Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 22/08/2000

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, sobre Notificación.

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Por esta Delegación Provincial se tramita expediente de desahucio administrativo del adjudicatario don Francisco Priego Luque, relativo a la vivienda sita en el Grupo Los Palomares, C/ Virgen del Pilar, núm. 91-Bajo 3, de Málaga, por infracción de las Causas Sexta y Séptima, art. 138 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968, a fin de que sirva de notificación en forma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Expte.: MA-9, Cta. núm. 120. Grupo «Los Palomares¯, C/ Virgen del Pilar, núm. 91-Bajo 3, de Málaga. Propuesta de resolución con relación al expediente MA-9, Cta. núm. 120, con respecto al adjudicatario don Francisco Priego Luque.

Visto el expediente de desahucio administrativo incoado por esta Delegación Provincial a don Francisco Priego Luque, por no ocupación de la vivienda y cesión ilegal de la vivienda sita en el Grupo referenciado, C/ Virgen del Pilar, núm. 91- Bajo 3, de Málaga.

Resultando: Que la expresada vivienda es propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, construida al amparo del Expediente MA-9, para su adjudicación en calidad de arrendamiento, por lo que la misma se halla sujeta al régimen propio vigente por el que se rigen las viviendas de protección oficial, así como a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Resultando: Que por denuncia formulada ante esta Delegación Provincial se tuvo conocimiento de la situación de ilegalidad en que se encontraba la citada vivienda, procediéndose a la incoación de expediente de desahucio, así como a formular el Pliego de Cargos con fecha 9 de febrero de 2000, siendo notificado en tiempo y forma, sin que hubiera formulado ninguna alegación al respecto.

Considerando: Que quedan más que probados los cargos que se le imputan a don Francisco Priego Luque, titular de la vivienda sita en C/ Virgen del Pilar, núm. 91-Bajo 3, Bda. Los Palomares, de Málaga, por no ocupación de la vivienda y cesión ilegal en base a los siguientes supuestos: Del propio escrito de alegaciones formulado por el ocupante ilegal de la vivienda donde manifiesta que ocupa la misma desde hace 5 años, lo que evidencia que no es ocupada por su titular.

Del hecho que no haya formulado ninguna alegación al respecto demuestra el desinterés hacia la misma.

Considerando: Que queda probado en el Considerando anterior, que la ocupante de la vivienda incurre en las circunstancias previstas en las Causas Sexta (6.ª) y Séptima (7.ª) artículo

138 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de 24 de julio de 1968.

Considerando: Que se ha tenido en cuenta en la tramitación del expediente lo dispuesto en los artículos 138 a 144 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de 24 de julio de 1968, de la Ley de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones que son de aplicación.

El Instructor que suscribe formula la siguiente Propuesta: Que se proceda a la resolución del contrato de la vivienda en cuestión, otorgándoles un plazo de ocho (8) días para que haga entrega de las llaves, conforme a lo dispuesto en el artículo 142 del Reglamento citado, y se concede a la expedientada un plazo de cuatro (4) días para que formule cuanto considere conveniente a su defensa, transcurridos los cuales se elevará el expediente a resolución del Ilmo. Sr. Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Málaga, 25 de mayo de 2000.- El Delegado, Carlos Morales Cabrera.

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