Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 25/01/2000

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta Presidencia, con fecha de hoy, ha resuelto, de conformidad con lo establecido en el art. 5 del R.D.896/91, de de junio, convocar las pruebas selectivas para la provisión de

1 plaza de Médico de Empresa, al servicio de esta Corporación, perteneciente a la plantilla de funcionarios, mediante el sistema de concurso-oposición libre, con sujeción a las siguientes bases, aprobadas por el Pleno Corporativo el 12 de febrero de 1999.

Lo que se publica para general conocimiento.

Córdoba, 22 de octubre de 1999.- El Presidente.

1.º Normas generales.

1.1. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión mediante concurso-oposición libre de una plaza de Médico de Empresa, incluida en la Oferta de Empleo Público de 1998, perteneciente a la plantilla de funcionarios e integrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, dotada con sueldo, trienios, pagas extraordinarias y retribuciones complementarias, de acuerdo con la legislación vigente.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 30/1984, de 2 de agosto; R.D. Leg. 781/86, de 17 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio; las bases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el R.D./95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

2.º Requisitos de los aspirantes.

Para participar en esta convocatoria será necesario reunirlos requisitos que a continuación se indican, de acuerdo con las condiciones generales de capacidad para el ingreso al servicio de la Administración Local, establecidas en el art. 135 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local:

a) Ser español o española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título exigido para la convocatoria(Licenciado en Medicina y Cirugía, especialidad en Medicina del Trabajo o Diplomado en Medicina de Empresa), o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

3.º Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de entrada de documentos de la misma, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.

Los interesados deberán unir a la solicitud fotocopia del DNI y justificante o comprobante de haber ingresado los derechos de examen a que se refiere el apartado 3.4. Deberán acompañar, igualmente, a la solicitud la documentación que justifique los méritos alegados, debidamente compulsada o cotejada conforme al artículo 158 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

3.2. Para ser admitidos a esta convocatoria bastará que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2.ª, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el art. 38.4 de laLey/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

3.4. Los derechos de examen quedan establecidos en mil

doscientas cincuenta pesetas, que se ingresarán en la cuenta corriente de Cajasur número 2024/6028/19/311094051.4, con la indicación «pruebas selectivas plaza (su denominación)Excma. Diputación Provincial de Córdoba¯.

Unicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará de oficio.

3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.º Admisión de los aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista de admitidos, así como la de excluidos. Dicha Resolución se publicará en el BOP, juntamente con la relación de excluidos y causas que han motivado la exclusión. Copia de dicha Resolución y copias certificadas de las relaciones de admitidos y excluidos se expondrán al público en el Tablón de Edictos el mismo día en que se remita a publicación en el BOP.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución en el BOP, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán

definitivamente excluidos de la convocatoria.

En la misma Resolución se hará público el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

5.º Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue y suplente.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue y suplente, con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma y suplente.

- Un representante de los empleados de la Corporación,

designado por la Junta de Personal, y suplente.

- Un técnico o experto, o un funcionario representante del servicio al que esté adscrito la plaza y suplente.

- Un empleado del Area de Personal y suplente.

Los Vocales del Tribunal deberán reunir las condiciones exigidas en el artículo 4 del R.D. 896/91, de 17 de junio.

5.2. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Diputación Provincial, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley/92. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de su Presidente y

Secretario y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes, indistintamente.

5.4. La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como la de sus suplentes, se hará pública en el

BOP conjuntamente con la Resolución a que hace referencial a base 4.ª

5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oírla opinión de técnicos especialistas, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes

ejercicios.

5.6. De conformidad con lo establecido en el R.D./88, de 4 de marzo, a efectos de indemnizaciones por asistencia, el Tribunal Calificador tendrá la categoría 1.ª

6.º Sistema de selección.

El sistema de selección será el de concurso-oposición.

Concurso: Los méritos alegados por los aspirantes se

calificarán según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria.

Las puntuaciones otorgadas se expondrán al público previamente al inicio de la fase de oposición.

No se valorarán méritos justificados con posterioridad ala finalización del plazo de presentación de instancias, salvo que se hubiese alegado la imposibilidad de aportar dicha

justificación en la solicitud de participación en la

convocatoria o dentro del referido plazo.

No obstante, quienes hayan prestado servicios en la Diputación Provincial de Córdoba harán constar tal circunstancia en la solicitud de presentación, interesando a la vez que por parte de los servicios de la Corporación se adjunte a su

documentación el correspondiente certificado de servicios prestados.

