Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 27/07/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 3 de julio de 2000, de la Delegación del Gobierno de Almería, sobre subvenciones que se citan.

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Resolución de 3 de julio de 2000, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales para la mejora de su infraestructura en el ejercicio 2000, las Entidades que se relacionan en el Anexo presentan ante esta Delegación del Gobierno, dentro del plazo establecido, las solicitudes de subvención por los importes y para las finalidades que, asimismo, se indican, acompañadas de la documentación exigida en el artículo 8 de la Orden.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. El artículo 3.º de la Orden citada dispone que serán actuaciones subvencionables las tendentes a mejorar la infraestructura local -incluida la adquisición de los bienes inmuebles que sean precisos para ello-, así como el mobiliario y/o enseres de aquellas, Entidades Públicas cuyas carencias impidan o dificulten la adecuada prestación de los servicios que legalmente tienen atribuidos y, preferentemente, las relativas a equipamiento y obras de primer establecimiento, reforma, reparación y conservación de Casas Consistoriales, dependencias municipales o edificios destinados a la prestación de servicios públicos de las Entidades Locales y Entidades Públicas de carácter supramunicipal, y adquisición de bienes inventariables.

Segundo. El artículo 5 de la Orden citada dispone que las subvenciones concedidas se financiarán con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario 766.00.81.A.

Tercero. El artículo 10 de la Orden citada delega las competencias para resolver las subvenciones cuya cuantía no exceda de cuatro millones de pesetas -24.040,45 euros- en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Evaluado el expediente, y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Conceder a las Entidades que se relacionan en el Anexo las subvenciones por el importe y para las finalidades que, asimismo, se indican.

Segundo. Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse durante el ejercicio presupuestario de 2000.

Tercero. Las subvenciones otorgadas se harán efectivas mediante el abono de un primer pago correspondiente al 75% de su importe, librándose el 25% restante una vez se haya justificado el libramiento anterior, salvo que los límites establecidos en las Leyes anuales de presupuestos permitan un solo pago.

Cuarto. La justificación de la subvención percibida se realizará ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, como se indica a continuación:

a) En el plazo de seis meses desde su percepción, se justificará el primer pago correspondiente al 75% de la subvención, aportando la siguiente documentación:

- Certificación en la que conste haber sido registrado en la contabilidad de la Entidad el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

- Certificación acreditativa de los gastos efectuados con cargo al 75% percibido, en base a las certificaciones de obras ejecutadas, o a los justificantes de los gastos realizados cuando se trate de obras ejecutadas por la propia

Administración o de adquisición de bienes inventariables, todo ello hasta el límite del importe efectivamente abonado en este primer pago de la subvención.

b) El importe definitivo de la subvención se liquidará

aplicando al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por el beneficiario, según su justificación, el porcentaje de financiación de la Junta de Andalucía, definido en la resolución de concesión.

En el plazo de seis meses desde su percepción, se justificará el segundo pago, correspondiente al 25% de la subvención, debiéndose aportar la siguiente documentación:

- Certificación en la que conste haber sido registrado en contabilidad el ingreso del importe percibido, con indicación expresa del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

- Certificación acreditativa de los gastos efectuados con cargo al 25% restante, en base a las certificaciones de obras ejecutadas o a los justificantes de los gastos realizados cuando se trate de obras ejecutadas por la propia

Administración o de adquisición de bienes inventariables.

- Certificación final de las obras realizadas o, en el caso de adquisición de bienes inventariables, acreditación del inicio de trámite de inscripción en el inventario de la Entidad Local.

Sexto. La Entidad beneficiaria tendrá las siguientes

obligaciones:

a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, acreditando ante esta Delegación del Gobierno la aplicación de los fondos en la forma y plazos establecidos en la presente Resolución.

b) El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Gobernación, sin perjuicio de las de control que correspondan al Tribunal de Cuentas, a la Cámara de Cuentas de Andalucía y a la Intervención General de la Junta de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por estos órganos.

c) Comunicar a esta Delegación la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales.

d) Hacer constar, en toda publicidad que se haga del objeto subvencionado, que el mismo ha sido financiado por la

Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en todos y cada uno de los supuestos establecidos en el art. de la Ley de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de

Andalucía, con las consecuencias, en cuanto a la exigencia o no de interés de demora, que para cada uno de ellos establece el citado precepto legal.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida

posteriormente en reposición ante esta Delegación del Gobierno o ser impugnada directamente ante el Orden Jurisdiccional

Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha

Jurisdicción.

