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El Tribunal Constitucional, por auto de 13 de julio actual, ha acordado levantar la suspensión del art. 44.1.b), c) y f) y mantener la de la Disposición Adicional Primera, núms. 2 y 3, de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorro de Andalucía, cuya suspensión se produjo por proveído de 15 de febrero de 2000 y que fue publicado en el BOE de 25 del mismo mes, dictado en el recurso de inconstitucionalidad núm.
453/2000, promovido por el Presidente del Gobierno contra la mencionada Ley del Parlamento de Andalucía 15/1999.
Madrid, a trece de julio de dos mil. El Presidente del Tribunal Constitucional, Pedro Cruz Villalón. Firmado y rubricado.
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