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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada, con fecha 29 de febrero de 2000, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 367/1999, promovido por Construcciones Odalas, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor.
F A L L O
Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña M.ª del Rocío López-Fe Moreno, en nombre y representación de Construcciones Odalas, S.L., contra la Resolución de fecha 6.10.99 e inadmitiéndolo respecto de la Resolución de fecha 10.5.99, debo declarar y declaro no haber lugar a las pretensiones formuladas por dicha parte, siendo a cargo de la recurrente las costas procesales que se hubiesen causado.
Sevilla, 13 de junio de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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