Fase de oposición. (El programa y contenido de los ejercicios se llevará a cabo de conformidad con el Anexo II.)

El primer ejercicio de la oposición no podrá comenzar hasta transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar y fecha de realización de dicho ejercicio se harán públicos conjuntamente con la

Resolución que se indica en la base 4.1.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

Comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios para la

celebración de los siguientes ejercicios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado los anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación.

7.º Desarrollo de los ejercicios.

7.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. La no presentación a cualquiera delos ejercicios en el momento de ser llamados comporta quede caiga automáticamente en su derecho a participar en el ejercicio de que se trate y en los sucesivos, y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.

No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie libremente el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o de haber finalizado cuando no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.

7.2. La actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan actuar conjuntamente comenzará por orden alfabético de apellidos a partir del primero de la letra ....,de

conformidad con el resultado del sorteo público único para todas las convocatorias que se celebren durante el año, que tendrá lugar con anterioridad al inicio de los ejercicios, para lo cual será anunciado previamente en el BOP, así como

posteriormente su resultado.

7.3. El Tribunal, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del aspirante.

8.º Calificación de los ejercicios.

8.1. Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios y se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

8.2. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos.

8.3. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en la forma prevista en la base 6.ª la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificaciones de las puntuaciones obtenidas.

8.4. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los

ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y de persistir, en el primer ejercicio y en los sucesivos por su orden, y de no ser posible deshacer el empate, se dilucidará por sorteo.

9.º Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado los ejercicios

eliminatorios, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final. Los interesados podrán interponer reclamación en el plazo de 3 días ante el Tribunal, y éste deberá resolver en idéntico plazo la reclamación.

La relación definitiva de aprobado/s, una vez transcurrido el plazo de reclamaciones, se expondrá en el Tablón de Anuncios y será elevada al Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. En dicha relación figurarán el/los aprobado/s por orden de puntuación, en número igual al de plazas convocadas. Contra dicho acuerdo del Tribunal, que no agota la vía administrativa, podrán interponerse por los interesados recurso ordinario, en el plazo de 1 mes, ante el Pleno de la Corporación.

Los opositores propuestos presentarán en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los

documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 2.ª, y que son:

9.1. Fotocopia del DNI, acompañada del original para su compulsa.

9.2. Copia autentificada o fotocopia, que deberá presentada del original para su compulsa, del título de Licenciado en Medicina y Cirugía (especialidad en Medicina del Trabajo o Diplomado en Medicina de Empresa), o justificante de haber abonado los derechos de su expedición.

9.3. Informe del Servicio Médico de Empresa de esta Corporación sobre la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a que se aspira.

9.4. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

9.5. Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de incapacidad específica conforme al artículo 36 del Reglamento de Funcionarios.

9.6. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, sobre

Incompatibilidades.

Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público del que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su

expediente personal.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso, se propondrá para su nombramiento a aquel candidato que le siga por orden de puntuación y que habiendo superado todos los ejercicios de la convocatoria no hubiese sido propuesto por no existir número suficiente de plazas a cubrir, requiriéndosele para que en el plazo de 20 días naturales presenten la documentación pertinente a efectos de poder ser nombrado.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la

Corporación, el opositor u opositores nombrado/s deberá/n tomar posesión en el plazo de 30 días hábiles, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Aquéllos que no lo hicieren en el plazo señalado, sin causa justificada, perderán el derecho a adquirir la condición de funcionario.

En el momento de la toma de posesión, el opositor u opositores nombrados prestarán juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/79, de 5 de abril.

El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley Reguladora de esta convocatoria.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulan la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes, que no sean las que

obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del Tablón de Anuncios.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía

administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

A) Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en esta Excma. Diputación Provincial en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación: 0,15 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la

correspondiente certificación expedida por el organismo competente:0,10 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, que deberán ser suficientemente acreditativos a través del contrato de trabajo visado por el Inem y certificados de cotizaciones a la

Seguridad Social o cualquier otro documento de igual fuerza probatoria: 0,05 puntos.

A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial. Máximo de puntos a otorgar en concepto de méritos

profesionales: 4,00 puntos.

B) Valoración de formación y perfeccionamiento.

Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Instituciones Públicas y las homologadas oficialmente para la impartición de cursos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo.