Almería, 3 de julio de 2000.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

A N E X O

SUBVENCIONES CONCEDIDAS A ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALMERIA CON CARGO A LA ORDEN DE 30 DE DICIEMBRE DE 1999 PARA MEJORA DE SU INFRAESTRUCTURA EN EL EJERCICIO DE 2000

Entidad: Ayuntamiento de Alicún.

Importe: 1.500.000 ptas. (9.015,18 euros).

Finalidad: Construcción otras dependencias municipales.

Entidad: Ayuntamiento de Almería.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: Equipamiento mobiliario Centro 3.ª Edad en el Alquián.

Entidad: Ayuntamiento de Almócita.

Importe: 1.400.000 ptas. (8.414,17 euros).

Finalidad: Ampliación del Cementerio Municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Bentarique.

Importe: 2.500.000 ptas. (15.025,30 euros).

Finalidad: Equipamiento de bar-restaurante.

Entidad: Ayuntamiento de Canjáyar.

Importe: 2.100.000 ptas. (12.621, 25 euros).

Finalidad: Barredora adaptable a vehículo dumper.

Entidad: Ayuntamiento de Castro de Filabres.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: Colocación de barandas seguridad en calles.

Entidad: Ayuntamiento de Chercos.

Importe: 1.184.305 ptas. (7.117,82 euros).

Finalidad: Reparación y mejora Casa Consistorial.

Entidad: Ayuntamiento de Félix.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: Adaptación de solar para aparcamientos.

Entidad: Ayuntamiento de Fines.

Importe: 4.000.000 de ptas. (24.040,48 euros).

Finalidad: Adquisición de una barredora y de un vehículo para Policía Local.

Entidad: Ayuntamiento de Los Gallardos.

Importe: 2.000.000 de ptas. (12.020,24 euros).

Finalidad: Adquisición mobiliario para Edificio Social y Cultural.

Entidad: Ayuntamiento de Instinción.

Importe: 4.000.000 de ptas. (24.040,05 euros).

Finalidad: Ampliación de alcantarillado.

Entidad: Ayuntamiento de Laujar de Andarax.

Importe: 1.210.926 ptas. (7.277,81 euros).

Finalidad: Instalación área de juegos Parque Infantil.

Entidad: Ayuntamiento de Laujar de Andarax.

Importe: 1.682.657 ptas. (10.113,03 euros).

Finalidad: Renovación mobiliario municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Laujar de Andarax.

Importe: 1.998.400 ptas. (12.010,63 euros).

Finalidad: Instalación de aire acondicionado y calefacción.

Entidad: Ayuntamiento de Lubrín.

Importe: 2.200.000 ptas. (13.222,27 euros).

Finalidad: Obras en el Cementerio Municipal.

Entidad: Lucainena de las Torres.

Importe: 2.200.000 ptas. (13.222,27 euros).

Finalidad: Adquisición vehículo para conservación y

mantenimiento de edificios.

Entidad: Ayuntamiento de Macael.

Importe: 3.200.000 ptas. (19.232,39 euros).

Finalidad: Adquisición vehículo Policía Municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Oria.

Importe: 2.973.582 ptas. (17.871,59 euros).

Finalidad: Ampliación y conservación Cementerio Municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Padules.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: Adquisición barredora municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Purchena.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: Climatización Apartahotel Municipal - Equipo Informático.

Entidad: Ayuntamiento de Somontín.

Importe: 2.000.000 de ptas. (12.020,24 euros).

Finalidad: Reparaciones en Casa Consistorial - adquisición fotocopiadora - construcción nichos Cementerio.

Entidad: Ayuntamiento de Sorbas.

Importe: 2.000.000 de ptas. (12.020,24 euros).

Finalidad: Adquisición barredora municipal y mobiliario oficina.

Entidad: Ayuntamiento de Terque.

Importe: 3.000.000 de ptas. (18.030,36 euros).

Finalidad: 1.ª Fase equipo y acondicionado almacén municipal.

Entidad: Ayuntamiento de Urrácal.

Importe: 2.866.476 ptas. (17.227,87 euros).

Finalidad: Demolición Casa Consistorial y adquisición

fotocopiadora.

Entidad: Ayuntamiento de Vélez-Blanco.

Importe: 3.184.200 ptas. (19.137,43 euros).

Finalidad: Instalación alumbrado público entrada Topares.

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