Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 18/07/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MALAGA

ANUNCIO de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura. (PP. 1294/2000).

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Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, con fecha 31 de marzo del año en curso, se han adoptado los siguientes acuerdos en expediente relativo a Modificación de Elemento del PGOU en C/ Carretería, 62-64, promovido de oficio:

«1.º Aprobar definitivamente la mencionada Modificación de Elementos del PGOU en C/ Carretería, 62-64, con el objetivo de cambiar la calificación de la parcela indicada, con 312 m, pasando de "edificable" a "espacio libre", y calificando la parte ocupada por la muralla (112 m) como equipamiento cultural de protección integral con arreglo a la documentación técnica que recibió la aprobación inicial fechada abril/1999, y a los informes obrantes en el expediente, todo ello en cumplimiento con lo dispuesto en los arts. 128.1 y 114 del Real Decreto Legislativo 1/1992 aplicable en virtud del artículo único de la Ley 1/1997, de la Junta de Andalucía.

2.º Disponer la publicación del presente acuerdo en el BOJA, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 29 y 32 del Decreto

77/1994 de la Junta de Andalucía, al corresponder a una competencia delegada, atribuida originariamente al Consejero de Obras Públicas y Transportes. No obstante, la publicación de las normas urbanísticas y ordenanzas se efectuará en el BOP a tenor de lo dispuesto en el art. 33.2 del citado Decreto y entrará en vigor en los plazos marcados en los arts. 70.2 y

65.2 de la Ley de Bases del Régimen Local de 2 de abril de

1985.

3.º Dar traslado del presente acuerdo y de dos ejemplares diligenciados del documento de planeamiento aprobado a la Delegación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en cumplimiento con lo dispuesto en el art. 27 del Decreto 77/1994.¯

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el acuerdo transcrito podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el mismo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la presente publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio y finalizará el día que termine el plazo de la última publicación que se efectúe en el BOJA, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, se significa que contra el acto o acuerdo que resuelva el recurso de reposición podrá interponerse igualmente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresamente del recurso de reposición. Si no se hubiese resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación el régimen de actos presuntos a tal efecto regulado en el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Málaga, 24 de abril de 2000.- La Alcaldesa, P.D.

Teniente-Alcalde Delegado de Urbanismo, Viviendas, Obras y Desarrollo Territorial, Francisco de la Torre Prados.

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