Podrá otorgarse por este apartado hasta un máximo de 3 puntos, aplicados de la siguiente forma:

b.1. Por la participación como asistente o alumno a cursos, seminarios, congresos y jornadas:

b.1.1. Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.

b.1.2. De 15 a 40 horas o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.

b.1.3. De 41 a 70 horas o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.

b.1.4. De 71 a 100 horas o de 13 a 20 días: 0,25 puntos. b.1.5. De 101 a 200 horas o de 21 a 40 días: 0,50 puntos. b.1.6. De 200 a 300 horas o de 41 a 60 días: 1 punto.

b.1.7. De 300 a 400 horas o de 61 a 80 días: 1,50 puntos. b.1.8. De más de 400 horas o de 80 días: 2,00 puntos.

Cuando se acredite que los cursos respectivos han sido

superados con aprovechamiento, la puntuación anterior se incrementará en 0,10 puntos.

b.2. Por la participación como Ponente en cursos, seminarios o jornadas: 0,10 puntos por cada uno, máximo 0,50 puntos.

C) Titulaciones académicas.

Por poseer titulación académica distinta a la exigida para el ingreso en la categoría y Grupo de Empleado, según lo

establecido en el art. 25 de la Ley 30/84, y que sea relevante para el desempeño de la plaza objeto de la convocatoria. Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, según el siguiente baremo:

- Grado de Doctor en una materia propia de la titulación exigida para la plaza: 2,00 puntos.

-Otra Licenciatura: 1,00 punto.

No se valorarán aquellas titulaciones que sean necesarias para obtener otras superiores puntuadas.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u

homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

D) Méritos específicos.

Por publicaciones, ponencias, etc. de carácter científico o técnico y que estén relacionadas con la plaza convocada se otorgará hasta un máximo de 1 punto.

ANEXO II

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, consistirá en desarrollar por escrito, en un período máximo de 4 horas, dos temas extraídos al azar de las materias comprendidas en el Bloque I de este Anexo. El ejercicio será leído por los candidatos en sesión pública. Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes sobre materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos.

Segundo ejercicio. Se desarrollará por escrito, durante un período máximo de 4 horas, y consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos iguales para todos los opositores, que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio y que estén relacionados con las funciones de la plaza a desempeñar.

Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de 4 horas, dos temas concreto extraídos al azar de las materias comprendidas en el Bloque II de este Anexo. Los ejercicios serán leídos por los candidatos en sesión pública. Se valorará los conocimientos sobre los temas expuestos.

Concluida la lectura de los temas, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes sobre las materias objeto de los mismos y pedirle cualesquiera otras explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de quince minutos.

T E M A R I O

BLOQUE I

1. La Constitución española de 1978. Antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantía y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. La Administración Pública española: Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma y

Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones de carácter general.

6. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y

participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

7. El acto administrativo: Concepto y clases de actos

administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. El procedimiento administrativo local. Recepción y Registro de Documentos. Comunicaciones y Notificaciones.

10. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

11. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

12. Organización y competencias municipales/provinciales.

13. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

14. El Servicio Público Local: Concepto. Formas de gestión directa e indirecta.

15. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y

certificados de acuerdos.

16. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos. Clases. Selección. Situaciones Administrativas. Provisión de Puestos de Trabajo. El personal laboral: Tipología y Selección.

17. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

18. Los contratos administrativos. Concepto, clases y

elementos.

19. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y

fiscalización.20. Concepto de Medicina del Trabajo y Empresa, Historia. Salud Laboral: Conceptos. Metodología de estudio. Prevención de la Salud Laboral. Condiciones de trabajo. Salud del trabajador. Relación Trabajo-Salud.

21. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Antecedentes. Objeto y Ambito. Especialidades en la Aplicación de la Ley a las Administraciones Públicas.

22. Derechos y obligaciones de los trabajadores y los

empresarios. Consultas y participación de los trabajadores. Responsabilidades, infracciones y sanciones. Paralización de trabajos.

23. Los Servicios de Prevención. Regulación legal. Acción en la empresa materia de prevención de riesgos: Evaluación y

planificación de la actividad preventiva. Auditorías.

Organización de los recursos para las actividades preventivas.

24. Servicios propios y ajenos a la empresa. Funciones y niveles de cualificación. Equipos multidisciplinares. El Personal Sanitario de los Servicios de Prevención. Funciones. Colaboración con el Sistema Nacional de Salud.

25. Los Servicios Médicos de Empresa: Nacimiento y regulación. Funciones. El Médico de Empresa. Relación Médico de Empresa y Empresario. Memoria Anual. Organización dela documentación y archivos. Calidad, concepto, garantía, proceso y resultado. Metodología en garantía de calidad.

