Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 04/07/2000

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 9 de junio de 2000, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y la Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria («Boletín Oficial del Estado¯ de 1 de septiembre); el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado¯ de 11 de julio), y, en lo no previsto, por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado. Los concursos se tramitarán independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segunda. Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

Tercera. Deberán reunir, además, las condiciones específicas que se señalan en el artículo 4.1 ó 4.2 del Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre, según la categoría de la plaza y clase de concurso.

Cuarta. Quienes deseen tomar parte en los concursos remitirán la correspondiente solicitud a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, carretera de Utrera km 1, C.P. 41013, Sevilla, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯, mediante instancia, según modelo que se acompaña como Anexo II, debidamente cumplimentada, junto con los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico exigido, que en caso de haberse obtenido en el extranjero deberá haber sido homologado en España.

c) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base tercera para participar en el concurso.

La concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el mismo.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, la cantidad de 5.000 pesetas en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en el Monte Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla en la cuenta 2098-0028-08-

0102000115, abierta en esa Entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. Ingresos Varios¯, haciéndose constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado y plaza a la que concursa.

A la instancia deberá adjuntarse justificante acreditativo del pago de los derechos. La falta de este justificante determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

Quinta. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por cualquiera de los

procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación completa de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra dicha Resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante la Rectora Presidenta de la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexta. La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo I de esta convocatoria, teniendo las mismas un plazo no superior a cuatro meses para constituirse, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado¯.

Dentro de dicho plazo, el Presidente de la Comisión, previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales, convocando a todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso para realizar el acto de presentación de los concursantes, y con señalamiento del lugar, día y hora de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de dos días hábiles.

Séptima. En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de

26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto

1427/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado¯ de 11 de julio), en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos (Modelo currículum vitae en Anexo III).

Octava. En todo lo restante referente a convocatoria,

integración de las Comisiones, pruebas, propuestas,

nombramientos y reclamaciones se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado¯ de 26 de octubre), modificado parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y demás disposiciones vigentes que lo desarrollen.

Novena. Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro General de la

Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo

38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los

siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados

Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Décima. Contra esta Resolución podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-

administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 9 de junio de 2000.- La Presidenta de la Comisión Gestora, Rosario Valpuesta Fernández.

ANEXO I

Catedráticos de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

Plaza número 9/2000

Departamento: Derecho.

Area de conocimiento: «Derecho Financiero y Tributario¯. Actividad a realizar: Docencia e investigación en Derecho Financiero y Tributario.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Don Alvaro B. Rodríguez Bereijo, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid.

Secretario: Don Antonio Sánchez Galiana, Catedrático de la Universidad de Granada.

Vocales: Don Mariano Abad Fernández, Catedrático de la

Universidad de Oviedo; don Ernesto Eseverri Martínez,

Catedrático de la Universidad de Granada; don Juan Calero Gallego, Catedrático de la Universidad de Sevilla.

Comisión Suplente:

Presidente: Don Carlos Palao Toboada, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid.

Secretario: Don José Manuel Tejerizo López, Catedrático de Universidad de la UNED.

Vocales: Don Gabriel Casado Ollero, Catedrático de la

Universidad Complutense de Madrid; don Miguel Angel Collado Yurrita, Catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha; don Perfecto Yebra Martul-Ortega, Catedrático de la Universidad de Santiago de Compostela.

Plaza número 10/2000

Departamento: Ciencias Ambientales.

Area de conocimiento: «Fisiología¯.

Actividad a realizar: Docencia e Investigación en Fisiología Animal.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Don Carlos Acuña Castroviejo, Catedrático de la Universidad de Santiago de Compostela.

Secretario: Don Salvador González Barón, Catedrático de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Ginés M.ª Salido Ruiz, Catedrático de la

Universidad de Extremadura; don Enrique Aguilar Benítez de Lugo, Catedrático de la Universidad de Córdoba; don Roberto A. Gallego Fernández, Catedrático de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

Comisión Suplente:

Presidente: Don Bernardo Soria Escoms, Catedrático de la Universidad Miguel Hernández de Elche.

Secretario: Don Rafael Alonso Solís, Catedrático de la

Universidad de La Laguna.

Vocales: Don Manuel Mas García, Catedrático de la Universidad de La Laguna; don Rubén V. Rial Planas, Catedrático de la Universidad de Baleares; don Francisco Mora Teruel, Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid.

Profesores Titulares de Universidad

Clase de convocatoria: Concurso de méritos

Plaza número 11/2000

Departamento: Humanidades.

Area de conocimiento: «Lengua Española¯.

Actividad a realizar: Docencia e investigación en Lengua Española e Historia de la Lengua Española.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: Manuel J. Ariza Viguera, Catedrático de la

Universidad de Sevilla.

Secretario: Don Antonio Salvador Plans, Catedrático de

Universidad de Extremadura.

Vocales: Don Miguel Angel Rebollo Torío, Profesor Titular de la Universidad de Extremadura; don Francisco Díaz Montesinos, Profesor Titular de la Universidad de Málaga; doña M.ª

Concepción Ayala Castro, Profesora Titular de la Universidad de Málaga.

Comisión Suplente:

Presidente: Don Manuel Alvar Ezquerra, Catedrático de la Universidad Complutense de Madrid.

Secretario: Don José Perona Sánchez, Catedrático de la

Universidad de Murcia.

Vocales: Don José M.ª Enguita Utrilla, Profesor Titular de la Universidad de Zaragoza; doña Josefa M.ª Mendoza Abréu, Profesora Titular de la Universidad de Sevilla; doña Catalina Fuentes Rodríguez, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Sevilla.

Ver Anexos en BOJA núm. 147, de 18.12.99, páginas 16.263 a

16.267

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