Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 17/08/2000

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Otros. Diputación Provincial de Córdoba

ANUNCIO sobre aceptación de la ampliación de la delegación de competencias de parte de las facultades de recaudación sobre los ingresos de derecho público del Ayuntamiento de Pozoblanco (Córdoba). (PP. 1105/00).

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Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de 31 de enero de 2000, la ampliación de la delegación de competencias de parte de las facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los tributos y demás ingresos de derecho público del Ilmo. Ayuntamiento de Pozoblanco, se transcribe a continuación literalmente el acuerdo de delegación adoptado por la Corporación del referido Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 30 de noviembre de

1999, para general conocimiento.

Primero. 1. Delegar en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y con efectos a partir del día 1 de enero de 2000 las facultades de gestión, liquidación y recaudación que en relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas atribuye a este Ayuntamiento el artículo 92 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales.

2. La expresada delegación comprenderá, entre otras, las funciones de concesión y denegación de exenciones y bonificaciones, realización de las liquidaciones conducentes a la determinación de las deudas tributarias, emisión de los documentos de cobro, expedición de certificaciones de descubierto, resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos, resolución de los recursos que se interpongan contra dichos actos y actuaciones para la asistencia e información al contribuyente.

Segundo. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas, en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente, así como a las determinaciones del convenio de delegación, suscrito en su día por este Ayuntamiento, en relación con la delegación de las facultades correspondientes a otros ingresos públicos.

Tercero. Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la delegación acordada.

Cuarto. Una vez aceptada la delegación por el órgano correspondiente, publicar el presente acuerdo en los Boletines Oficiales de la Provincia y de la Comunidad Autónoma, para general conocimiento.

Quinto. Comunicar el presente acuerdo a la Delegación Provincial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a los efectos especificados en la legislación vigente.

Sexto. Aprobar el proyecto de nuevo Convenio de Cooperación a suscribir con la Excma. Diputación Provincial.

Séptimo. Facultar al Sr. Alcalde para que en nombre y representación de la Corporación, suscriba el expresado Convenio.

Córdoba, 1 de marzo de 2000.- El Presidente.

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