Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 10/08/2000

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por el que se notifica Resolución, incoada a don Esteban Bellido Castillo del expediente sancionador que se cita. (SAN/EP-241/99-SE).

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«ANTECEDENTES DE HECHOS

Se acordó, con fecha 30.11.99, la iniciación del procedimiento sancionador por presuntas infracciones a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas a don Esteban Bellido Castillo por los hechos ocurridos el día 7.11.99, en bar "La Bodeguita", sito en C/ Frailes, s/n, de Lebrija.

En la tramitación del procedimiento han sido observadas las formalidades legales y reglamentarias.

No se presentó escrito de alegaciones.

Se considera probado el hecho: "Apertura de establecimiento sin autorización".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El hecho contraviene el contenido del art. 40 de del Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, tipificado como infracción grave en el art. 23.n) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.

Este órgano es competente para la resolución del expediente sancionador por los hechos, de acuerdo con el Real Decreto

1677/1984, de 18 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos; el Decreto 294/1984, de 20 de noviembre, que asigna la competencia a la Consejería de Gobernación y de las atribuciones que le confiere el Decreto50/1985, de 5 de marzo, en relación con el art. 29, apartado 1.d), de la Ley

1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, y al amparo de lo establecido en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 11 y 13 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Resuelvo sancionar a don Esteban Bellido Castillo por los hechos ocurridos con una multa de 100.000 ptas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía. Transcurrido este plazo sin que el recurso haya sido presentado, la Resolución será firme.

El pago de las 100.000 ptas. deberá hacerse efectivo dentro del plazo de treinta días siguientes al que la resolución sea firme. En otro caso, se procederá a su exacción por vía ejecutiva de apremio de acuerdo con el procedimiento del Reglamento General de Recaudación.

Lo que se le notifica en virtud de lo dispuesto en los arts. 58 y siguientes de la mencionada Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común. Sevilla, 18 de abril de

2000. El Delegado del Gobierno. Fdo.: José Antonio Viera Chacón.¯

Sevilla, 12 de julio de 2000.- El Delegado, José del Valle Torreño.

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