Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 2/1/2001

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 8 de noviembre de 2000, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía del bien mueble integrante del Patrimonio Histórico Andaluz denominado llave móvil, realizada por don Vicente Pascual Pichardo.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Vicente Pascual Pichardo ha efectuado la oferta de donación del bien mueble del Patrimonio Histórico denominado llave móvil, que se describe en el Anexo.

La llave móvil se considera de interés para las colecciones del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla por sus características tipológicas y su buen estado de conservación, completando las colecciones de utillaje de talleres artesanos.

La Ley 1/1991, de 3 julio, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 91.1, faculta a la Consejería de Cultura para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Por lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico, aprobado por Decreto

4/1993, de 26 de enero, y a la vista del presente expediente, del informe del Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla de fecha 7 de mayo de 1999, y de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles, de fecha 28 de junio de 1999,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación del bien mueble descrito en el Anexo a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y del que se toma posesión en este acto por la Consejera de Cultura.

Segundo. Adscribir el citado bien mueble al Museo de Artes y Costumbres Populares de Sevilla, cuyo Director levantará acta de recepción definitiva, en la que se mencionará la presente Orden de aceptación de la donación. Consecuentemente, el bien mueble ingresará en el Museo mencionado en concepto de depósito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en su calidad de Administración gestora y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 c) del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente y en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme al artículo 116, de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero), o, directamente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46, de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de noviembre de 2000

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

ANEXO QUE SE CITA

Identificación: Llave móvil de tornillo helicoidal de hierro. Técnica y materiales: Fundido de hierro y madera. Medidas: 300 x 120 x 35 mm.

Cronología: 1.ª mitad s. XX.

Marcas: Gondenber 28.

Descargar PDF