo a la «Huerta del Cura¯, anteriormente citada. Seguimos avanzando por dicho carril, con una anchura aproximada de 6 m, hasta cruzar una torreta de alta tensión situada en el margen derecho de vía tras girar anteriormente a mano derecha, la vía sale del camino existente a través de una senda de escaso 1 m de ancho, avanza a través de retamas dejando un olivo a mano izquierda y otro más adelante a unos 50 m a mano derecha, subimos por una chorrera hasta volver a enganchar la pista por la que

circulábamos, justamente enfrente de dos depósitos de gran tamaño de forma circular.

En el punto 3+100 cogemos el carril e iniciamos en dirección Norte su ascenso entre retamas y monte bajo, escasos 100 m más adelante deja a mano izquierda un poste metálico de luz que corta el tendido aéreamente, en este punto y a ambos márgenes de la vía los terrenos por la que discurre pertenecen a Herederos de José Mérida Bermúdez, con retama y monte bajo.

En el punto 3+350 sale un carril particular a mano izquierda junto a un gran algarrobo, la vía gira hacia la derecha para, tras salirse de ella, coger una senda a mano izquierda de un 1 m de ancho por un terreno rocoso entre bolinas y retamas discurre escasos 50 m para volver a coger la pista que

traíamos. A escasos 10 m del eje y a mano izquierda, justo encima de una loma observamos un caserón en ruinas.

Transcurrido unos 200 m por dicho carril, dirección norte, ia pista realiza una curva a derecha e izquierda en un terreno bastante rocoso en el que se observa a mano izquierda un talud de gran tamaño, en esta segunda curva sale a mano derecha, un carril particular hacia finca. Antes de girar a mano izquierda por dicha curva apreciamos que sale a mano izquierda una senda bastante angosta de escaso 1 m de ancho, esta senda forma una especie de pasillo, por donde discurre la vía pecuaria, la cual, transcurridos escasos 10 m, vuelve a la pista.

Continuamos por el carril en descenso entre bolinas y olivos a ambas márgenes. En el punto 4+000 donde se inicia una fuerte ascensión de la vía pecuaria, la vía realiza curvas y

contracurvas hasta llegar a la carretera comarcal de Comares MA-169.

Enganchamos con la carretera en dirección Comares,

transcurridos unos 200 m por la misma nos desviamos a mano derecha, cogiendo un carril de unos 3 m en dirección Norte, ascendemos por él dejando a mano derecha retama y monte bajo y a la izquierda olivar disperso, transcurrido 100 m dejamos a mano derecha un camino en el que destaca una viga de acero clavada sobre el terreno con una cadena enganchada a la misma. Escasos 10 m más al norte por dicho carril la vía gira 90º hacia la derecha situándonos en este punto en el límite entre los términos de Comares y Cútar.

En esta zona de gran belleza paisajística podemos observar: la pedanía de La Molina, el río Benamargosa, y Peña del Hierro.

Seguimos avanzando por dicho carril conocido como Lopera, a unos 300 m del inicio del carril dejamos a mano izquierda un algarrobo bastante viejo para después a escasos 10 m cruzarnos con un poste metálico de luz eléctrica. Llegamos a un cruce de carriles, ambos en dirección norte, cogemos el primer carril hormigonado en dicha dirección este discurre entre olivares a ambos márgenes, este carril hormigonado tiene una longitud aprox. de unos 50 m. A unos 100 m del inicio del carril hormigonado nos encontramos, a la izquierda propiedad de Miguel Lozano Muñoz, alias «Los Currillos¯ y a la derecha pequeños almendros jóvenes, la vía continúa en línea recta para girar después bruscamente hacia la izquierda unos 90º. A unos 250 m del inicio del carril hormigonado observamos retamas a ambas márgenes, volvemos a girar a la izquierda 180º en este caso seguimos avanzando por el carril, dejamos un algarrobo de tamaño considerable y retama a la derecha, seguimos bajando por el carril encontrándonos otro algarrobo a mano derecha y una curva de 90º hacia la izquierda de dicha curva, en dicho punto sale una senda a mano derecha de escasos 0,5 m. Podemos apreciar a mano izquierda un caserío en ruina y a mano derecha un frondoso algarrobo, continuamos descendiendo pasando por algunos cultivos a mano derecha hasta desembocar en el río Benamargosa o también llamado como río de la «Cueva¯, dejando la senda entre adelfas y desembocando en el río enfrente de cañaveral y eucalipto.

