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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
1.º Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
SOCIEDAD DE GESTION DE SERVICIOS URBANOS, S.A. (SOGESUR, S.A.) PUENTE GENIL (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Uso doméstico 220,56 ptas./abon./mes
Uso industrial y comercial 454,65 ptas./abon./mes
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 15 m3/trimestre 39,62 ptas./m3 Más de 15 m3 hasta 30 m3/trimestre 52,93 ptas./m3 Más de 30 m3 hasta 50 m3/trimestre 67,45 ptas./m3 Más de 50 m3/trimestre 93,41 ptas./m3
Uso industrial y comercial
De 0 hasta 30 m3/trimestre41,51 ptas./m3
Más de 30 hasta 60 m3/trimestre 62,27 ptas./m3 Más de 60 m3/trimestre 91,92 ptas./m3
El resto de tarifas (Derechos de acometida y Fianzas) permanece vigente, según lo establecido en la Orden de 25 de junio de
1999, BOJA núm. 77, de 6 de julio de 1999.
2.º Desestimar la cuota de contratación al no ajustarse a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 en relación con el artículo
48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los arts. 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Sevilla, 8 de mayo de 2000
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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