Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 20/01/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 15 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican las becas para la realización de tesis doctorales (Anexo II),convocadas por Orden que se cita.

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Reunida la Comisión de Selección el 2 de noviembre de 1999 para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Base Séptima del Anexo II de la Orden de 2 de julio de 1999, por la que se regula la concesión de becas para la realización de Tesis Doctorales, y evaluados los expedientes personales de los solicitantes en base a los criterios especificados en dicha base, por cuanto se refiere al interés del tema base de la tesis, los expedientes académicos de los solicitantes y las actividades complementarias desarrolladas por los aspirantes, en uso de las atribuciones que la misma Orden en su punto tercero le confiere, esta Secretaría General Técnica

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar cuatro becas para la realización de Tesis Doctorales sobre temas turísticos, con la dotación que igualmente se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria

01.14.00.01.00.48000.12G.8, a:

- Don Benjamín del Alcázar Martínez, con DNI núm. 52.360.884, con una dotación de 1.000.000 de pesetas.

- Doña María Luisa Roca Fernández-Castanys, con DNI núm.

24.263.554, con una dotación de 1.000.000 de pesetas.

- Don Luis Pérez García, con DNI núm. 52.515.110, con una dotación de 965.000 pesetas.

- Doña María del Mar Galán Jiménez, con DNI núm. 25.691.501, con una dotación de 1.750.000 pesetas.

Asimismo, se designó como suplentes a:

- Don Pedro José Morales Navarrete, con DNI núm. 409.573.

- Doña Victoria Madrid García, con DNI núm. 44.263.569.

Los adjudicatarios, de conformidad con lo previsto en la Base Décima del Anexo II de la referida Orden, se comprometen a las siguientes actuaciones:

- Realizar los trabajos de investigación establecidos en el programa avalados por el Director de la misma.

- Presentar una memoria trimestral de las actividades realizadas y una final de la misma, en el plazo máximo de tres meses.

- Facilitar cuanta información les sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía, todo ello sin perjuicio de las obligaciones previstas en las letras a) a d) del artículo 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 15 de diciembre de 1999.- El Secretario General Técnico, Rafael Rodríguez de León García.

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