Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 29/08/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 31 de julio de 2000, por la que se acuerda la ampliación de la acreditación del laboratorio Sociedad Andaluza de Ingeniería y Supervisión, SA, localizado en Huelva, y la inscripción en el Registro de Entidades Acreditadas.

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Por don José A. Carrascosa Martínez, en representación de la empresa «Sociedad Andaluza de Ingeniería y Supervisión, S.A.¯, ha sido presentada solicitud, acompañada de documentación, para la ampliación de la acreditación del laboratorio localizado en Huelva, Ctra. N-431, Polígono Pavipresa, nave 27. El mencionado laboratorio se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública con el número L058-40HU. Realizada inspección al laboratorio para la evaluación de las condiciones técnicas de la entidad, se estima que cumple las condiciones requeridas.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, así como a lo previsto en las disposiciones reguladoras específicas de las áreas de acreditación, establecidas mediante Ordenes de 5 de febrero y de

24 de octubre de 1991, y de 15 de julio de 1997, a propuesta de la Secretaría General Técnica, y en virtud de las facultades atribuidas por la Orden de 15 de junio de 1989 citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Ampliar la acreditación concedida al laboratorio de la empresa «Sociedad Andaluza de Ingeniería y Supervisión, S.A.¯, localizado en Huelva, Ctra. N-431, Polígono Pavipresa, nave 27, para su actuación como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción y obra pública en la siguiente área técnica:

Area de control de firmes flexibles y bituminosos y sus materiales constituyentes (SF).

Segundo. Inscribir la ampliación de la acreditación concedida en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública de esta Consejería.

Tercero. Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La acreditación otorgada tendrá validez por un período de cinco años, quedando supeditada al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 15 de junio de 1989 y disposiciones específicas del área acreditada, debiendo, en todo caso, el interesado solicitar la prórroga de la misma en los seis meses anteriores a la expiración de dicho período. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Sevilla, 31 de julio de 2000

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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