26. Funciones asesoras y colaboradoras de los Servicios Médicos de Empresa a la empresa, trabajadores, al Comité de Seguridad y Salud, al Delegado de Prevención y Organismos oficiales. Equipos multidisciplinarios y funciones del Médico de Empresa, ATS/DUE, Psicólogo Industrial, Técnico de Seguridad. Otros.

27. Salud y Enfermedad. Enfermedad común y enfermedad

profesional. Concepto, clasificación y legislación de las enfermedades profesionales.

28. Incapacidad temporal. Protección por invalidez: Clases y grados de invalidez.

29. La Seguridad y Salud: Concepto y evolución. Distintos niveles de protección. Entidades colaboradoras. Mutuas

Patronales de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social: Conceptos y caracteres, requisitos para su constitución. Documentos de asociación. Actuaciones en materia de prevención de riesgos profesionales.

30. Epidemiología Laboral: Definición, conceptos, historia. Estudios más frecuentes, análisis del estudio transversal. Estudios de cohortes. Estudios de casos central. Sesgos.

31. La Ergonomía: Conceptos. Métodos de valoración. Análisis de los puestos o tareas. Criterios de valoración de los factores ergonómicos. Biomecánica ocupacional: Estructura. Antropometría y geometría del puesto de trabajo. Carga física. La ergonomía del ambiente físico. Trabajo mental. Los factores

organizacionales en ergonomía.

32. Riesgos profesionales de los trabajadores sanitarios: Siniestrabilidad laboral.

33. Accidentes de trabajo: Concepto, investigación. Trámites legales. Diferencia entre accidente e incidente de trabajo.

34. El control de la incapacidad temporal. Formas de control del absentismo laboral. La importancia del control del fraude. Los estándares de duración. Simulación y disimulación de enfermedades y lesiones, diagnóstico médico-legal.

35. Técnicas y metodología para la elaboración del mapa de riesgos en la empresa.

BLOQUE II

1. Historia clínica laboral. Bases fundamentales. Apartados de la Historia clínica laboral. Informatización de la Historia clínica.

2. Pruebas funcionales en Medicina del Trabajo. Interpretación de las pruebas funcionales. Tipos de análisis de sangre y orina. Control de la tensión arterial. Radiografía del

Tórax. Audiometría. Control de visión. Electrocardiogramas. Pruebas funcionales respiratorias.

3. Estudio de los puestos de trabajo desde el punto de vista higiénico (condiciones ambientales: Ventilación, iluminación, temperatura, humedad, agentes físicos, químicos y biológicos) y de los requerimientos del puesto de trabajo. Ficha higiénica del centro de trabajo o de la industria.

4. Reconocimientos médicos laborales. Clasificación sistemática de los reconocimientos médicos. Profesiogramas.

5. Higiene industrial. Estudio del Centro de trabajo, locales, materiales. Funciones de vigilancia y control de las

condiciones higiénicas de los locales y servicios del centro de trabajo.

6. Vigilancia del medio ambiente. Valores límites. La medición de la exposición. Técnicas de evaluación de la exposición. Contaminación abiótica: Definición. Fuentes de contaminación. Estudios específicos. Efectos sobre la salud.

7. Síndrome del edificio enfermo. Características de los edificios. Factores causales. Clínica.

8. Dermatitis de contacto profesional. Prevención.

9. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañen riesgos, en

particular, dorso lumbares para los trabajadores. Actuación en medicina laboral sobre las lumbalgias. Lumbalgias y absentismo laboral.

10. Disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad.

11. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo.

12. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

13. Protección de los trabajadores contra los riesgos

relacionados con la exposición sobre agentes biológicos durante el trabajo.

14. Protección de los trabajadores contra los riesgos

relacionados con la exposición de agentes cancerígenos durante el trabajo.

15. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

16. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción.

17. Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la

utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

18. Reanimación del politraumatizado: Características generales del politraumatizado. Tratamiento del politraumatizado: Fase de reanimación general. Fase de reanimación específica.

19. Oftalmología en el medio laboral. Urgencias oftalmológicas: Quemaduras oculares. Traumatismos oculares.

20. Seguridad en las máquinas.

21. Pérdida de la audición laboral: Valoración de la audición. Diagnóstico diferencial de la sordera. Sordera inducida por ruido. Sordera debida a trauma físico. Sordera por

ototoxicidad. Aspectos médico-legales.

22. Las hepatitis en el medio laboral. Historia. Epidemiología. Medicina preventiva. Como enfermedad profesional. Terapéutica.

