Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 29/07/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Salud

RESOLUCION de 23 de junio de 2000, de la Delegación Provincial de Córdoba, por la que se hace pública la Resolución que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

A los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efectos la notificación de la Resolución recaída en el expediente iniciado por esta Delegación Provincial a la industria propiedad de López Domínguez, Juan Carlos, para que formulase solicitud de convalidación o baja en el Registro General Sanitario de Alimentos, se pone en conocimiento que con fecha 1 de junio de

2000 se ha procedido por parte de la Ilma. Sra. Directora de Salud Pública y Participación a dictar la siguiente Resolución:

Visto el expediente de la industria propiedad de López Domínguez, Juan Carlos, con núm. R.S. 26.0001487/CO, dedicada la actividad de fabricación y/o elaboración y/o transformación de patatas fritas y productos de aperitivo, envasado de patatas fritas y productos de aperitivo, con domicilio en Benito Rojas,

10, de Bujalance (Córdoba).

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 5.3.1987, la mencionada industria quedó inscrita en el Registro General Sanitario de Alimentos.

Segundo. Con fecha 6.3.2000 (núm. salida 6.045, de 7.3.2000) se le requiere por carta, con acuse de recibo, para que formule la solicitud de convalidación o de baja, en el plazo de 10 días.

Tercero. Con fecha 10.3.2000, el interesado recibe el requerimiento, sin presentar solicitud alguna en el plazo establecido.

Cuarto. Con fecha 3.5.2000 tiene entrada en la Consejería de Salud la propuesta de anulación de la Autorización Sanitaria de funcionamiento debidamente motivada.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Dirección General es competente para adoptar la Resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo.º del Decreto/96, de 2 de julio, sobre la reestructuración de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud.

Segundo. Que revisada la documentación mencionada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo.2 del R.D./91, de

29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, la cancelación de los asientos registrales se producirá a petición del interesado o de oficio por razones de exactitud en el Registro.

Vistos los antecedentes expuestos, normativa citada y demás de general aplicación, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. La anulación de la Autorización Sanitaria de funcionamiento y, en consecuencia, se procede a la cancelación de la inscripción de la industria.

Segundo. Notificar la presente Resolución al interesado, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interporner, de conformidad con lo previsto en el artículo de la Ley/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Salud, en el plazo de un mes.

Sellado y rubricado: La Directora General, M.ª Antigua Escalera Urkiaga.

Córdoba, 23 de junio de 2000.- El Delegado, Jesús M.ª Ruiz García.

Descargar PDF