Cogemos aguas abajo, observamos los terrenos de labor de María Lucena Padilla y Manuel Lucena Gutiérrez a mano derecha. Transcurridos unos 200 m por el eje del río la vía pecuaria gira 90º a mano izquierda, para discurrir entre dos

edificaciones y conectar con la carretera que se dirige desde Benamargosa a Riogordo (MA-159), avanza por ella para girar a mano derecha y ascender por un carril hormigonado entre dos olivos centenarios y por la vivienda de Juan Alacrán. Este carril discurre en dirección norte cogiendo el eje de la vía pecuaria el filo derecho del mismo, no el centro del carril. Continuamos el carril hormigonado con una longitud de 100 m, termina y se convierte en terrizo, gira a la izquierda entre chumberas, ascendemos dejando a la izquierda camino que se dirige a una reciente construcción de Santiago Donato Santiago, el carril termina escasos 50 m más adelante cogiendo una senda a mano izquierda de unos 2,5 m de anchura que discurre por retamas. Seguimos ascendiendo dejando a la derecha unos bancales de piedra la senda se pierde momentáneamente entre vegetación existente discurriendo entre la huerta de aguacates y olivos a mano derecha, transcurridos escasos 50 m vuelve a aparecer la vía desembocando en un carril de unos 3 m de ancho, en este punto cambia los cultivos existentes con mango a mano izquierda y olivos a la derecha. Dejamos un muro de piedra que protege las raíces de un olivo a mano derecha, continuamos la ascensión dirección N-W ascendiendo por dicho carril de unos

3,5 m de ancho prácticamente abandonado, dejamos a nuestra izquierda la explotación de mango. Sigue ascendiendo la vía entre olivos. Este carril abandonado desemboca en una pista transitada actualmente con unos 6 m de ancho aprox. Iniciamos la ascensión en dirección norte, desde aquí se puede observar La Zubia a mano derecha y Cútar a izquierda. Avanzamos por el carril y a unos 20 m gira a la izquierda dejando en dicho margen izquierdo terrenos propiedad de Antonio de Orador Hijano. El carril sigue avanzando en dirección norte realizando curvas y contracurvas en toda su ascensión avanzando entre olivos principalmente a ambos márgenes.

Pasamos por una pequeña agrupación de casas conocidas como «Los Libraos¯, se observan un grupo de algarrobos centenarios junto a grandes rocas y a la derecha pitas e higueras. Se inicia un alambrado a mano derecha el cual termina junto

a un algarrobo, en este punto se produce otro corte con la línea electrica.

En el punto 1+000 tras dejar a mano izquierda un carril hormigonado que se dirige a «Los Libraos¯, nos encontramos a la derecha un hito señalizador del paraje de «La Peña del Hierro- Cútar¯, situado junto a grandes rocas que lo reguardan.

La vía continúa entre olivares a ambos márgenes, se inicia a descender ligeramente dejando a la derecha chumberas y olivos a la izquierda con un bancal de piedra. Continuamos unos 100 m pasamos por una antigua casa en ruinas propiedad de Miguel Gallego Hijano, a continuación dejamos un carril a mano derecha, con dirección Este, que se dirige a unas casas.

Seguidamente sale un camino a mano derecha que se dirige a la casa de Antonio Muñoz Gracia, dejamos este pequeño ascenso y gira la vía a la izquierda unos 90º. La vía corta con una línea eléctrica, unos 200 m del anterior punto sale un carril a mano derecha que se dirige a la propiedad de Antonio Muñoz Muñoz, a la izquierda observamos un olivo centenario. En este punto la vía se encuentra hormigonada con 4 m de ancho, avanzamos unos

50 m por dicho carril y entramos en el paraje de «La Loma León¯.

Interseccionamos con un camino a la izquierda que se dirige a la peña del hierro, se observa cartel anunciador de dicha ruta, numerándolo como ruta núm. 12, unos 50 m más adelante se acaba el carril hormigonado. Observamos la vivienda de la viuda de Sebastián Gutiérrez Ruiz a la izquierda, enfrente de la misma se aprecia hito anunciador de «Loma León-Cútar¯, también conocido como «Las Rozas¯.

Desde hito señalizador del paraje antes mencionado y escasos metros del mismo la vía gira a mano izquierda penetrando entre dos viviendas existentes y sobre un camino empedrado de escasos

1,5 m de ancho, deja a mano derecha valla metálica y a la izquierda piedras alineadas a lo largo de la vía, en el punto medio corta una línea eléctrica a la realenga. Avanzamos entre olivos centenarios a la izquierda y valla metálica hasta desembocar en un carril de unos 4,5 m de ancho que lo corta transversalmente, penetrando y discurriendo por una senda empedrada de unos 2 m de ancho, situada en terrenos del cortijo «Los Perdigones¯, continúa descendiendo hasta llegar al arroyo «Los Abuelos¯ que lo corta transversalmente para enganchar con un carril abandonado entre cultivos. Dejamos terrenos de trigo a la izquierda y plantaciones de olivos jóvenes a la derecha, continuamos por dicho carril de unos 3 m de ancho encontrándose casi perdido, corta carril para ascender entre cultivos de garbanzos a la izquierda y olivos jóvenes a la derecha. Continuamos hasta enganchar con una senda de 2,5 m de ancho con gran vegetación pasando junto a una antigua era que dejamos a mano derecha, a escasos metros llegamos por dicho carril que se encuentra más practicable al Cortijo del Medico, situado fuera del término municipal de Cútar.

ANEXO III A LA RESOLUCION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, DE FECHA 16 DE MARZO DE 2000, POR LA QUE SE APRUEBA LA

CLASIFICACION DE LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE CUTAR, PROVINCIA DE MALAGA

COORDENADAS ABSOLUTAS UTM DE LOS PUNTOS SINGULARES POR DONDE DISCURREN LAS VIAS PECUARIAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE CUTAR (MALAGA)

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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