23. Trabajos a turnos. Ritmos biológicos. Cronopatología laboral. Profilaxis.

24. Alcoholismo en el medio laboral. Consumo de alcohol en el medio laboral. Diagnóstico y manifestaciones clínicas. Análisis de drogas en el medio laboral.

25. Tabaquismo. Broncopatías en el medio laboral.

26. Síndrome de apnea obstructiva del sueño, su repercusión laboral.

27. SIDA en el medio laboral. Historia. Epidemiología.

Complicaciones. Medicina Preventiva. Tratamiento.

28. Síncope, definición. Patogenia. Diagnóstico.

29. Estrés profesional. Concepto. Estresantes en el lugar de trabajo. Estrés y enfermedad. Prevención. Tratamiento.

30. Depresión. Epidemiología. Clínica. Diagnóstico.

Tratamiento. El medio laboral como causa de depresión.

31. Ansiedad. Tipos. Epidemiología. Clínicas. Diagnóstico. Tratamiento. El medio laboral como causa de ansiedad. Otras psiquiatricopatologías y su implicación en el mediolaboral.

32. Manipulación de alimentos. Toxiinfecciones alimentarias. Tipos. Prevención.

33. Polimialgia reumática. Epidemiología. Etiopatogenia. Clínica. Diagnóstico. Tratamiento. Trastornos reumáticos en la población laboral activa.

34. Síndrome cerviálgico. Etiologías. Etiopatogenias. Clínicas. Diagnósticos. Tratamientos.

35. Brucelosis. Etiopatogenia. Epidemiología. Clínica.

Diagnóstico. Tratamiento. Otras zoonosis.

36. Tétanos. Etiopatogenia. Epidemiología. Clínica.

Diagnóstico. Tratamiento. Profilaxis.

37. Quemaduras. Etiología. Concepto y valoración del quemado. Consecuencias locales, repercusiones generales. Tratamiento.

38. Dolor abdominal agudo. Etiología. Tipos clínicos de abdomen agudo. Sintomatología. Posibilidades diagnósticas.

39. Hipotermia accidental. Su manejo, consideraciones

generales. Etiología. Grados de severidad del Síndrome. Estado de los diferentes órganos y sistemas. Tratamiento.

40. Intoxicación por plomo. Fuentes de intoxicación.

Metabolismo del plomo. Manifestaciones patológicas del plomo. Estudio del cuadro clínico. Criterios de selección de los marcadores biológicos para un diagnóstico de impregnación.

41. Golpe de Calor. Etiología. Prevención. Tratamiento.

42. Dolor torácico. Aspectos generales. Etiopatogenia.

Diagnóstico diferencial.

43. Asma ocupacional. Definición. Epidemiología. Mecanismos patógenos. Clasificación. Diagnóstico. Etiologías específicas. Tratamiento. Prevención. Legislación.

44. Enfermedad de los climatizadores, legionelosis.

Características microbiológicas. Epidemiología. Características clínicas. Diagnóstico diferencial. Tratamiento. Prevención.

45. Intoxicación por CO. Fuentes de intoxicación. Patogenia. Sintomatología. Tratamiento. Prevención.

46. Heridas. Cuidados urgentes.

47. Patología de hombros, brazos y manos en el medio laboral. Epidemiologías. Clínicas. Diagnósticos. Tratamientos.48. Patología de las caderas, piernas y pies en el mediolaboral. Epidemiologías. Clínicas. Diagnósticos. Tratamientos.49. Diabetes. Etiopatogenia. Fisiopatología. Clínica.

Complicaciones. Tratamiento. Adecuación del diabético en la empresa.

50. Hipertenso. Etiopatogenia. Fisiopatología. Clínica. Complicaciones. Tratamiento. Adecuación del hipertenso en la empresa.

51. Sobrepeso y obesidad. Etiopatogenia. Fisiopatología. Clínica. Complicaciones. Tratamiento. Anorexia. Etiopatogenia. Fisiopatología. Clínica. Complicaciones. Tratamiento.

52. Dislipemia en el medio laboral. Etiopatogenia.

Fisiopatología. Clínica. Tratamiento. Clasificación.

53. Cardiopatía isquémica en el medio laboral. Etiopatogenias. Fisiopatologías. Clínicas. Complicaciones. Tratamientos.

54. Tuberculosis en el medio laboral. Etiopatogenia. Clínica. Complicaciones. Tratamiento. Profilaxis.

55. Programas de salud en el medio laboral. Educación

sanitaria. Hábitos saludables desde el medio laboral.

56. Patología digestiva. Etiopatogenias. Clínicas.

Complicaciones. Tratamientos.

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