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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Jaén, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del Decreto
266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, en la redacción dada por el Decreto 137/2000, de 16 de mayo,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AGUAS JAEN, S.A. LUPION (JAEN)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 673 ptas./abon./trimestre
Cuota variable o de consumo
Uso doméstico
De 0 hasta 18 m/trimestre 39 ptas./m
Más de 18 hasta 30 m/trimestre 68 ptas./m Más de 30 hasta 48 m/trimestre 105 ptas./m Más de 48 m/trimestre 161 ptas./m
Uso industrial y comercial
De 0 hasta 30 m/trimestre 78 ptas./m
Más de 30 m/trimestre 125 ptas./m
Uso oficial
Bloque único/trimestre 100 ptas./m
Otros usos
De 0 hasta 30 m/trimestre 116 ptas./m
Más de 30 m/trimestre149 ptas./m
Derechos de acometida
Parámetro A 1.750 ptas./mm
Parámetro B 1.333 ptas./l/seg.
Cuota de contratación
Cc = 600ñd-4.500ñ(2_P/t)
Siendo d = diámetro del contador en mm.
P-para uso doméstico = 39 ptas.
P-para uso industrial y comercial = 78 ptas. P-para uso oficial = 100 ptas.
P-para otros usos = 116 ptas.
t-para todos los usos = 37 ptas.
Fianzas.
Fianza = d x CS.
d = diámetro del contador en mm. Siendo de máx. = 50 mm.
CS = Cuota de Servicio del período de facturación.
Con carácter general, la fianza a solicitar se corresponderá con el 50% de la cantidad resultante de la aplicación de la fórmula anterior.
En los casos de suministros esporádicos, temporales o
circunstanciales, solicitados con este carácter,
indistintamente de su contenido, el importe de la fianza se corresponderá con el quíntuplo de la que correspondiese con carácter general.
Esta Resolución surtirá efecto el día siguiente al de su publicación el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,
publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos
114 y 115, en relación con el 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 12 de julio de 2000.- El Viceconsejero, José Salgueiro Carmona.
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