Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 08/07/2000

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Cádiz, sobre notificación de Propuesta de Resolución y Resolución de 4.3.00. Expte. 73/99/E.

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Don Juan Carlos Baeza Barrena, con domicilio en Santa Justa, núm. 6, de Sevilla.

Infracción: El pasado día 26 de junio de 1999, a las 4,19 horas, se encontraba abierto al público el establecimiento denominado «Chiringuito La Luna¯, sito en Zahara de los Atunes, término municipal de Barbate, encontrándose en su interior unas

35 personas consumiendo bebidas alcohólicas. Por una infracción al art. 1 de la Orden de 14.5.87, de la Consejería de Gobernación, en relación con el art. 8 de la Ley Orgánica

1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, tipificada dicha infracción en el art. 26.e) de la citada Ley. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, con los requisitos señalados en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Pago de sanción: El importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que esta Resolución adquiera firmeza en vía administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes, contado desde la fecha de la notificación de la presente Resolución, sin que haya interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo anterior. En el supuesto de que se interponga el recurso aludido, el plazo señalado de treinta días hábiles para el pago en periodo voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la Resolución recaida en el mencionado recurso. Transcurridos los citados plazos sin que el pago haya sido efectuado, se remitirán las actuaciones a la Consejería de Economía y Hacienda, para la iniciación del cobro por vía de apremio. Adjunto se remite el impreso oficial 046 para hacer efectivo el pago de la sanción impuesta el plazo prevenido en el párrafo anterior, que se llevará a efecto en cualesquiera de las oficinas bancarias de nuestra Comunidad Autónoma, con posterior remisión a esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, de la hoja que en el referido modelo 046 se establece como ejemplar para la Administración, al objeto del debido control del abono de referencia.

El Delegado, José Antonio Gómez Periñán.

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